El artículo 5, inciso a, de Ley 25743/03 de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico, define que ha sido responsabilidad del INAPL y del MACN (Reglamentación Ley 25.743, decreto 1022/2004; Artículo 2°) la creación y organización del “Registro Nacional de Yacimientos, Colecciones y Objetos Arqueológicos” y del “Registro Nacional de Yacimientos, Colecciones y Restos Paleontológicos”.
Para cumplir las funciones requeridas por la Ley, estos organismos han implementado las Fichas Únicas de Registro (FUR) las cuales deben ser completadas por quienes posean, de manera transitoria o permanente, bienes arqueológicos o paleontológicos.
Las fichas e instructivos pueden descargarse desde los respectivos sitios proporcionados por el INAPL https://inapl.cultura.gob.ar/noticia/nuevas-fichas-unicas-de-registro-fur-de-bienes-arqueologicos/ y por el MACN http://www.macnconicet.gob.ar/el-museo/autoridad-de-aplicacion-nacional-aan-de-la-ley-25-743-en-materia-paleontologica/.
Fichas FUR actualizadas sobre "Colección", "Objeto", "Lote" y "Yacimiento".
Nueva ficha "Restos Óseos Humanos"
Conjunto de fichas FUR para investigación