ALUMNADO
ALUMNADO
Aquí encontrarás todos los requisitos, pasos y recursos necesarios para llevar a cabo tu Servicio Social de forma correcta y organizada.
En este enlace podrás hacer el registro y envío de cartas de aceptación, reportes y cartas de terminación.
OFICINA VIRTUAL
P-109 Y ANTERIORES
Desde el periodo 103 y como medida de apoyo durante la contingencia, hemos implementado la OFICINA VIRTUAL, que te permite enviar todos tus documentos digitalizados de manera fácil y conveniente.
Requisitos para la Inscripción
Arquitectura:
Cubrir el 70% de créditos de la carrera
Haber aprobado Taller Integral de Arquitectura IV (Plan 2017) o Taller de arquitectura VI (Plan 1999) y Extensión Universitaria IV.
Arquitectura de paisaje:
Cubrir el 70% de créditos de la carrera
Urbanismo:
Cubrir el 70% de créditos de la carrera
Aquí puedes consultar la
Liberación del Servicio Social
Una vez que hayas completado la entrega de todos tus documentos, te invitamos a verificar el estado de liberación de tu servicio social a través de tu perfil en la DGAE. Allí podrás encontrar información actualizada sobre el proceso y conocer si tu servicio social ha sido liberado exitosamente.
Constancias del Servicio Social
Una vez que observes que tu servicio social ha sido liberado en tu perfil de la DGAE, te pedimos que notifiques a esta coordinación por medio del correo electrónico servicio.social@fa.unam.mx. Posteriormente, podrás pasar a recoger tu constancia en nuestras instalaciones.
NORMAS
Para la comunidad estudiantil que desee acogerse al Artículo 91 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México que estipula lo siguiente:
“Los estudiantes y profesionistas trabajadores de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal no estarán obligados a prestar ningún servicio social distinto del desempeño de sus funciones. El que presten voluntariamente dará lugar a que se haga la anotación respectiva en su hoja de servicios.”
Para aquellos estudiantes interesados en acogerse al Artículo 52 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, que se refiere al ejercicio de las profesiones en la Ciudad de México, se establece lo siguiente
“Todos los estudiantes de las profesiones a que se refiere esta Ley, así como los profesionistas no mayores de 60 años, o impedidos por enfermedad grave, ejerzan o no, deberán prestar servicio social en los términos de esta Ley”.
Requisitos:
Haber cubierto al menos el 70% de los créditos totales de la carrera, sin adeudar asignaturas del primer al sexto semestre.
Presentar un historial académico actualizado.
Original y copia de una identificación oficial (INE).
DIRECTORIO
Mtra. Cecilia María González Flores
Coordinadora de Servicio Social y Práctica Profesional
¿Necesitas ayuda?
Cualquier duda comunicarla a servicio.social@fa.unam.mx