Introducción
Estaremos discutiendo algunos asuntos legales que impactan a pastores, iglesias, y sembradores de iglesias.
El primero de ellos Estaremos discutiendo en esta presentación y es acerca de la confidencialidad
Estaremos viendo dos conceptos legales que se relacionan con la comunicación que tu como plantador de iglesias, o pastor y líder tienes con las personas que vienen a ti buscando guianza pastoral y animo espiritual
Declaración de la renuncia de las responsabilidades
Y antes de empezar con el contenido de esta sesión debo dar el siguiente decreto legal que es la renuncia a las responsabilidades: “ El contenido de esta clase no debe ser considerado legalmente una guianza y confiársele como consejería legal en cualquier situación factual o objetiva. El material que se da en esta clase es un resumen del tema a tratar, si te encuentras en una situación donde el material cubierto en esta clase es un hecho para ti, puedes consultar a un abogado local competente en esta área de la ley”
1) Confidencialidad
El Primer concepto que quiero compartirles en confidencialidad de la comunicación-
El segundo es el privilegio eclesiástico penitente- que prohíbe el compartir la información confidencial que se le comunico en un proceso legal
Entender y aplicar estos dos conceptos no te hace necesariamente un consejero pastoral efectivo, pero te garantizo que nunca serás un consejero pastoral efectivo si no eres capaz de mantener confidencialmente la información obtenida durante una consejería pastoral
1) Confidencialidad
Discutir de confidencialidad es entender que estamos hablando de comunicación que crea una expectativa de un intercambio de información que NO SE LE DARA a una tercera persona a menos que se de la autorización o el consentimiento para compartir esta información.
Es mi intención en esta sesión definir el alcance de confidencialidad, identificar las excepciones y limitaciones de la confidencialidad y proveerte animo bíblico cuando tratas con este hecho de confidencialidad
¿Porque confidencialidad importa?
La importancia de mantener la confidencialidad la mejor manera de describirla es considerando que pasa cuando la información confidencial se da sin previa autorización
Lo mínimo es que la confianza se quebranto y es muy difícil restablecerla
Es casi seguro que la persona se sienta traicionada y no siga buscando tu consejo y guianza cuando su confidencialidad es violada, pero muy seguido mas que la relación con la persona que estabas atendiendo en consejería es el daño que se da al romper la confidencialidad, si el que se quebró la confidencialidad se dan cuenta otros tu credibilidad de poder mantener la confidencialidad queda dañada y si alguien necesita buscar de tu consulta, probablemente se abstenga de hacerlo.
¿Que pasa en el peor de los casos de romper la confidencialidad?
Puedes recibir la responsabilidad legal por haber roto la confidencialidad y compartir la información que no debías, bajo varias teorías legales como:
Invasión de la privacidad
Incumplimiento del deber del beneficiario
Intención de iniciar angustia emocional
La Asociacion Americana de Consejería
La Asociación Americana de Consejería aborda el deber de mantener confidencialidad en su código de ética de la siguiente manera:
“Los Cristianos consejeros mantienen la confidencialidad de sus clientes en su máxima capacidad de lo que permite la ley, su ética profesional, y las reglas organizacionales de su iglesia. La comunicación confidencial del cliente incluye todo lo verbal, escrito, telefónico, audio y video, o comunicación electrónica que se recopila cuando se hace cuando se da la relación de ayuda entre consejero y cliente…
La Asociacion Americana de Consejería
Aparte de las excepciones mencionadas, los consejeros cristianos no deben revelar la comunicación confidencial del cliente sin primero discutir la intención de revelar esa información y el consejero debe asegurarse de recibir un consentimiento por escrito de su cliente o del representante de su cliente.” Regla 1-140
Esta Regla aplica para consejeros certificados
Estas reglas aplican para los consejeros acreditados por la Asociacion de consejeros cristianos solamente
Pero se enseña esto en nuestra clase para señalar la importancia de mantener informado al que da consejería que mantenga y pida las formas de consentimiento adecuadas, firmadas por el cliente, antes de revelar cualquier información confidencial
El consejero tiene el derecho de esperar que lo que se revela a ti se mantendrá confidencial y su privacidad se mantendrá respetada
Hay algunas excepciones y limitaciones para la confidencialidad
La pregunta es: ¿Ante que circunstancias un consejero puede ignorar los limites de la confidencialidad?
Discutiremos tres clases de excepciones en esta clase
Tres excepciones para la Confidencialidad
1) Reportar de una manera Mandatorio las situaciones de Abuso- (Abuso de Niños, abuso de ancianos). Las excepciones de las pólizas publicas de la confidencialidad se basan para proteger aquellos que no se pueden defender por si mismos. Tienen especificaciones Estatales.
2) Orden de la Corte para Revelar la Información
3) Revelar la información necesaria para proteger la vida en caso que el cliente amenace con suicidarse, cometer homicidio o haiga el caso inminente de que quiere dañar a otros. Algunos estados tiene los estatutos del deber de advertir.
1) Reporte Mandatorio del abuso
Discutiremos en la próxima clase el reporte mandatorio de situaciones de abuso en la clase de la protección del menor, pero en breve tu tienes que estar advertido de que es mandatorio reportar el abuso en tu estado y como puede impactar la vida eclesiástica de la iglesia, Cada estado tiene su sistema de como debe ser este reporte mandatorio y tu tienes que estar al tanto de tu deber con respecto a esta ley
2) Orden de la Corte para Revelar la Información
Cuando la corte pide que se le revele la información confidencial como cuando te piden testificar en corte acerca de la conversación confidencial que tuviste con el cliente, el privilegio del voto del clérigo es puesto en riesgo
Cada estado tiene sus reglas en cuanto si el consejero cristiano tiene que revelar lo que se converso confidencialmente o entregar sus notas o cualquier otro procedimiento para obtener esa información para el procedimiento legal en corte (Puede ser forzado por la corte a revelar esa información)
El privilegio penitente del clerigo
En orden para que el privilegio del clérigo a guardar silencio pueda existir ciertos requerimientos deben ser satisfechos. Veamos estos requerimientos:
Debe haber una comunicación
Que es hecho en confidencia
Y se esta actuando en la capacidad como guía espiritual
En el curso de su disciplina (libro de Referencia: Pastor, Iglesia y la ley)
El privilegio penitente del clerigo
En orden para que el privilegio del clérigo a guardar silencio pueda existir ciertos requerimientos deben ser satisfechos. Veamos estos requerimientos:
Debe haber una comunicación- solo se extiende a comunicación actual que es entre un ministro y un individuo
El privilegio penitente del clerigo
Que es hecho en confidencia- no hay otra persona presente mas que el ministro y el cliente si alguien mas esta presente la confidencialidad no se cumple y el principio no aplica. Si se le platica a un diacono o líder el principio tampoco a plica, debe ser al pastor.
Y se esta actuando en la capacidad como guía espiritual- No es valido si el pastor no esta actuando como pastor o guía espiritual.
En el curso de su disciplina (libro de Referencia: Pastor, Iglesia y la ley)
En algunos estados se maneja que solo aplica a la confesión con los sacerdotes, debes saber como se maneja en tu estado
Revisemos la Lista para saber si el privilegio aplica
1) ¿ Hubo algún tipo de comunicación?
2) ¿ fue hecha en confidencia?
3) ¿ Fue hecha a un pastor?
4) ¿ El pastor estaba actuando en una capacidad profesional?
5) ¿ Tienen la autorización legal de afirmar el privilegio?
6) ¿ Renuncio el individuo al privilegio?
Revisemos la Lista para saber si el privilegio aplica
En la mayoría de los estados, Aun el ministro o el individuo pueden autorizar el privilegio de penitencia, aunque el Pastor puede hacerlo para beneficiar al individuo, el pastor no puede autorizarlo independientemente si su cliente no quiere hacerlo.
El individuo puede renunciar al privilegio al contarle a una tercera persona lo que había platicado en confidencia con el pastor, en algunos estados el pastor puede renunciar al privilegio al compartirlo con alguien mas, una vez que renuncia al privilegio intencionalmente o no la comunicación se puede revelar en la corte de la ciudad
Para Cerrar la clase quiero compartir animo de la palabra de Dios en cuando a la confidencialidad
Cuando rompemos la confidencialidad, con las excepciones que por ley debe revelar la información por la protección de la vida y la seguridad, nos envolvemos en el chisme, veamos estos pasajes:
Pasajes finales:
La gente chismosa revela los secretos, la gente confiable es discreta. Pv. 11:13
El perverso provoca contiendas, y el chismoso divide a los buenos amigos. Pv.16:28
El chismoso traiciona la confianza; no te juntes con la gente que habla de más. Pv. 20:19
Sin leña se apaga el fuego; sin chismes se acaba el pleito. Pv. 26:20
Nota final:
Esperamos que sean persona que manejan bien la confidencialidad y si quieren mas información Sobre el tema les recomiendo el articulo, Pastor, la iglesia y la ley.
Unidad 11: Consejería y la ley (Presentación 32)
Introducción: Declaración de la renuncia de las responsabilidades
Examinaremos el tema de consejería y algunos aspectos legales con respecto a la consejería.
“ El contenido de esta clase no debe ser considerado legalmente una guianza y confiársele como consejería legal en cualquier situación factual o objetiva. El material que se da en esta clase es un resumen del tema a tratar, si te encuentras en una situación donde el material cubierto en esta clase es un hecho para ti, puedes consultar a un abogado local competente en esta área de la ley”
Intención de esta Clase
Muchas iglesias ofrecen algún tipo de servicio de consejería
El mas común es que el pastor aconseja a sus miembros
Algunas iglesias ofrecen servicios de consejería solo en las tarde
Otros se concentran solo a sus miembros cuando otros se abren al publico en general y uno slo hacen como un ministerio de alcance
Algunas iglesias usan consejeros o psicólogos que son acreditados por el estado otros usan laicos que no tienen nada de entrenamiento en sus programas de consejería
Mi intención es identificar los hechos legales que deben ser considerados por cualquier iglesia que ofrece servicios de consejería o intenta hacerlo en el futuro
Los riesgos asociados con proveer servicios de consejería
Para Pastores:
Negligencia Eclesiástica
Conducta Sexual inapropiada
Para Pastores y consejeros laicos:
Negligencia al aconsejar
Reportando abuso de menores
Seducir a los aconsejados
Confidencialidad, cobros o cuotas
Contratando negligentemente, negligencia en la supervisión
Los riesgos asociados con proveer servicios de consejería
Discutiremos brevemente cada uno de estos riesgos y ofreceré el manejo del riesgo y procedimientos y pólizas para reducir el riesgo y la responsabilidad en estas áreas
Dos riesgos que los pastores corren al ofrecer consejería…
Negligencia Eclesiástica y Conducta Sexual inapropiada
La mayoría de las cortes rechazan la negligencia como base para responsabilidad, pero la corte reconoce esta causa de acción y los pastores que se envuelven en una conducta sexual inapropiada con un adulto o un menor y están en una relación de consejería no religiosa por lo que no califica
Negligencia es generalmente definida como la falla de ejercitar en cierto grado de su destreza de sus deberes profesionales y termina lastimando a otros
Negligencia Eclesiástica y Conducta Sexual inapropiada
Cuando el pastor se presenta como consejero y se envuelve en consejería no religiosa, el estado declara que por la falta de la habilidad con cierto grado de deber profesional esta exponiéndose ya que no ha sido entrenado y se puede actuar legalmente contra el ya que esto incrementa los riesgos de la responsabilidad. El pastor debe aconsejar en áreas donde es experto como consejería bíblica.
Si alguien te busca para recibir consejería en hechos donde tu no tienes experiencia o entrenamiento lo correcto por hacer es referir a ese individuo con alguien que si es competente para ofrecer ese servicio y reduce el riesgo de ser demandado por negligencia en la consejería.
Negligencia Eclesiástica y Conducta Sexual inapropiada
Muchos ministros que ofrecen servicio de consejería, han sido demandados por envolverse en conducta sexual inapropiada- la mayoría de estos casos envuelven a un ministro varón y una mujer que están aconsejando. Típicamente después de recibir el servicio, la mujer demanda al pastor por que se le genero estrés emocional, asalto, abuso y acoso sexual. En algunos casos hasta llega a procesarse como algo criminal si la ley de ese estado criminaliza ese contexto de un pastor y el que es aconsejado
Negligencia Eclesiástica y Conducta Sexual inapropiada
La conducta sexual inapropiada envuelve consejeros laicos seduciendo a mujeres que aconsejan. Como estas mujeres están vulnerables, puede darse el caso que se de una tentación con mas facilidad. Si la conducta sexual inapropiada inicia danos sustanciales a la victima, la victima, la familia y la iglesia se verán grandemente afectados
Riesgos de proveer servicios de consejería
Otro riesgo de proveer consejería son las falsas acusaciones de un comportamiento inapropiado. Se dan muchos falsos reclamos de gentes que están buscando demandar para obtener una ganancia financiera y ese puede ser el motivo por lo que se da todo esto y aun otros motivos Los consejeros deben ser sabios como serpientes y astutos como palomas.
Hablaremos de las estrategias para cuidarnos contra estos riesgos mas adelante en esta sesión
Riesgos de proveer servicios de consejería
Reportes de abuso de menores es otro riesgo que viene con el aconsejar.
Los consejeros reciben demandas de abuso de la gente que ellos aconsejan. Porque cada estado tienen una ley mandatorio de reportar el abuso a menores, es esencial que cada uno de los que ofrecen consejería debe saber de los requerimientos del estado y de su deber de reportar el abuso
Cubriremos la protección del menor con mas detalles en la siguiente sesión de este curso
Riesgos de proveer servicios de consejería
Otro riesgo asociado con aconsejar es: la importancia de confidencialidad y como ya cubrí este tema en la sesión previa no discutiremos este tema en detalle sino solo como otra área de riesgo al aconsejar.
Negligencia al contratar y de supervisión son los dos últimos riesgos que se dan al ofrecer servicios de consejería. La negligencia de contratar ocurre cuando un empleador, en este caso la iglesia, falla en escoger a quien pone en una posición de consejero, la iglesia puede ser demandada por dar mala consejería por un consejero laico si la iglesia sabia o debía saber de ese consejero. El chequeo de su récord y escogerlos bien protegerá a la iglesia en cuanto a la negligencia que mostramos a los nuestros
Riesgos de proveer servicios de consejería
La negligencia en la supervisión ocurre cuando una iglesia ofrece supervisión inadecuada a consejeros sin licencia.
Las iglesias con programas de consejería deben adoptar pólizas para situaciones de alto riesgo, como amenazas de suicidio, amenaza de dañar a otros, confesión de actividades criminales, confesiones de abuso de menores. Estas son las mas comunes pero esta lista es interminable
Para reducir estos riesgos deben tomarse ciertas medidas …
Medidas a tomar para reducir el riesgo de conducta sexual inapropiada y acusaciones falsas
Hay una serie de pasos que la iglesia debe tomar para proteger la integridad de sus servicio de consejería en esta área:
1) La regla de la tercera persona- No tener consejeros varones con una mujer sin una tercera persona presente
2) Mujeres aconsejan mujeres
Medidas a tomar para reducir el riesgo de conducta sexual inapropiada y acusaciones falsas
3) Viudas
4) Puerta abierta
5) Consejería por teléfono
6) video cámaras
Hay otras estrategias….
Otras Estrategias
1) adopta una póliza de consejería que comunica claramente las limitaciones y alcance de su ministerio de consejería
2) Evita terapias controversiales (terapia de regresión de su edad, desorden de personalidades múltiples).
3) Adopta a una póliza que establece limites para cuando la situación requiera un consejero profesional la persona sea referido
Otras Estrategias
4) Verifica si la iglesia tiene a seguranza con pólizas que incluyan o cubran los servicios de consejería.
5) Formas de liberar a los aconsejados para que firmen y dejen saber que el consejero laico no esta actuando bajo el control o supervisión de la iglesia
Nota final:
Espero que este repaso relacionado con el servicio de consejería haya provisto información que puedas considerar para ti y para la protección de las iglesias mientras persigues el llamado de Dios para tu vida
Si deseas desarrollar un programa de consejería que va mas allá de la consejería espiritual, te recomiendo que consultes con un abogado competente y que te asista a establecer pólizas que te ayudaran a reducir riesgos y te servirán mientras persigues el llamado de equipar el cuerpo de Cristo. Le si go recomendando el articulo: “Pastor, iglesia y la ley” by Richard More
Unidad 11: Proteccion de Ninos y Adultos (Presentación 33
Introducción: Declaración de la renuncia de las responsabilidades
Esta clase la llamamos protegiendo a los niños en la iglesia. Analizaremos algunos aspectos legales de pastores, niños que pudieran generar una preocupación.
“ El contenido de esta clase no debe ser considerado legalmente una guianza y confiársele como consejería legal en cualquier situación factual o objetiva. El material que se da en esta clase es un resumen del tema a tratar, si te encuentras en una situación donde el material cubierto en esta clase es un hecho para ti, puedes consultar a un abogado local competente en esta área de la ley”
El deber de reportar abuso de menores
Iniciaremos esta clase hablando del deber de los pastores de reportar cualquier abuso de menores al estado y las ramificaciones posibles si falla en reportar dicho abuso.
También veremos responsabilidades generales relacionadas con niños y jóvenes tales como el cuidado en cuna y el ministerio de los jovenes.
Cada estado tiene leyes de reportar el abuso de menores
Es un reporte Mandatorio y se debe reportar lo que se sabe o lo razonable de la sospecha del abuso a menores. Los pastores tienen que hacer este reporte mandatorio si solo sospecha de abuso. Algunos estados exentan a los ministros de reportar el abuso de menores ya que son protegidos por el privilegio penitente eclesiástico. En algunos estados, los pastores pueden recibir cargos criminales por fallar en reportar el abuso de menores. Es común que los pastores se les informa de abuso de menores y muchos pastores quieren resolver estos casos como ofreciendo consejería con la victima y mas con el depredador. Este tipo de respuestas puede tener serias consecuencias legales.
Cada estado tiene leyes de reportar el abuso de menores
Si el pastor vive en un estado donde ellos son los que tienen que reportar mandatoriamente bajo la ley del estado. Ese pastor puede recibir cargos criminales y ser buscado por la ley por fallar en reportar ese abuso.
Algunos estado permiten a las victimas de demandar a los pastores que fallan a reportar abuso de menores ya que son los que deben reportar de una manera mandatorio de acuerdo a la ley del estado.
Cada estado tiene leyes de reportar el abuso de menores
Algunas veces el status de limitación en reclamaciones civiles en contra pastores y se extienden hasta el tiempo que el niño llegue a la mayoría de edad
En orden para que un pastor sepa como reaccionar al abuso del menor,
El pastor debe saber que es el abuso del menor
Los padres deben reportar de una manera mandatorio en el estado y como los reportes son hechos a la policía.
Cada estado tiene leyes de reportar el abuso de menores
Cada estado tiene diferente estatutos que contienen la definición del abuso de los menores
Los estatutos explican quien es son los que deben hacer el reporte de una manera mandatorio y que excepciones existen para aquellos quienes son los que reportan de una manera mandatorio
Cada uno de estos estatutos producen inmunidad para los que reportan el abuso
Algunos estados requieren que el que reportan tiene una causa de creer que el abuso ha ocurrido y se le da el deber de reportar
Cada estado tiene leyes de reportar el abuso de menores
El objetivo de obtener inmunidad es para animar a reportar el abuso de menores
Es muy importante que veas los estatutos del estado de como están las leyes de reportar en tu estado y léelas.
Examina como definen el abuso de menores y tu sabes cuando el deber de reportar esta afectado
Investiga si como pastor eres el que reporta mandatoriamente o tienes excepciones.
Examina si hay algo criminal o civil cuando fallas a reportar abuso sexual.
Cada estado tiene leyes de reportar el abuso de menores
La gran mayoría de estos estatutos los puedes encontrar en internet o puedes obtener esta información al contactar un abogado quien es competente en esta área de la ley
También debes estar preparado para hablar con el representante de la agencia de protección al menor para discutir como reportar el abuso puede ser manejado y que puedes esperar si necesitas hacer un reporte.
Consideren las siguientes preguntas cuando consulta un abogado, después de recibir un alegación de abuso a menores:
1) ¿Soy el que tiene que hacer el reporte mandatoriamente o puedo estar permisivo bajo las leyes del estado?
2) ¿Si las alegaciones son verdad, eso constituye que el abuso del menor esta definido por las leyes del estado?
3) ¿Tengo causas razonables de creer que el abuso ocurrió?
4) Recibe la información en el curso de la consejería espiritual? ¿algún privilegio penitente eclesiástico que aplica?
5) ¿Qué tan severo fue el abuso?
6) ¿el alegato de abuso envuelve comportamientos pedófilos?
7) ¿Tengo algún riesgo civil bajo la responsabilidad de las leyes del estado si escojo no reportar el abuso?
8) ¿ Debería cándidamente y no enojado discutir la evidencia disponible con el que la agencia del estado puede determinar si se debe hacer el reporte ?
9) ¿Debo tratar de persuadir al informante de reportar el abuso?
10) ¿Puedo llenar un reporte de abuso de menor con los oficiales en mi estado?
Referencia: Richard Hammar, Pastor Chruch & Law, Vol. 1, pp, 299-300, Christianity Today International (2008)
Proteger a los niños en el contexto de el ministerio
En el ambiente actual y cultural el proteger a los niños de abuso sexual y de predadores sexuales es un asunto de alta prioridad
Limites puedes implementarse para reducir el riesgo del abuso sexual en las instalaciones de la iglesia
La iglesia es susceptible a que los niños sean molestados sexualmente es por muchas razones:
La iglesia es una organización en la que se confía
Hay necesidad de voluntarios que trabajan con niños
No se revisa bien a quienes trabajan con niños
Y la iglesia provee el error de no supervisar la interacción entre los niños y adultos
¿La iglesia es responsable?
Se han abierto muchos casos de demandas legales donde por molestar sexualmente a niños alegando que la iglesia es la que es legalmente responsable en base a la negligencia en quien contratan, negligencia en la supervisión o negligencia de pretensión.
La negligencia de contratar a personas inadecuadas significa que la iglesia no actuó responsablemente en la selección de trabajadores, voluntarios y personal. Esto se puede reducir al seleccionar mejor al personal y voluntarios, revisando a los individua si no tienen cargos criminales ya que tendrán trato directo con los ninos
¿La iglesia es responsable?
Aun si la iglesia tiene un sistema de contratar adecuado puede todavía ser demandado por no proveer la supervisión adecuada.
La iglesia no hace bien su trabajo en supervisar a sus trabajadores
Esto puede ser reducido al implementar mejor supervisión y no se deja que haiga un trabajador a solas con un niño en ningún momento. Los trabajadores no se les debe permitir llevar a los niños al baño, esto lo deben hacer los padres
¿La iglesia es responsable?
en el grupo de jóvenes la negligencia de la supervisión va mas allá de solo ofrecer supervisión. Se deben pedir formas apropiadas de permisos que se obtienen de los padres
Adoptar pólizas es un paso para reducir riesgos de demandas que necesita ser entendido, las leyes de empleo cambian de estado a estado se debe trabajar con un abogado local que ayude a establecer polizas que sean efectivas en tu estado
Cuidando a los niños en la iglesia
No porque una persona ha atendido a tu iglesia toda su vida y lo conoces de toda la vida, no significa que la puedes quitar de no cumplir con las pólizas de pasar por la inspección de ver si puede ser contratada o no,
Al ser selectivo del personal puedes estar expuesto a demandas de discriminación, lo mismo es para empleados que reciben salario
Polizas
Las pólizas deben ser respetadas por todos los que están en la iglesia incluyendo a los que trabajan con niños
La a seguranza de su iglesia recomendara que establezca este tipo de pólizas, tome ventaja de ello.
Una vez que tengas las pólizas compártelas con todos, si no se implemente no reduce el riesgo.
Nota final
Los ministerios de niños y jóvenes son ministerio muy hermosos en las iglesias y debemos protegerlos lo mas que podamos.
Debemos usar nuestra sabiduría y que Dios nos permita lograr grandes cosas en su nombre al proteger estos ministerios.