Bases y Condiciones

REGLAMENTO DEL CONCURSO DE CRÓNICA PERIODÍSTICA Y ENSAYO SOBRE VIDA, OBRA Y LEGADO DEL DR. DARDO ROCHA A 100 AÑOS DE SU FALLECIMIENTO


CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto establecer las bases y términos generales para la realización del Concurso del Círculo de Periodistas de la Provincia de Buenos Aires de crónica periodística ensayo denominado sobre Vida, Obra y Legado del “Dr Dardo Rocha”, con el auspicio de la Universidad Nacional de La Plata (UNLP), el Colegio Abogados de La Plata, el Museo y Archivo Dardo Rocha de la Municipalidad La Plata y Federación Instituciones Culturales y Deportivas de La Plata.

Los participantes de este Concurso deberán sujetarse a los requisitos, bases, términos y procedimientos establecidos en este Reglamento y en la Convocatoria que se emita al efecto.


Artículo 2.- El Concurso tiene como objetivo promover el conocimiento de la impronta histórica, cultural y social del ex Gobernador y fundador de la Ciudad de La Plata, Capital de la Provincia de Buenos Aires, de quién este 2021 se cumplen 100 años de su fallecimiento.

Asimismo, pretende estimular y propiciar la investigación de Periodistas e interesados en general, y en la comunidad educativa, en los estudiantes de distintos niveles, para acercar y divulgar la obra de este hombre en la historia platense, la Provincia y su mirada del mundo.


Artículo 3.- La promoción, organización, coordinación y difusión de este Concurso estará a cargo del Comité Organizador integrado por Eduardo Tucci, presidente del Círculo de Periodistas de la Pcia de Buenos Aires; Dr Hernán Colli, presidente del Colegio de Abogados de La Plata; Dr Alfredo Brunetti, en representación de la Universidad Nacional de La Plata; Mus. Susana Scorians, en representación del Museo Dardo Rocha; y Alberto Alba, presidente de la Federación de Instituciones Culturales y Deportivas de La Plata. La Coordinación del Comité está del vicepresidente del Círculo Periodistas Hugo Mársico.


Artículo 4.- Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

I: Aspirante: Toda aquella persona, mayor de 18 años, que presenta su documentación y propuesta de crónica periodística, ensayo, para su inscripción y posible aceptación a participar en el Concurso.

II: Comité Organizador: El Comité encargado de la organización y operación de este Concurso.

III: Concurso: El Concurso de Crónica y Ensayo, “Dardo Rocha”, que será indistintamente denominado Concurso o Certamen.

IV: Convocatoria: La Convocatoria del Concurso, “Dardo Rocha” será emitido por instituciones citadas.


Artículo 5.- Las situaciones no previstas en el presente Reglamento serán resueltas por el Comité Organizador del Concurso y/o el Jurado Calificador de acuerdo a su competencia. Las decisiones del jurado serán inapelables.

CAPÍTULO II

DEL ENSAYO


Artículo 6.- Los trabajos inscritos en este Concurso deberán elaborarse bajo el género de crónica periodística entendiéndose por tal, un relato de los hechos de su vida de manera cronológica, como contando una historia; o ensayo en donde el escrito podrá tener el pensamiento crítico y objetivo del autor, basado en su propia reflexión y sustentado con juicios y argumentos contundentes que le permitan defender una postura o punto de vista frente a un tema en particular.


Artículo 7.- Las crónicas y los ensayos participantes deberán apegarse al tema principal con el análisis establecido por el autor.


Artículo 8.- Las presentaciones de los trabajos se pueden realizar de forma individual, mientras que para los participantes que lo deseen o consideren oportuno se aceptarán trabajos colectivos. Los trabajos escritos no podrán extenderse más allá de los 9000 caracteres (con espacio) y deberán presentarse en hoja A4, tipografía Arial, cuerpo 14, interlineado 1,5. Tendrán una carátula e indicación del tema que trata en particular, a través de un titulado.


Artículo 9.- Las crónicas y ensayos inscritas en este Concurso deberán ser inéditos, es decir que no se hayan publicado en ningún otro espacio o participado en concurso similar.


A tal fin, deberán considerar lo siguiente:

I. Cada participante puede presentar una crónica periodística ó 1 ensayo,

II. La Crónica o Ensayo original firmado exclusivamente con el seudónimo.

III. Se remitirá vía email a Casilla mencionada en el Capítulo Iii del presente reglamento.

IIIB. El e-mail en el Asunto deberá decir: Participación en Concurso Dardo Rocha.

IV: En el e-Mail habrá dos documentos PDF. En el 1ro estará redactado la Crónica o Ensayo según corresponda, con los parámetros del artículo 8 del presente, con un título y firmado con el Seudónimo. En el 2do: se colocará los datos personales del autor: Nombre y Apellido, DNI, domicilio, teléfono y WhatsApp.


CAPÍTULO III

DE LA CONVOCATORIA


Artículo 10.- La Convocatoria en la que se establecen las bases y términos para participar en el Concurso de Crónica Periodística y Ensayo, “Dardo Rocha” deberá ser aprobada por el Pleno del comité. El plazo de concreción y entrega de las obras serán desde el día 23 de julio hasta el día 30 de setiembre de 2021 de manera digital vía e-Mail a la siguiente casilla dardorochaconcurso@gmail.com.


Artículo 11.- Las bases y términos establecidos en la Convocatoria serán de cumplimiento obligatorio.


CAPITULO IV

DE LOS PREMIOS


Artículo 12.- Los premios a los ganadores de los tres primeros lugares del Concurso, consistirá en el otorgamiento de un reconocimiento público, medalla, diploma y publicación del ensayo.

Se designarán tres ganadores del Concurso en Crónica Periodística: primero, segundo y tercer lugar; y tres ganadores del Concurso Ensayo: primero, segundo y Tercer Lugar.

Además de dos menciones especiales por rubro.

Los premios serán entregados el 19 de noviembre de 2021, en el marco de los festejos por los 139 años de la Fundación de la Ciudad de La Plata, en una ceremonia presencial o virtual de acuerdo a las disposiciones gubernamentales vigentes por la situación de pandemia Covid 19.


Artículo 13.- En caso de que la obra presentada por el participante resulte premiada, éste deberá ceder los derechos de autor a favor del Comité Organizador para difundir la obra en los medios que considere convenientes, sin fines de lucro. Asimismo, procederá lo anterior, para aquellos trabajos que, además de los ganadores, el Jurado Calificador determine su publicación.


Artículo 14.- El participante que haya obtenido algún premio no podrá volver a participar en las siguientes ediciones de este Concurso, que tiene ahora su primera edición. Mientras que los participantes que no resultaron ganadores podrán volver a participar con un ensayo distinto al presentado con anterioridad.


Artículo 15.- Lo no previsto en la Convocatoria será resuelto por el Comité Organizador

del Concurso, siendo su determinación inapelable.


CAPÍTULO V

DEL FUNCIONAMIENTO DEL JURADO CALIFICADOR


Artículo 16- El Presidente del Jurado Calificador tendrá las siguientes funciones:

I. Convocar a los integrantes del Jurado Calificador y presidir las reuniones.

II. Convocar a las sesiones del Jurado Calificador: instalación y definición de mecanismos de operación, deliberación para la asignación de los premios, así como aquellas que, en su caso, se requieran para su adecuado funcionamiento.

III. Definir el proyecto de orden del día de las reuniones a propuesta del Comité Organizador.

IV. Conducir las sesiones observando los principios de orden y respeto en la deliberación de los asuntos.

V. Declarar el inicio y término de las sesiones.

VI. Coordinar los trabajos del Comité Organizador del Concurso.

VII. Las demás que deriven del presente Reglamento o de los acuerdos del Jurado Calificador.


Artículo 17. Los integrantes del Jurado Calificador tendrán las siguientes funciones y obligaciones:

I. Asistir a las sesiones a las que sean convocados presenciales o virtuales según la circunstancia.

II. Contribuir al buen desarrollo de los trabajos del Jurado Calificador.

III. Valorar las crónicas y los ensayos que le sean remitidos por el Comité Organizador y emitir el dictamen respectivo, en el formato y tiempo establecido para ello.

IV. Atender los compromisos y acuerdos que sean definidos por los integrantes del Jurado en sus sesiones de trabajo.

V. Emitir su voto para la designación del primero, segundo y tercer lugar del Concurso y en los demás asuntos que se sometan a consideración del Jurado Calificador.

VI. Los resultados del concurso que disponga el jurado serán inapelables.

VI. Las demás que deriven del presente Reglamento o de los acuerdos del Jurado Calificador.


CAPÍTULO VI

DE LAS SESIONES DEL JURADO CALIFICADOR


Artículo 18. El Jurado Calificador se reunirá previa Convocatoria realizada con cinco

días hábiles de anticipación, en donde se precisará lugar y fecha de la sesión, y si es presencial o virtual.


CAPÍTULO VII

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LOS CRÓNICAS Y ENSAYOS Y LA DICTAMINACIÓN

Artículo 19. Las crónicas y ensayos deberán entregarse en la forma, lugar y horario que establezca la Convocatoria. El Comité Organizador, será el encargado de recibir las propuestas y acusar de recibo a los participantes. Recibidas las propuestas, el Comité Organizador revisará que la documentación requerida se entregue en la forma establecida en el Reglamento. En caso de no cubrir los requisitos, el ensayo se tendrá por no presentado, lo cual se hará del conocimiento de los aspirantes.