Términos y condiciones
La erogación por concepto de servicio de comedor para el patrón es 100% deducible.
Si este se proporciona a todos los colaboradores y no excede el monto equivalente a un salario mínimo general diario del área geográfica del contribuyente por cada trabajador y por cada día de uso, adicionado con las cuotas de recuperación que pague el trabajador por este concepto en términos del artículo 28, fracción XXI de la ley de Impuesto Sobre la Renta.
FACTURACIÓN
A convenir por el comedor y la empresa
CRÉDITO OTORGADO
A convenir por el comedor y la empresa
Entrega de documentación los días 17 del mes:
REPSE
PAGO SIPARE
PAGO SAT
PAGO SUA
OPINIÓN DE CUMPLIMIENTO
PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
CUMPLIMIENTO ANTE EL IMMS
AVISO DE FUNCIONAMIENTO ANTE COFEPRIS
PLAN DE OPERACIÓN
CUMPLIMIENTO DE LA NMX-F-605-NORMEX-2004
EVIDENCIA DE CUMPLIMIENTO FISCAL, LABORAL Y DE SEGURIDAD SOCIAL
CARTAS DE RECOMENDACIÓN
FISPQ (FICHA DE INFORMACIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS) DE LOS PRODUCTOS UTILIZADOS, "si aplica"
EVIDENCIA DE CAPACITACIÓN Y CALIFICACIÓN DE EMPLEADOS EN ACTIVIDADES DE RIESGO
INSCRIPCIÓN ANTE EL RESPONSABLE TÉCNICO JURÍDICO DEL CONCEPTO DE CLASE DE LA EMPRESA
Estudios clínicos del personal cada 4 meses.
Análisis microbiológico de barra cada 6 meses.
Convenio de confidencialidad.
Constancias de manejo higiénico bajo Distintivo H.
Jornadas gastronómicas el último viernes del mes, adicionando las fechas festivas acordadas.
Decoración por festividades del mes.
Dinámicas de convivencia cortas de acuerdo a la festividad.
Atentamente.