Instalación sistema fotovoltaico
En primer lugar, se instala el sistema fotovoltaico en un lugar disponible en tu municipio. Este espacio puede ser un terreno o un tejado municipal el cual ceda a la Comunidad Energética para que instale allí el sistema fotovoltaico, pero también puede ubicarse en un espacio privado bajo acuerdo con la persona propietaria. Para la elección de esta ubicación es importante tener en cuenta que el RD244/2019 sobre autoconsumo establece una limitación de distancia entre la instalación fotovoltaica y cada una de los puntos de consumo de 2000 metros si la instalación se ubica en un tejado o suelo industrial y de 500 en el resto de tipos de suelo.
Acuerdo de reparto
Una vez definida la ubicación, se establece un Acuerdo de Reparto entre los participantes de la comunidad energética que indica que porcentaje de energía de la generada le va a corresponder a cada uno.
Reparto de la energía
El contador de generación de la instalación solar registrará la energía generada por los paneles cada hora, la cual se repartirá entre los participantes en la proporción que el acuerdo de reparto indique.
Consumo de cada participante
A cada participante, se le restará del consumo horario de su vivienda, el % de energía generada por la instalación durante esa hora que se le haya asignado.
Compensación de excedentes
Si en ese momento, el porcentaje de energía que está generando la instalación solar asignada a tu vivienda es mayor que la que estás consumiendo, generarás unos excedentes que verterás a la red pública, y que tu comercializadora te compensará económicamente en tu factura de la luz.