Según los Estatutos del Colegio de Contadores Públicos del Estado Falcón:
La Asamblea es la suprema autoridad del Colegio de Contadores Públicos del Estado Falcón y estará integrada por sus agremiados. (Artículo 18)
Las Asambleas se denominarán: Ordinaria, Extraordinaria y Anual. Tendrá las atribuciones que para cada una de ellas se establece en la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública, su Reglamento, estos Estatutos y demás normas vigentes. (Artículo 19)
La Asamblea Ordinaria se reunirá una vez al mes, cumpliendo con lo establecido en el artículo 22 de estos Estatutos y requerirá un mínimo de tres (3) integrantes principales de la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos del Estado Falcón para el quórum reglamentario. (Artículo 24)