La inspección OCA de ascensores no es un trámite opcional. En España, el correcto funcionamiento de los ascensores está regulado y controlado por la ley, y los propietarios o comunidades de vecinos tienen la obligación de garantizar revisiones técnicas periódicas a través de un Organismo de Control Autorizado (OCA), como SIMECAL.
Según el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y datos del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, España cuenta con más de 1 millón de ascensores instalados, siendo el país de la Unión Europea con más elevadores por habitante. Esta cifra subraya la importancia de contar con un sistema de inspección robusto y eficaz para garantizar la seguridad de millones de usuarios diarios.
La inspección técnica de ascensores realizada por una OCA es una revisión periódica obligatoria para verificar que el elevador cumpla los requisitos de seguridad, funcionalidad y mantenimiento establecidos por la ley.
Esta obligación se basa en el Real Decreto 88/2013, de 8 de febrero, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 “Ascensores”, parte del Reglamento de aparatos de elevación y manutención (RD 2291/1985).
La normativa aplica a todos los ascensores instalados permanentemente que:
Se muevan mediante sistemas eléctricos, hidráulicos u oleoeléctricos
Tengan cabinas para transporte de personas o mercancías
Se desplacen por vías verticales con más de 15º de inclinación
Es decir, desde un ascensor de una comunidad de vecinos hasta un elevador en un hospital o centro comercial está sujeto a esta revisión OCA de ascensores.
La inspección reglamentaria no sustituye al mantenimiento obligatorio de ascensores (que se hace mensualmente), sino que lo complementa con una visión imparcial. Entre los puntos clave que verifica el inspector OCA están:
Estado de cabina, contrapesos, cables y guías
Funcionamiento de alarmas, sistemas de emergencia, teléfonos
Puertas automáticas, sensores, limitadores de velocidad
Nivelación de parada y precisión de planta
Comprobación de que se cumple el mantenimiento preventivo por parte de la empresa mantenedora
Documentación legal actualizada
Estas acciones se realizan siguiendo el estándar de seguridad europea EN 81-80 y directrices marcadas por organismos como AENOR y el CEN (Comité Europeo de Normalización).
Omitir la inspección técnica reglamentaria puede derivar en:
Multas que, según la Ley de Industria, pueden superar los 60.000 € en caso de riesgo grave
Inhabilitación del ascensor hasta su regularización
Responsabilidad civil o penal en caso de accidente
Pérdida de validez del seguro por incumplimiento legal
En 2022, el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas alertó de que más del 18% de comunidades de propietarios no tenía al día la inspección reglamentaria de sus ascensores, exponiéndose a sanciones y peligros.
Comunidades de vecinos o administradores de fincas en edificios residenciales
Responsables técnicos en edificios públicos, empresas o industrias
Propietarios de inmuebles, en caso de fincas unipersonales
Organismos acreditados como SIMECAL, OCA registrada y autorizada por la administración, ofrecen este servicio de forma ágil, profesional y con informes válidos ante la Dirección General de Industria de cada comunidad autónoma.
Solo los Organismos de Control Autorizados (OCA) registrados oficialmente por las autoridades competentes en materia de Industria.
Depende del número de ascensores, tipo de edificio y ubicación. Empresas como SIMECAL ofrecen presupuesto a medida sin compromiso.
No. Son procesos complementarios. El mantenimiento lo hace una empresa conservadora; la inspección OCA es una auditoría independiente y obligatoria.
Se emitirá un informe desfavorable con un plazo para corregir las deficiencias. Superado ese plazo sin subsanación, el ascensor podría quedar fuera de servicio legalmente.
El Real Decreto 88/2013 regula la inspección a través de la ITC AEM 1. También se aplican normas técnicas como la UNE-EN 81-20 y la UNE-EN 81-80 para modernización y seguridad.
La inspección OCA de ascensores no solo es obligatoria por ley, sino esencial para garantizar la seguridad de millones de usuarios. Cumplir con el RD 88/2013 es fácil si cuentas con una empresa acreditada, que te asesore, coordine y gestione todo el proceso de forma profesional.
Recuerda: una revisión OCA de ascensores a tiempo puede evitar sanciones, accidentes y problemas legales.
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