Contrato de adhesion Sinotrack - Alerta! division satelital
Contrato de adhesion Sinotrack - Alerta! division satelital
CONTRATO DE SERVICIOS DE LOCALIZACION SATELITAL DE VEHICULOS, BIENE O
PERSONAS Y CONDICIONES USO DEL MISMO
ANEXO 1 VEHÍCULOS
DEFINICIONES
Para los efectos de éste contrato, se entienden las siguientes definiciones:
Sistema: Es un conjunto de elementos tecnológicos que actúan interactivamente, y permite al usuario localizar y recuperar vehículos.
Vehículo: Unidad automotor.
Comodato: El dispositivo instalado en el vehículo, es propiedad de ALERTA! .
Usuario: Es la persona física o jurídica que contrate el servicio de automonitoreo y localización satelital de vehículos.
El Dispositivo: Es una unidad de localización, que forma parte integrante del Sistema que se instala en el vehículo.
CLAUSULAS.
PRIMERA.-OBJETO
El objeto del presente contrato lo constituyen tres elementos fundamentales:
a). LA LOCALIZACION SATELITAL DE VEHICULOS A TRAVES DE UNA PLATAFORMA WEB.
b). LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO que ALERTA! proporciona a EL USUARIO, consta en brindar acceso a la plataforma web para que EL USUARIO pueda localizar sus vehículos.
c). EL COMODATO de un dispositivo, que será instalado en el vehículo descrito en el anverso del presente instrumento que ALERTA! Le concede a EL USUARIO con el exclusivo fin del funcionamiento de EL SISTEMA.
ALERTA! sólo se compromete BRINDAR ACCESO AL SISTEMA para realizar la localización o el seguimiento de EL DISPOSITIVO instalado en el vehículo sin responder de los faltantes que pudieran presentarse en el mismo.
EL DISPOSITIVO es propiedad de ALERTA! por lo que EL USUARIO no podrá removerlo a ningún otro vehículo, ni utilizarlo para cualquier otro fin distinto al pactado en el presente contrato, de hacerlo, ALERTA! Puede rescindir de forma inmediata el presente contrato, además EL USUARIO reconoce que se hará acreedor a las responsabilidades del orden civil y penal a que hubiere lugar.
SEGUNDA.-CONTRAPRESTACIÓN
EL USUARIO acuerda en pagar la o las cantidades previstas en el anverso de este instrumento por la prestación del servicio que otorga ALERTA! .
Si llegado el término del presente contrato es voluntad de las partes continuar con la relación contractual, esta será renovada sucesivamente y en forma automática por iguales periodos.
En caso contrario, en la fecha del vencimiento, EL USUARIO tendrá la obligación de permitir a ALERTA! que retire del vehículo donde se encuentra instalado EL DISPOSITIVO, y hacer entrega de la posesión física y jurídica de EL DISPOSITIVO en el mismo buen estado en que lo recibió, así como a pagar todas las cantidades adeudadas conforme a este contrato, incluyendo los intereses correspondientes de acuerdo a lo establecido en la cláusula tercera de éste contrato. Si después de la fecha de vencimiento, EL USUARIO no devuelve EL DISPOSITIVO, se sujetará a lo establecido en la cláusula décima, décima quinta y décima novena de este contrato.
En el supuesto de que EL USUARIO durante la vigencia del presente contrato incumpliera con alguna de las mensualidades pactadas, o llegada la fecha de vencimiento EL USUARIO no devuelve EL DISPOSITIVO, ALERTA! Podrá bloquear el ACCESO AL SISTEMA hasta que la situación sea remediada. Si se reportara el vehículo como robado, ALERTA! No estará obligada a habilitar el ACCESO AL SISTEMA para la localización del vehiculo. En el caso de pagar las mensualidades pactadas posteriormente a la fecha de vencimiento, ALERTA! se obliga a prestar el servicio contratado hasta las setenta y dos horas posteriores a la de recepción del pago.
TERCERA.-FORMADE PAGO.
Se establece que EL USUARIO realizará el pago de contado. Sin embargo en el caso de existir un programa de tarjeta de crédito y si EL USUARIO llegase a incumplir con alguna mensualidad pactada, la cantidad insoluta causará intereses a partir del día siguiente al establecido como fecha límite de pago y hasta el día en el cual se efectúe el mismo. El interes moratorio será de $ 100 por dia durante el período de incumplimiento.
En el caso de que la tarjeta de crédito sea cancelada o sustituida por cualquier motivo, EL USUARIO se obliga a informar por escrito a ALERTA! de dicha cancelación o sustitución en un plazo no mayor a 24 horas y cumplir con lo pactado en el párrafo anterior.
Independientemente de lo señalado en el párrafo anterior ALERTA! podrá suspender el servicio o dar por terminado el presente contrato de conformidad con lo establecido en cláusula décima quinta y del mismo modo hacer exigible en su caso, la garantía a que se refiere la cláusula décima.
CUARTA.-DE LAINSTALACIÓN.
ALERTA! se obliga a realizar la instalación de EL DISPOSITIVO en el vehículo descrito en el anverso del presente contrato. EL DISPOSITIVO cuenta con una clave de activación para ser utilizado exclusivamente en el citado vehículo. EL USUARIO se hace totalmente responsable por el uso que se haga de EL DISPOSITIVO, independientemente de la persona que haga uso del vehículo.
QUINTA.-DE LATRANSMISIÓN DE LA PROPIEDAD DEL VEHÍCULO.
EL USUARIO se obliga a notificar de inmediato a ALERTA! cuando venda y/o transfiera la propiedad del vehículo y/o desee ceder los derechos del presente contrato.
En el supuesto caso de que no se le hubiere informado a ALERTA, ALERTA! no tendrá la obligación de proporcionar el servicio (ACCESO AL SISTEMA), ni tampoco tendrá responsabilidad alguna frente al nuevo propietario, en virtud de que la relación contractual es UNICA Y EXCLUSIVAMENTE es con EL USUARIO.
SEXTA.-DEL CASO DE SINIESTRO
Para lograr el éxito de la localización del vehículo en caso de que se presentase el siniestro de robo, EL USUARIO se obliga en éste acto a lo siguiente:
a). Considerar su seguridad, la de su familia y sus acompañantes como su principal objetivo;
b). Inmediatamente que se encuentre a salvo, llamar al Servicio Telefónico de Emergencias de la localidad donde se presente el siniestro, a efecto de realizar el reporte de robo;
c). Deberá conectarse al SISTEMA para localizar la ubicación del vehículo lo antes posible e informar dicha posición a las autoridades policiales.
d). EL USUARIO en este acto se obliga a llevar a cabo en su totalidad el procedimiento anterior en forma oportuna, debido a que el éxito del funcionamiento de EL SISTEMA consiste precisamente en la inmediata comunicación para la localización del vehículo siniestrado.
e). Para garantizar el funcionamiento del sistema EL USUARIO se compromete a reportar como se establece en el inciso c) de la presente cláusula en un período que no excederá de cuatro horas para el caso de robo con violencia y de ocho horas para el caso de robo estacionado.
SÉPTIMA.-DE LAS OBLIGACIONES DE EL USUARIO
Son obligaciones de EL USUARIO, además de las establecidas en el cuerpo del presente contrato:
a). Proporcionar a ALERTA! la información fidedigna de cualquier cambio respecto de los datos contenidos en el anverso del presente instrumento.
b). Realizar todos los pagos de las cantidades que corresponden por la prestación del servicio, incluyendo los adeudos e intereses correspondientes en su caso, así como las cantidades que procedan por los demás conceptos establecidos en el presente o que en el futuro se establezcan.
c). Devolver EL DISPOSITIVO en perfecto estado de funcionamiento y únicamente con el deterioro por el uso normal debido al transcurso del tiempo cuando sé dé por terminado el presente contrato.
d). No removerlo a ningún otro vehículo, ni utilizarlo para cualquier otro fin distinto al pactado en el presente contrato.
En caso de no cumplir con cualquiera de las obligaciones anteriores, ALERTA! no se hace responsable de la prestación del servicio.
Los derechos y obligaciones que se consignan en este contrato son personales por lo que EL USUARIO no podrá cederlos o traspasarlos sin previa autorización por escrito de ALERTA! ; en caso de ser autorizada por escrito la cesión de derechos o traspaso, EL USUARIO se obliga a entregar una carta en donde especifique datos de contacto de la persona física o jurídica a la que cede sus derechos o traspasa. El nuevo titular deberá llenar y firmar la solicitud de adhesión al servicio y el presente contrato antes de poder utilizar el ACCESO AL SISTEMA
e). Es obligación del USUARIO realizar pruebas periódicas, para garantizar el buen funcionamiento del servicio. Para ello deberá ingresar al sistema al menos dos veces por mes. En el caso que detecte alguna anomalía, deberá informar a ALERTA! De forma inmediata para que pueda coordinar un soporte técnico en un plazo no mayor a 72 hs hábiles a fin de solucionarla.
f). EL USUARIO declara como su domicilio el lugar en el cual generalmente se encontrará el vehículo, el señalado en el anverso de este contrato.
OCTAVA.-DE LAS OBLIGACIONES DE ALERTA! .
Son obligaciones de ALERTA! :
a). La instalación del dispositivo, garantizando su funcionamiento.
b). Brindar ACCESO AL SISTEMA al usuario y a quienes él designe para la localización y/o monitoreo del vehiculo.
c). Para el ACCESO AL SISTEMA, ALERTA! otorgará al USUARIO un acceso Web para que este pueda hacer uso del servicio a través de un usuario y contraseña.
NOVENA.-DE LA GARANTÍA
ALERTA! garantiza al USUARIO el funcionamiento de EL SISTEMA.
En caso de que el vehiculo fuera objeto de robo o hurto y no fuera efectivamente localizado por cualquier causa no imputable al obrar culposo de ALERTA!, ALERTA! Deberá entregar a EL USUARIO, como única y total compensación por todo daño y perjuicio, un nuevo DISPOSITIVO de idénticas características, bonificándole el cargo de la instalación.
El servicio prestado por ALERTA! No reemplaza ni tiene los efectos de una contratación de una póliza de seguros sobre el vehiculo.
ALERTA! no está obligada a cumplir con la garantía, en el caso de que EL USUARIO no reporte el siniestro en el tiempo que se especifica en la cláusula sexta inciso e) del presente contrato.
La garantía estará vigente en las condiciones establecidas en el presente instrumento quedando fuera de la misma cualquier colisión, remoción, enajenación, transmisión o apertura de ELDISPOSITIVO.
DÉCIMA.-GARANTÍADE PAGO
ALERTA! podrá exigir a su elección al USUARIO alguna de las siguientes garantías:
a) garantía propietaria b) garantía financiera c) prenda d) aval
La garantía otorgada podrá utilizarse para cubrir los pagos convenidos e incumplidos por parte del USUARIO no efectuados en la fecha límite de pago; los adeudos vencidos y no pagados y sus intereses que se originen por el presente contrato; pena en caso de que EL USUARIO no devuelva EL DISPOSITIVO al término del presente contrato.
DÉCIMAPRIMERA.-DE LAS CAUSAS DE FUERZA MAYOR
Ninguna de las partes será responsable ni se considerará que está en incumplimiento por la demora o la falta en la ejecución conforme a este contrato o la interrupción del servicio que resulte de manera directa o indirecta por causas fortuitas o de fuerza mayor, actos de autoridad civil o militar, actos de guerra, motines, disturbios civiles, insurrecciones, accidentes, incendios, explosiones, terremotos, inundaciones, huelgas o disputas laborales, por robo o destrucción de los componentes de EL DISPOSITIVO y no del vehículo en que se encuentre instalado o por cualquier otra causa no imputable a ALERTA! .
DÉCIMASEGUNDA.-PROHIBICIONES
Le queda estrictamente prohibido a EL USUARIO:
a). Extraer, cambiar, añadir, alterar o de cualquier otra forma modificar EL DISPOSITIVO, quedando bajo su estricta responsabilidad cualquier obligación que genere por ese motivo. En caso de que ALERTA! se dé cuenta de cualquiera de estas circunstancias, dará por terminado de inmediato el presente contrato, sin responsabilidad alguna para esta, dejando a EL USUARIO sin derecho a reclamación por ningún concepto.
b). Duplicar o copiar por cualquier medio EL DISPOSITIVO, siendo causa de terminación anticipada del presente contrato y el pago de los daños y perjuicios que su conducta o la de terceros provoque a ALERTA!
c). Enajenar, gravar, ceder, transferir o negociar de cualquier forma los derechos derivados del presente contrato sin contar previamente con la autorización por escrito de ALERTA! .
d). Llevar a cabo actos sobre EL DISPOSITIVO que implique directa o indirectamente su disposición por terceras personas.
e). Permitir que se realicen alteraciones y/o modificaciones a EL DISPOSITIVO.
DÉCIMATERCERA.-VISITAS DE VERIFICACIÓN, INSPECCIÓN O MANTENIMIENTO.
EL USUARIO conviene desde ahora en permitir el libre acceso al VEHÍCULO en donde se encuentre instalado EL DISPOSITIVO al personal autorizado por ALERTA! para realizar la verificación, inspección, mantenimiento, o en su caso recoger EL DISPOSITIVO, o por cualquier otra causa, previo aviso a EL USUARIO. El personal de ALERTA! DEBERA presentar su identificación y orden de trabajo correspondiente en la que se detalle el motivo de la visita.
DÉCIMACUARTA.-CAUSAS DE TERMINACIÓN
Son causas de terminación del presente contrato:
a). La falta de pago de EL USUARIO a cualquiera de las contraprestaciones acordadas, después de 10 días hábiles siguientes a la fecha límite de pago.
b). La imposibilidad permanente para proporcionar el servicio por caso fortuito o de fuerza mayor.
c). La revocación, cancelación o cualquier otra causa que deje sin efecto el uso de la frecuencia otorgada.
d). Que EL USUARIO realice cualquiera de las prohibiciones establecidas en la cláusula décima segunda de éste contrato;
e). Que EL USUARIO utilice EL DISPOSITIVO con fines que de cualquier forma impliquen explotación comercial del mismo y/o del servicio.
f). Que EL USUARIO transfiera la propiedad del vehículo a otra persona, sin el consentimiento de ALERTA! y por tanto no cuente con la autorización respectiva.
g). El incumplimiento por parte de EL USUARIO de cualquiera de las obligaciones a su cargo contenidas en este contrato.
La rescisión del contrato por cualquier causa, no excluye a EL USUARIO de cumplir con sus obligaciones de pago de saldos.
DÉCIMAQUINTA.-DE LOS EFECTOS DE LA TERMINACIÓN
A la terminación del presente contrato EL USUARIO se obliga a devolver EL DISPOSITIVO en perfecto estado de funcionamiento y únicamente con el deterioro causado por el uso normal debido al transcurso del tiempo. Al efecto, en éste acto EL USUARIO autoriza a ALERTA! , a poder remover EL DISPOSITIVO del vehículo en el que se encuentre instalado.
No se considerará causa imputable a EL USUARIO únicamente:
a). El robo del vehículo;
b). La venta o transmisión de la propiedad del vehículo previa autorización por parte de ALERTA! de cambio de propietario debidamente.
EL USUARIO no podrá retener bajo ningún concepto EL DISPOSITIVO.
1.-Devolver EL DISPOSITIVO dentro de los 10 días hábiles siguientes a que ALERTA! se lo requiera no pudiendo retenerlo por ningún motivo, lo cual deberá realizar por su cuenta en el domicilio de ALERTA! señalado en el anverso de éste contrato o en las instalaciones que al efecto señale ALERTA! .
En el caso de que EL DISPOSITIVO no sea devuelto por causas imputables a EL USUARIO, éste se sujetará a lo establecido en la cláusula décima novena del presente contrato y no le dará a EL USUARIO ningún derecho de propiedad sobre EL DISPOSITIVO.
DÉCIMASEXTA.-COBERTURA DEL SERVICIO.
La cobertura del servicio de localización es a nivel nacional.
DECIMASÉPTIMA.-RESERVAS LEGALES
ALERTA! se reserva el derecho de actuar en contra de quien haga mal uso de EL DISPOSITIVO, siendo EL USUARIO responsable del uso y conservación del mismo.
DÉCIMAOCTAVA.-DE LAVIGENCIA DEL CONTRATO
Las partes acuerdan que la duración del presente contrato será de un año contado a partir de la fecha de la firma del presente instrumento y terminará por las causas establecidas en la cláusula décima cuarta o bien por el simple transcurso de doce meses naturales contados a partir de su inicio o sus posteriores renovaciones.
Si al término del plazo a que se refiere el párrafo que antecede continua EL USUARIO con EL DISPOSITIVO en el mismo vehículo, se entenderá que desea prorrogar el presente instrumento por el mismo término, debiendo EL USUARIO sujetarse a lo establecido para tal efecto en la cláusula segunda de éste contrato.
DÉCIMANOVENA.-INDEMNIZACIÓN
En el caso de que EL USUARIO no devuelva EL DISPOSITIVO, lo dañe o lo remueva al término del presente contrato, deberá pagar como indemnización el valor de mercado argentino del dispositivo al día que se suceda la novedad. Además del saldo deudor que tenga, en un solo pago. Lo anterior empezará a surtir efectos desde el día siguiente a que se haga exigible la obligación de entregar EL DISPOSITIVO.
VIGÉSIMA.-JURISDICCIÓN
EL USUARIO, a todos los efectos del presente instrumento, constituye domicilio en el indicado en el anverso del presente en el ítem “Datos del usuario” donde se tendrán por validas todas las comunicaciones y notificaciones judiciales y extrajudiciales. En caso de controversia, EL USUARIO declara que habrá de someterse a la competencia de los tribunales ordinarios en lo comercial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, renunciando a cualquier otro fuero que pudiere corresponder
EL USUARIO, manifiesta haber leido y estar de acuerdo con todos los términos y condiciones del contrato de prestación de servicios, el cual con la sola firma de éste documento tendrá plena validez, y en consecuencia lo firma de conformidad al pie por duplicado, quedando un ejemplar en poder de EL USUARIO y uno en poder de ALERTA! ,