Mar del Plata, 15 de noviembre del 2024
Sr. Asociado:
Comunicamos que en el mes de diciembre de 2024 se procederá a aplicar un incremento en todos los planes de salud que brinda esta entidad en un 5%.
La presente adecuación en los planes de salud obedece al índice de inflación mensual informado por el INDEC, al promedio de incrementos en los medicamentos y al aumento de los prestadores/proveedores de salud, lo cual genera a nuestra entidad serias dificultades para costearlos de acuerdo a lo convenido.
En virtud de lo informado y con el objetivo de poder mantener los convenios vigentes, es que procederemos al ajuste antes mencionado.
Sin otro particular, los saludamos muy atentamente.
Comisión directiva AMTAR
Mar del Plata, 6 de septiembre del 2024
Sr. Asociado:
Comunicamos que en el mes de octubre de 2024 se procederá a aplicar un incremento en todos los planes de salud que brinda esta entidad.
La presente adecuación en los planes de salud obedece al índice de inflación mensual informado por el INDEC, al promedio de incrementos en los medicamentos y al aumento de los prestadores/proveedores de salud, lo cual genera a nuestra entidad serias dificultades para costearlos de acuerdo a lo convenido.
En virtud de lo informado y con el objetivo de poder mantener los convenios vigentes, es que procederemos al ajuste antes mencionado.
Sin otro particular, los saludamos muy atentamente.
Comisión directiva AMTAR
Mar del Plata, 2 de agosto de 2024
Sr ASOCIADO:
Comunicamos que en el mes de SEPTIEMBRE de 2024 se procederá a aplicar un incremento del 10% en todos los planes de salud que brinda esta entidad.
El presente aumento obedece al valor de la inflación mensual, sumado al promedio de los porcentajes de incrementos de nuestros prestadores en el ultimo mes.
La entidad en un esfuerzo ante la situación económica que sufre todo el país y en particular nuestros afiliados y asociados, no aplicó aumentos en los meses de mayo y junio, a pesar de la delicada situación económica de la entidad para mantener las prestaciones de salud que brinda de forma diaria y de los aumentos que igualmente sufrimos los meses mencionados de parte de nuestros prestadores y proveedores.
Estos factores antes mencionados obligan a nuestra mutual a adecuar su cuadro tarifario en el mes de AGOSTO para intentar costear el servicio que actualmente brindamos a todos nuestros afiliados.
Comisión directiva AMTAR
Mar del Plata, 18 de Julio de 2024
Sr ASOCIADO:
Comunicamos que en el mes de Agosto de 2024 se procederá a aplicar un incremento del 7% en todos los planes de salud que brinda esta entidad.
El presente aumento obedece al valor de la inflación mensual, sumado al promedio de los porcentajes de incrementos de nuestros prestadores en el ultimo mes.
La entidad en un esfuerzo ante la situación económica que sufre todo el país y en particular nuestros afiliados y asociados, no aplicó aumentos en los meses de mayo y junio, a pesar de la delicada situación económica de la entidad para mantener las prestaciones de salud que brinda de forma diaria y de los aumentos que igualmente sufrimos los meses mencionados de parte de nuestros prestadores y proveedores.
Estos factores antes mencionados obligan a nuestra mutual a adecuar su cuadro tarifario en el mes de AGOSTO para intentar costear el servicio que actualmente brindamos a todos nuestros afiliados.
Comisión directiva AMTAR
Mar del Plata, 30 de MAYO de 2024
Sr afiliado:
Comunicamos que en el mes de JULIO de 2024 se procederá a aplicar un incremento del 8,8% en todos los planes de salud que brinda esta entidad. Esto es de conformidad al aumento del indice IPC correspondiente al mes de ABRIL.
El presente aumento obedece al valor de la inflación mensual, siendo el mes de abril el ultimo indice oficial disponible a la fecha de esta presentación.
La entidad en un esfuerzo ante la situación económica que sufre todo el país y en particular nuestros afiliados y asociados, no aplicó aumentos en los meses de mayo y junio, a pesar de la delicada situación económica de la entidad para mantener las prestaciones de salud que brinda de forma diaria y de los aumentos que igualmente sufrimos los meses mencionados de parte de nuestros prestadores y proveedores.
Estos factores antes mencionados obligan a nuestra mutual a adecuar su cuadro tarifario en el mes de julio para seguir brindando el servicio correspondiente a todos nuestros afiliados.
Comisión directiva AMTAR
Mar del Plata, 1 de MARZO de 2024
Sr afiliado:
Comunicamos que en el mes de Abril de 2024 se procederá a aplicar un incremento del 10% en todos los planes de salud que brinda esta entidad. Esto es de conformidad a la vigencia del Decreto de necesidad y urgencia Nro. 70/23, el cual -entre otras normas- derogó el Decreto Nro. 743/22.
El presente aumento obedece al incesante incremento de los costos de los medicamentos, prótesis, prácticas y honorarios de profesionales entre otros.
Los aumentos que el estado nacional autorizaba el año anterior con el “Índice de costos de Salud” no se correspondía con los aumentos de costos e IPC de los mismos periodos, lo que produjo un desfasaje y desfinanciamiento importante de esta entidad y se vio reflejado en el aumento, del mes de enero último, del 50% en los planes.
Estos factores antes mencionados obligan a nuestra mutual a adecuar su cuadro tarifario para seguir brindando el servicio correspondiente a todos nuestros afiliados.
Comisión directiva AMTAR
Mar del Plata, 2 de FEBRERO de 2024
Sr afiliado:
Comunicamos que en el mes de Marzo de 2024 se procederá a aplicar un incremento del 20% en todos los planes de salud que brinda esta entidad. Esto es de conformidad a lo establecido en el Decreto de necesidad y urgencia Nro. 70/23, el cual -entre otras normas- derogó el Decreto Nro. 743/22.
El presente aumento obedece al incesante incremento de los costos de los medicamentos, prótesis, prácticas y honorarios de profesionales entre otros, frutos de la devaluación del peso respecto al dólar y en consecuencia la inflación reinante que todos sufrimos día a día.
Los aumentos que el estado nacional autorizaba el año anterior con el “Índice de costos de Salud” no se correspondía con los aumentos de costos e IPC de los mismos periodos, lo que produjo un desfasaje y desfinanciamiento importante de esta entidad y se vio reflejado en el aumento, del mes de enero último, del 50% en los planes.
Estos factores antes mencionados obligan a nuestra mutual a adecuar su cuadro tarifario para seguir brindando el servicio correspondiente a todos nuestros afiliados.
Comisión directiva AMTAR
Mar del Plata, 1 de DICIEMBRE de 2023
Sr/a AFILIADO:
En razón de la resolución 1293/2022 de fecha 30/06/2022 y del Ministerio de salud de la nación, que en su artículo 2º, decreto 743/2022 y publicación de Súper Intendencia de Salud del día 31/03/2023 donde se indica:
Se publica el Índice de Costos de Salud aprobado por la Resolución 1293/2022 del Ministerio de Salud, junto con el Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), el 90% de dicho valor y el valor correspondiente a SEIS (6) salarios mínimos, vitales y móviles, de conformidad con lo establecido en el Decreto 743/2022 y la Resolución 2577/2022 - MSAL.
Fecha de Cálculo 30 de NOVIEMBRE 2023
Índice de Costos de Salud 6,26%
RIPTE 9,46%
90% RIPTE 8,51%
Salario mínimo vital y móvil $146.000
SMVyM X 6 $876.000
Es que esta institución cumple en informar en tiempo y forma que a partir del mes de ENERO de 2024 se procederá a aplicar un aumento en el valor de los planes de salud que brinda esta institución de un 6,26% según ddjj presentada por el afiliado en SSS tal cual se indica en dichas resoluciones y cálculo de la SSS y Ministerio de Salud.
Así mismo, a los afiliados que se les había congelado la cuota por el acuerdo con el gobierno, se le aplicara el valor de la cuota vigente en el mes de ENERO con los aumentos que fue pautando la SSS los meses anteriores.
Comisión directiva AMTAR
Las empresas de Medicina Prepaga acordaron con el Gobierno una forma de congelar las cuotas para los usuarios durante los proximos 90 dias. Sin embargo, el acuerdo tiene ciertas condiciones.
Según las empresas señalaron en un comunicado, acordaron «mantener sin aumentos las cuotas por noventa (90) días para los grupos familiares con ingresos no superiores a $2 millones brutos mensuales y en la medida que declaren no poseer capacidad económica que les permita hacer frente a la cuota con el esquema de ajuste actual del índice de costos de salud», aclararon.
Las empresas advirtieron que «la cuota del mes de setiembre ya fue facturada en la última quincena de agosto, con lo cual el acuerdo tiene vigencia a partir de octubre».
Respecto de la «capacidad economica», que figura como requisito para acceder al congelamiento de las cuotas, las empresas establecieron lo siguiente: «se considera que el grupo familiar no posee capacidad económica cuando: 1) el titular o sus afiliados no sean propietarios de dos (2) o más inmuebles; 2) sean propietarios de tres (3) o más vehículos, excepto los hogares donde exista al menos uno una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD)..
En tercer lugar, se considera que no estarán incluidos en el congelamiento quienes sean titulares de una (1) o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP, o 4)) sean titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.
En otro párrafo del comunicado que hicieron las empresas para comunicar el acuerdo de precios, señalaron que «los afiliados que quieran acceder al beneficio deberán declarar sus ingresos y también informar que no cuentan con la capacidad economica financiera a través de un aplicativo que ya está disponible en el sitio web institucional de la Superintendencia de Servicios de Salud.
En razón de la resolución 1293/2022 de fecha 31/07/2023 del Ministerio de salud de la nación, que en su artículo 2º. Y publicación de Súper Intendencia de Salud del día 01/7/2022
Es que esta institución cumple en informar en tiempo y forma que a partir del mes de SEPTIEMBRE de 2023 se procederá a aplicar un aumento desdoblado en el valor del índice de servicio de salud que brinda esta institución de un 7.18% o 5.58% según se indica en dicha resolución y cálculo de la SSS en razón de la ddjj que haya realizado el afiliado.
En razón de la resolución 1293/2022 de fecha 30/06/2023 del Ministerio de salud de la nación, que en su artículo 2º. Y publicación de Súper Intendencia de Salud del día 01/7/2022
Es que esta institución cumple en informar en tiempo y forma que a partir del mes de agosto de 2023 se procederá a aplicar un aumento en el valor del índice de servicio de salud que brinda esta institución de un 8.72% según se indica en dicha resolución y cálculo de la SSS.