Para ofrecerles una atención más personalizada, no se atenderá a nadie sin cita previa.
1.-¿Qué alumnado puede participar en este proceso?
a. Quien deba continuar estudios de Educación Secundaria Obligatoria en centros escolares diferentes al de procedencia, en caso de que no los imparta.
b. Quien inicie la Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato y no haya estado escolarizado previamente en centros escolares sostenidos con fondos públicos.
c. Quien opte por matricularse en una modalidad de Bachillerato no ofertada en su centro escolar actual.
d. Quien estando matriculado en algún ciclo formativo de grado medio, o habiéndolo finalizado, desee matricularse en alguna modalidad de Bachillerato, aunque ésta se imparta en el mismo centro escolar.
e. Quien desee cambiar de centro escolar al inicio del curso 2025-2026.
f. Quien no tenga asegurada plaza escolar en unidades concertadas de Bachillerato en el centro concertado donde haya cursado la Educación Secundaria Obligatoria.
Siempre que deba aportarse un documento original que no pueda quedarse en poder de la administración, el solicitante deberá aportar original (para su cotejo) y copia.
3.- ¿Dónde puedo entregar la solicitud?
En el centro escolar elegido en primera opción (deberá pedir cita previa).
En la Sede Electrónica de la CARM, en la sección de Registro y Guía de Procedimientos y Servicios. El procedimiento que debe utilizar es el 2214. Es necesario Cl@ve o DNI electrónico.
En los registros previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
4.- ¿Quién puede presentar la solicitud?
Alumnos mayores de edad.
Padres, madres, tutores legales, acogedores legales o guardadores de hecho que representen al alumno menor de edad.
Excepcionalmente, otras personas debidamente autorizadas. Deben emplear el modelo de autorización adecuado (enlace a la autorización).
ATENCIÓN: La solicitud debe ir firmada por los dos progenitores o tutores. En caso de que la solicitud sólo incluya una firma, se deberá adjuntar la declaración jurada correspondiente que lo justifique (enlace a la declaración jurada).
5.- ¿Qué documentación adicional debo aportar a la solicitud?
Documentación obligatoria:
LIBRO DE FAMILIA o documento asimilado (en el caso de procedencia del extranjero).
FOTOCOPIA DNI de los miembros de la unidad familiar.
PATRIA POTESTAD/GUARDA Y CUSTODIA:
Documento legal que acredite quién tiene la patria potestad en caso de que se haya anulado a alguno de los solicitantes.
Documento legal que acredite la guarda y custodia en caso de no ser compartida.
Documentación adicional para completar el BAREMO:
Criterios prioritarios (CP).
(CPH) Tener uno o varios hermanos matriculados en el centro o padre, madre o representante legal del alumno trabajando en el mismo (más información).
(CPRL) Domicilio de residencia o lugar de trabajo (más información).
(CPRA) Renta per cápita de la unidad familiar (más información).
Criterios complementarios (CC).
(CCFN) Condición de familia numerosa (más información).
(CCD) Grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33 % del menor o alguno de sus padres, hermanos o tutores legales, sin que ninguno de ellos tenga carácter excluyente.(más información).
(CCPT) Por trabajar en el centro solicitado (más información).
(CCCP) Solicitud de un centro escolar en primer lugar (más información).
(CCFM) Monoparentalidad (más información).
(CCPM) Alumnado nacido de parto múltiple (más información).
(CCVG) Por ser victima de violencia de género (más información)
(CCVT) Por ser victima de violencia terrorista (más información).
(CCAF) Por acogimiento familiar del solicitante (más información).
(CCC) Criterio del centro escolar (más información).
Nuestro centro aplicará el criterio E: (Ser hijo o hermano de antiguo alumno)
(CNMB) Nota media en solicitudes de Bachillerato (más información).
6.- Prioridades.
Prioridad para la adjudicación de plazas: Se realizará de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de la Resolución (enlace al Anexo II).
Transporte prioritario (exclusivamente para el alumnado de la ESO).
Adscripción entre los centros escolares de Educación Primaria a los IES, IESO o centros concertados de su zona escolar.
Cambio de domicilio por movilidad forzosa, discapacidad sobrevenida o motivado por actos de violencia de género.
7.- Reserva de Plaza.
La reserva de plaza únicamente existe en la fase ordinaria y para 1º de ESO.
Los solicitantes deberán presentar el original del dictamen entregado por los equipos de orientación educativa y psicopedagógica (EOEP).
Las comisiones de escolarización confirmarán o rechazarán la participación del alumnado en la reserva de plaza.