ADEMUM , Asociación de Escuelas Municipales de Música y Danza de la Comunidad de Madrid. Nuestras principales tareas son la potenciación de los objetivos comunes de las Escuelas de Música y Danza, la organización de seminarios, jornadas y/o planes de formación continua para profesores y directivos de nuestras Escuelas, encuentros e intercambios entre los distintos centros y, por supuesto, el desarrollo del resto de objetivos que se especifican en los Estatutos.
La Asociación a su vez pertenece a UEMyD, Unión de Escuelas de Música y Danza del Estado Español, y a EMU, "European Music Union", para que la labor educativa y la función social que desempeñan nuestras Escuelas se proyecte a nivel nacional y europeo.
OBJETO DE LA ASOCIACIÓN DE ESCUELAS MUNICIPALES DE MÚSICA Y DANZA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID
La Asociación tendrá por objeto y finalidad contribuir directamente a la promoción, difusión y creación de Escuelas Municipales de Música y Danza y a su coordinación y asesoramiento tanto pedagógico como organizativos, en su ámbito geográfico de actuación, por considerar este modelo de centro educativo público, una base imprescindible para garantizar la transmisión de la cultura musical, la educación musical y la práctica de la música, a las que debe poder acceder todo persona que lo desee; la adopción de cuantas medidas sean necesarias para coordinar esfuerzos con Organismos, Entidades, Instituciones, Asociaciones y particulares, así como organizar o colaborar en la organización de cuantos actos, demostraciones y actividades se produzcan en relación con dicho objeto.
FINES DE LA ASOCIACIÓN
- Promover la educación musical, la práctica de la Música y la Danza y la difusión de la cultura musical.
- Colaborar, mediante el intercambio de información u otros medios, en todas las cuestiones que afecten a las Escuelas Municipales de Música y Danza.
- Promover el intercambio de comisiones de estudio, encuentros, contactos, seminarios, cursos de profesores, alumnos, orquestas, coros, agrupaciones vocales, instrumentales y de danza.
- Propiciar la formación de Escuelas Municipales de Música y Danza en los términos señalados en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.), en su artículo 39,5; así como en lo dispuesto en la O.M. del Ministerio de Educación y Ciencia de 30 de Julio de 1992 (B.O.E. de 22 de Agosto de 1992), por la que se regulan las condiciones de creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza.
- Interesar a las autoridades competentes y al público en general en las cuestiones relacionadas con la educación musical y de la danza en su globalidad y en la práctica musical y de la danza, bien como aficionados o bien en la orientación hacia estudios profesionales, así como hacer ver los beneficios que la música y la danza aporta.
- Mantener contactos regulares y suscribir convenios de colaboración en materia de educación, difusión, desarrollo y promoción musical con Organismos Oficiales, Instituciones, Asociaciones y otras Entidades públicas o privadas, así como con particulares.
- Mantener contactos regulares, participar e integrarse en Organizaciones, Instituciones o Entidades de carácter público o privado, nacionales e internacionales, así como constituir Federaciones, Confederaciones, Asociaciones y Organizaciones nacionales e internacionales, o asociarse a las ya existentes, como la Unión Europea de Escuelas de Música.
- Velar porque las Escuelas tengan una financiación acorde a sus necesidades.
- Velar por el reconocimiento profesional de los profesores con el objetivo de garantizar la calidad de las enseñanzas.
- En general, cualquier otra actividad lícita que se considere necesaria para el logro de los fines de la Asociación y conveniente para los Asociados, para lo que utilizará los medios que se crean oportunos y sean lícitos.