Los deberes y atribuciones del Secretario General, o quien lo reemplace estatutariamente, son las siguientes:
a). Integrar la Asamblea General, la Junta Directiva y el Directorio participando de manera activa;
b). Iniciar las sesiones de la Asamblea General o Junta Directiva por ausencia del Presidente o Vicepresidente, o impedimento de ambos;
c). Ejercer la Presidencia en caso de renuncia, separación definitiva o muerte del Presidente y Vicepresidente;
d). Acompañar al Presidente a los actos oficiales a que asista en representación de la A.C.E.E.S.;
e). Intervenir en todo asunto encomendado por Presidencia;
f). Formalizar y visar, en conjunto con el Presidente, la correspondencia oficial;
g). Tener bajo su custodia el sello oficial de la A.C.E.E.S.;
h). Coordinar y supervisar las actividades de los Departamentos que integran el Directorio;
i). Refrendar, en conjunto con el Presidente, las resoluciones y actas emanadas de los órganos de gobierno;
j). Cumplir los deberes y atribuciones que le sean encomendadas por Presidencia, Junta Directiva y Asamblea General.