Los deberes y atribuciones del Director de Educación Continua, o quien lo reemplace, son las siguientes:
a). Establecer instancias permanentes de comunicación/vinculación entre la ACEES con instituciones u organismos -públicos o privados- a nivel local, provincial, nacional e internacional para el fortalecimiento del trabajo participativo en materia de educación continua (formación, actualización y capacitación profesional) y de difusión de nuevos conocimientos.
b). Establecer políticas, normas, lineamientos, procedimientos y estrategias institucionales para el diseño, estructuración, aplicación, seguimiento y evaluación de las actividades académicas de educación continua y a distancia.
c). Promover y gestionar la incorporación de recursos y medios informáticos y de comunicación que permitan el aprovechamiento y fortalecimiento de los potenciales tecnológicos, académicos -de formación, capacitación y actualización- en las modalidades a distancia, presencial y mixta.
d). Supervisar la gestión de los recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros para el desarrollo de los objetivos del Departamento.
e). Recepcionar, evaluar y emitir dictamen de las propuestas de educación continua (cursos, talleres, seminarios, etc.) y solicitar, a la Junta Directiva, su aprobación.
f). Realizar las acciones necesarias para la tramitación ante instituciones u organismos -públicos o privados- a nivel local, provincial, nacional e internacional para la obtención de avales, auspicios u otros de las actividades académicas.
g). Concentrar información y datos estadísticos concernientes a la educación continua y a distancia, para el análisis, toma de decisión y rendición de cuentas.
h). Proponer, anualmente, al Directorio de Gestión una planificación de actividades académicas.
i). Supervisar el cumplimiento de las actividades académicas aprobadas por la Junta Directiva, elevar los informes correspondientes de ejecución y evaluación a Presidencia.
j). Planificar y llevar a cabo un programa para la selección, incorporación, perfeccionamiento y reposición del personal, de acuerdo a necesidades en el área.
k). Cualquier otra función que le sea asignada por Secretaría General, Presidencia, Junta Directiva o Asamblea General.