El Real Decreto 1215/1997, conocido comúnmente como RD 1215 1997, establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Aprobado por el Gobierno de España en el marco de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, este reglamento sigue siendo uno de los más consultados y aplicados en el entorno industrial y empresarial.
El RD 1215/1997 es una normativa española que establece las condiciones que deben cumplir los equipos de trabajo para garantizar la seguridad de los empleados. Fue publicado en el BOE el 23 de julio de 1997, en cumplimiento de la Directiva 89/655/CEE de la Unión Europea.
Su objetivo es claro: reducir los riesgos derivados del uso de máquinas, herramientas y otros equipos en el lugar de trabajo. Afecta tanto a empresas del sector industrial como del sector servicios, logística, construcción o agricultura.
El cumplimiento de esta normativa es obligatorio para cualquier empresa que proporcione equipos de trabajo a sus empleados. Esto incluye desde maquinaria pesada hasta escaleras, herramientas eléctricas o carretillas.
Los motivos son contundentes:
Evitar accidentes laborales graves o mortales
Cumplir con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Evitar sanciones económicas por parte de la Inspección de Trabajo
Garantizar entornos laborales seguros y eficientes
El RD 1215/1997 se aplica a todos los equipos de trabajo, definidos como cualquier máquina, aparato, herramienta o instalación utilizada en el desarrollo de una actividad laboral. Esto incluye:
Máquinas con y sin marcado CE
Equipos portátiles eléctricos o neumáticos
Equipos de elevación
Cintas transportadoras
Carretillas elevadoras
Equipos de presión y corte
Escaleras, plataformas móviles y fijas
Equipos informáticos con componentes móviles o mecánicos
El reglamento también obliga a adecuar las máquinas adquiridas antes del marcado CE (antes de 1995), de modo que cumplan con los requisitos mínimos de seguridad.
El empresario tiene la obligación de:
Garantizar que los equipos sean seguros tanto en su instalación como durante su uso.
Evaluar los riesgos derivados del uso de los equipos.
Realizar revisiones y mantenimientos periódicos.
Formar e informar a los trabajadores en el uso adecuado de cada equipo.
Implementar medidas correctivas cuando se detecten deficiencias o peligros.
No cumplir con estas obligaciones puede dar lugar a sanciones tipificadas como graves o muy graves según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS).
Las consecuencias legales y operativas de no cumplir con el RD 1215 1997 pueden ser muy severas:
Sanciones económicas desde 2.000 € hasta 819.780 €
Inhabilitación temporal de actividades
Responsabilidad penal si se demuestra negligencia en accidentes graves o mortales
Pérdida de contratos con terceros por incumplimiento normativo
Pérdida de confianza en auditorías o certificaciones ISO
Según el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), en el año 2023 se registraron más de 6.500 accidentes laborales con equipos de trabajo. De ellos, más del 60% podrían haberse evitado aplicando correctamente las medidas del RD 1215/1997.
Este dato evidencia la necesidad de tomar acción inmediata para adecuar y controlar los equipos utilizados en cualquier empresa.
Adecuar una máquina, especialmente aquellas fabricadas antes de 1995, significa adaptarla a los requisitos de seguridad actuales exigidos por el RD 1215 1997. Algunas de las acciones más comunes incluyen:
Instalar resguardos físicos
Incorporar botones de parada de emergencia
Mejorar el sistema de control eléctrico
Señalizar adecuadamente las zonas de riesgo
Eliminar puntos de atrapamiento
Estas acciones deben ser evaluadas por ingenieros especializados, ya que una mala adecuación también puede ser motivo de sanción.
Contar con un Organismo de Control Autorizado (OCA) o una empresa experta en prevención como SIMECAL es clave. Con más de 20 años de experiencia en seguridad industrial, SIMECAL ofrece:
Inspecciones técnicas reglamentarias
Diagnóstico de equipos y maquinaria
Planes de adecuación técnica
Formación a trabajadores en uso seguro
Asistencia técnica en auditorías e inspecciones
1. ¿Qué diferencia hay entre el RD 1215/1997 y el marcado CE?
El marcado CE garantiza la conformidad de una máquina según la directiva europea al momento de su fabricación. El RD 1215/1997 aplica al uso posterior dentro de la empresa y exige condiciones mínimas de seguridad en todo momento.
2. ¿Las máquinas viejas también deben cumplir este decreto?
Sí. Especialmente aquellas sin marcado CE. Deben ser revisadas y adecuadas para cumplir con los requisitos mínimos.
3. ¿Qué documentación debo tener para demostrar el cumplimiento?
Evaluaciones de riesgo, registros de mantenimiento, certificados de adecuación, informes técnicos y actas de formación a trabajadores.
4. ¿Quién realiza las revisiones técnicas?
Pueden ser realizadas por servicios de prevención propios o ajenos, o por empresas acreditadas como SIMECAL que certifican el cumplimiento.
5. ¿Cuándo se considera que un equipo es seguro?
Cuando cumple con los requisitos del RD 1215/1997, ha sido evaluado y se utiliza con formación adecuada, mantenimiento y controles periódicos.
El RD 1215 1997 es una normativa esencial para asegurar condiciones seguras de trabajo. Aplicarlo correctamente protege vidas, evita sanciones y mejora el desempeño de cualquier empresa.
No se trata solo de cumplir con la ley. Se trata de construir una cultura de seguridad sostenible, proteger a los trabajadores y fortalecer la reputación de la organización.
El mejor momento para aplicar esta normativa es hoy. Si aún no has adecuado tus equipos, contacta con un especialista, evalúa tus riesgos y comienza a proteger a tu equipo humano.