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REQUISITOS A TENER EN CUENTA PARA EL CÁLCULO DE LA BECA
Académicos:
Haber obtenido al menos 5 puntos de nota media en 4º de ESO.
Quedar matriculado de curso completo o al menos de la mitad de asignaturas del curso
No repetir en el curso actual
Económicos : ( ver el umbral de la renta familiar) https://www.becaseducacion.gob.es/becas-y-ayudas/fp-bachillerato-otros/que-necesitas.html#requisitos-economicos
Umbral 1 o por debajo
En función de la renta:1.700 €
Si necesitas cambiar de residencia durante el curso : 2.500 €
Si has obtenido notas excelentes
(un 8 o más) 50-125 €
Más la cuantía variable
Como mínimo, recibirás 1.700 €
Más la cantidad que te corresponda por cuantía variable
Umbral 2
Beca básica: 300 €
Si necesitas cambiar de residencia durante el curso 2.500 €
Si has obtenido notas excelentes
(un 8 o más) 50-125 €
Más la cuantía variable
Como mínimo, recibirás 300 €
Más la cantidad que te corresponda por cuantía variable
Umbral 3
Beca básica: 300 €
Si has obtenido notas excelentes
(un 8 o más) 50-125 €
Más la cuantía variable
Como mínimo, recibirás 300 €
Más la cantidad que te corresponda por cuantía variable
Nota media del estudiante
Entre 8,00 y 8,49 puntos 50 euros
Entre 8,50 y 8,99 puntos 75 euros
Entre 9,00 y 9,49 puntos 100 euros
9,50 puntos o más 125 euros
Cálculo de la cuantía variable:
Ir al Simulador becas MEC en el siguiente enlace:
https://www.educacion.gob.es/simuladorbecas/formularioSimulacionVariable?idCurso=2019&secuenc=2
GUÍA BECAS MEC– REQUISITOS ECONÓMICOS
Para la convocatoria 2024/2025 el cálculo es similar a otros años. Hay que calcular las rentas de cada uno de los miembros de la unidad familiar y al final sumarlas, siguiendo las siguientes reglas y siempre sobre las rentas del ejercicio anterior, para este curso las rentas del año 2023.
La unidad familiar la forman los padres, el solicitante y sus hermanos menores de 25 años (o mayores cuando tengan alguna discapacidad), así como los abuelos que justifiquen su residencia en el mismo domicilio.
En caso de separación legal o divorcio de los padres se computará a aquel de ellos que conviva con el solicitante. También lo hará el nuevo cónyuge o nueva pareja del padre o madre, si existe.
Cuando el régimen de custodia de los hijos sea el de custodia compartida, se considerarán miembros computables el padre y la madre del solicitante de la beca, sus hijos comunes y los ascendientes del padre y de la madre que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.
Suma de todas las declaraciones presentadas:
El sustentador principal (100%) + los no sustentadores principales (50%)
Cálculo del sustentador principal
Se suma la base imponible general (casilla 435 de la declaración de la Renta) con la base imponible del ahorro (casilla 460 de la declaración de la Renta) y se resta la cuota resultante de la declaración (casilla 595 de la declaración de la Renta).
Fórmula para el cálculo de la renta en la beca:
Casilla 435 + casilla 460 – casilla 595
Deducciones en la renta:
Familia numerosa: 525 € por cada hermano que sea miembro computable en la beca, incluido el solicitante, que conviva en el domicilio familiar, cuando se trate de familias numerosas de general.
Discapacidad: 1.811 € por cada hermano o hijo del solicitante o el propio solicitante que esté afectado de discapacidad, legalmente calificada, de grado igual o superior al 33 %. 2.881,00 euros cuando la discapacidad sea de grado igual o superior al 65%.
Hermanos realizando estudios universitarios fuera de la residencia familiar: 1.176 € por cada hermano del solicitante menor de 25 años.
Familia monoparental: 500 €