chas y Horarios de las disciplinas:
- Ajedrez: jueves de semana 9, de 11 am a 3:30 pm único día en Área de Tatamis.
- Fútbol Campo: semana 10, sin fecha estimada.
- Fútbol sala: lunes, martes y miércoles de semana 9 de 10:00 am a las 3:30 pm.
- Basquetbol:
- Rugby: jueves y viernes de semana 9, 1:00 pm.
- Voleibol: martes, miércoles y jueves de semana 9 y 10.
- Tenis de Mesa: lunes y miércoles de semana 10.
- Kickingball: viernes de semana 9 y 10.
- Atletismo: último día, viernes de semana 10.
ARTÍCULO 1
Los Juegos Deportivos Intercarreras Especiales tienen como objetivo fomentar el desarrollo deportivo en la Comunidad Universitaria de la Universidad Simón Bolívar para contribuir con la función educativa de esta Institución. Además de ser una buena cantera de talentos para reforzar las Selecciones Deportivas.
ARTÍCULO 2
De los Juegos Deportivos Intercarreras Especiales serán Patronos: Los Centros Estudiantiles de las diversas carreras y la Dirección de Deportes.
ARTÍCULO 3
Los Juegos Deportivos Intercarreras Especiales se organizarán con el apoyo de la Dirección de Deportes de la Universidad Simón Bolívar.
ARTÍCULO 4
Los Juegos Deportivos Intercarreras Especiales se regirán por este reglamento y por las indiciones Específicas de cada disciplina.
ARTÍCULO 5
Para participar en los Juegos Deportivos Intercarreras los atletas estudiantes deberán estar inscritos en la Universidad Simón Bolívar y presentar constancia de inscripción o carnet y de la carrera a través de la ficha electiva firmada y sellada por la coordinación correspondiente
ARTÍCULO 6
Los estudiantes inscritos simultáneamente en dos (2) carreras sólo podrán representar a una de ellas de acuerdo con su libre escogencia.
ARTÍCULO 7
Los profesores, obreros, empleados y egresados podrán intervenir en los Juegos Deportivos Intercarreras Especiales en representación de sus respectivas organizaciones gremiales.
NOTA: Otros empleados que laboren en Instituciones tales como;
Caja de Ahorros, FUNINDES y otros vinculados con la Universidad Simón Bolívar que no estén afiliados a ninguna de las organizaciones gremiales y carreras, podrán participar con
el gremio de su preferencia con el convenimiento de la Junta Directiva del gremio en cuestión. Deberán presentar constancia de trabajo actualizada y carta de aceptación del gremio que van a integrar firmada y sellada por el Presidente y/o Secretario de Deportes de la Junta Directiva del Gremio.
ARTÍCULO 8
No podrán participar en los presentes Juegos los deportistas que se encuentren cumpliendo cualquier sanción o castigo impuesto por la Dirección de Deportes o por algún organismo deportivo reconocido por ésta.
ARTÍCULO 9
Cada disciplina deberá de establecer una o más modalidades para su desarrollo. Dichas dalidades corresponden a:
● Femenino: únicamente contará con participantes del sexo femenino.
● Masculino: únicamente contará con participantes del sexo masculino.
● Mixto: contará con participantes de sexo femenino y masculino.
ARTÍCULO 10
Para aquellas disciplinas de modalidad mixta, deben de jugar activamente
participantes de ambos sexos. No será posible que en este tipo de disciplinas
con la asistencia de todos sus jugadores solo jueguen participantes de un
solo sexo en las Intercarreras.
ARTÍCULO 9
Las disciplinas a llevar a cabo en estos Juegos Deportivos Intercarreras
Especiales son:
DEPORTES COLECTIVOS DEPORTES INDIVIDUALES
Baloncesto (Masc. y Fem). Tenis de Mesa (Mixto)
Fútbol Campo (Masc.).
Fútbol Sala (Masc.).
Kickingball (Fem.)
Rugby 5 Touch (Mixto).
Voleibol (Masc. y Fem).
Ajedrez (Mixto)
ARTÍCULO 10
Cada Carrera o Gremio participante en estos Juegos estará representada
ante la Dirección de Deportes por un Delegado Principal y/o un Suplente,
proveniente del seno de su comisión de deporte.
ARTÍCULO 11
Cada uno de los Equipos representativos de cualquier Carrera o Gremio, estará representado ante el Comité Organizador (para los efectos del Congresillo Técnico y fijación de Calendarios) por un Delegado Principal y/o Suplente.
DE LAS INSCRIPCIONES
ARTÍCULO 12
La fecha de inscripción para participar en los Juegos será improrrogable de las publicadas y la Carrera o gremio que no cumpla este requisito en el lapso acordado, no tendrá derecho a participar en el o los deporte (s) que no inscribió.
ARTÍCULO 13
Para tener derecho a participar en los Juegos Deportivos Intercarreras, cada
uno de los equipos representativos de cada Carrera o Gremio deben
formalizar su inscripción ante el Comité Organizador de Centros de
Estudiantes o a quien designe esta dependencia para tal función. La
formalización de las inscripciones deberá canalizarse a través del Delegado
de la Comisión de Deporte de la Carrera o Gremio.
ARTÍCULO 14
El lapso de inscripción para cada uno de los equipos representativos de cada
Carrera o Gremio en los Juegos Deportivos Intercarreras será designado por
el Comité Organizador de Centros de Estudiantes con suficiente antelación a
la Inauguración de los referidos Juegos.
ARTÍCULO 15
El Delegado de la Comisión de Deportes de la Carrera o Gremio deberá presentar ante el Comité Organizador de Centros de Estudiantes o a quien ésta designe para tal función, la inscripción general por equipo con los datos exigidos.
ARTÍCULO 16
La Dirección de Deportes suministrará las planillas de
inscripción para los equipos participantes.
ARTÍCULO 17
Las planillas de registro del Atleta deberán venir acompañadas de los siguientes recaudos:
a) Estudiantes: Nómina general de participantes y
fotocopia del Carnet.
b) Profesores: Nómina general de participantes
y fotocopia del Carnet.
c) Empleados: Nómina general de participantes
y fotocopia del Carnet.
d) Obreros: Nómina general de participantes
y fotocopia del Carnet.
e) Egresados: Nómina general de participantes
y fotocopia del Título.
ARTÍCULO 18
Cada Carrera o Gremio podrá inscribir un equipo como máximo en los deportes de conjunto, por cada uno de los renglones, mixto, masculino y femenino.
UNICO: Para que se pueda realizar el Campeonato en cada una de las disciplinas deberán estar inscritos mínimo cuatro
(4) equipos.
ARTÍCULO 19
La Carrera o Gremio que viole los Artículos 7 queda de hecho excluido de los Juegos Deportivos Intercarreras en el deporte donde cometió la falta. Esta decisión se hará del conocimiento del organismo correspondiente en un lapso no mayor de cuarenta y ocho (48) horas después de impuesta la sanción.
ARTÍCULO 20
El Jurado de Honor estará integrada por:
- El Director de Deportes
- El Coordinador de Apoyo Académico
- Delegados designados del Comité Organizador de Centros
Estudiantiles
ARTÍCULO 21
El Jurado de Honor se reunirá extraordinariamente cuantas veces lo estime
necesario.
ARTÍCULO 22
El Jurado de Honor tendrá entre otras cosas las siguientes atribuciones:
a) Advertir
b) Amonestar
c) Sancionar
d) Suspender
e) Expulsar a todas aquellas personas que intervienen en esta competencia y violen el presente Reglamento.
ÚNICO: Las decisiones del Jurado de Honor serán definitivas e inapelables y ntrarán en vigencia a partir del momento que lo determine ese organismo.
ARTÍCULO 23
Las decisiones del Jurado de Honor serán tomadas por mayoría absoluta de sus miembros y en caso de empate entre los Delegados designados de los Centros de Estudiantes podrán hacer uso del voto calificado.
ARTÍCULO 24
Todo reclamo o protesta deberá hacerla el Delegado por escrito al Jurado de Honor, en un tiempo no mayor de veinticuatro (24) horas laborables después de concluida la competencia, y entregarla al personal designado en la
Coordinación de Deportes.
ARTÍCULO 25
Todas las faltas cometidas por los deportistas o directivos de los equipos, así como quienes desempeñen funciones de carácter técnico en cada uno de los deportes de los Juegos Deportivos Intercarreras Especiales, serán sancionados de acuerdo a lo establecido en la Ley de Deporte y el Código de Ética de la Federación Venezolana de Educación Superior (FEVDEU).
ARTÍCULO 26
Los uniformes de los diferentes equipos deberán cumplir con las indicaciones específicas de cada disciplina y concordar con los colores establecidos a continuación. Fijar colores definitivos para cada carrera y estandarte.
1. Asociación de Profesores (A.P.U.S.B.) “Amarillo (vivo) y Negro”.
2. Asociación de Empleados (ATAUSIBO) “Blanco, Azul y Rojo”.
3. Arquitectura – Urbanismo “Vino Tinto”.
4. Lic. Biología “Verde Claro”.
5. Ciclo Básico “Gris”.
6. Ing. Computación “Negro”.
7. Asociación de Egresados “Verde Aceituna”.
8. Ing. Electrónica “Rojo”.
9. Ing. Eléctrica “Amarillo”.
10. Ing. Geofísica “Marrón”.
11. Tecn. Industrial “Azul Oscuro y Amarillo (vivo)”
12. Lic. Matemáticas, “Anaranjado”.
13. Ing. Materiales “Verde Oscuro”.
14. Ing. Mecánica “Azul Oscuro y Blanco”.
15. Ing. Producción “Blanco”.
16. Lic. Química “Blanco y Azul Aguamarina”.
17. Ing. Química “Blanco con Anaranjado”.
18. Lic. Física “Morado”.
19. Técn. Servicios “Azul Rey y Blanco”.
20. Sindicato (SUTES) “Azul Claro y Blanco”.
ARTÍCULO 27
En las competencias individuales se premiará con medallas los tres (3) primeros lugares (Oro, Plata y Bronce).
ARTÍCULO 28
Las tres (3) primeras delegaciones se premiará con trofeos (1ero, 2do. Y 3er. Lugar)
ARTÍCULO 29
Los deportistas más destacados recibirán reconocimientos especiales.
ARTÍCULO 30
La clasificación general de los Juegos Deportivos Intercarreras se determinará de la siguiente manera:
PUNTUACIÓN POR LUGAR OCUPADO EN CADA DEPORTE FEMENINO,
MASCULINO Y MIXTO PARA LA CLASIFICACIÓN GENERAL POR CARRERA
EVENTOS POR EQUIPOS EVENTOS INDIVIDUALES
Primer Lugar 20 puntos Primer Lugar 10 puntos
Segundo Lugar 12 puntos Segundo Lugar 7 puntos
Tercer Lugar 8 puntos Tercer Lugar 5 puntos
Cuarto Lugar 4 puntos Cuarto Lugar 3 puntos
Quinto Lugar 3 puntos Quinto Lugar 2 puntos
Sexto Lugar 1 punto Sexto Lugar 1 punto
NOTA: Las Carreras o Gremios, serán sancionadas con descuento de
puntos de su total acumulado para la clasificación general. Por FORFEIT se
bajarán 5 puntos con un máximo de dos FORFEIT por disciplina.
ARTICULO 31
En el caso de los deportes con más de una modalidad, los puntos correspondientes a cada lugar expuesto en la tabla anterior se dividirán en el número de modalidades convenidas. Esto quiere decir que en una disciplina con dos modalidades los puntos que se le otorgan a cada lugar de cada uno serían la mitad (½) de los puntos asignados anteriormente y la suma de los puntos por puesto en todas las modalidades corresponde a la cantidad expuesta en la tabla.
ARTÍCULO 32
Los puntos que ganen los equipos conformados por más de una carrera deben de corresponder a un promedio ponderado para la reparto de puntos dependiendo del número de integrantes de cada carrera que constituya ese equipo.
ARTÍCULO 33
El Comité Organizador de Centros de Estudiantes junto a la Dirección de Deportes designará el personal técnico responsable de la competencia.
ARTÍCULO 34
Todas las personas que intervengan en los Juegos Deportivos Intercarreras
están subordinadas a la estricta observación de los aspectos legales vigentes
y gozarán de los mismos derechos contemplados en este reglamento y condiciones generales.
serían la mitad (½) de los puntos asignados anteriormente y la suma de los puntos por puesto en todas las modalidades corresponde a la cantidad expuesta en la tabla.
ARTÍCULO 32
Los puntos que ganen los equipos conformados por más de una carrera deben de corresponder a un promedio ponderado para la repartición de puntos dependiendo del número de integrantes de cada carrera que constituya ese equipo.
ARTÍCULO 33
El Comité Organizador de Centros de Estudiantes junto a la Dirección de Deportes designará el personal técnico responsable de la competencia.
ARTÍCULO 34
Todas las personas que intervengan en los Juegos Deportivos Intercarreras
están subordinadas a la estricta observación de los aspectos legales vigentes
y gozarán de los mismos derechos contemplados en este reglamento y condiciones generales.
ARTÍCULO 35
Todo lo no previsto en el presente reglamento general, serán resuelto dentro
del más alto espíritu de justicia y equidad por el Comité Organizador de Centros de Estudiantes.
ARTÍCULO 36
Este reglamento entra en vigencia a partir del mes de febrero del año dos mil veintitrés