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Colaboraciones en la formación permanente y continua con la Universidad de Zaragoza
"El Tribunal de Cuentas es un órgano de control externo reconocido en la Constitución Española que se configura como el supremo órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del sector público, sin perjuicio de su función jurisdiccional encaminada al enjuiciamiento de la responsabilidad contable en que incurran quienes tengan a su cargo el manejo de fondos públicos. También se le atribuye el control de la contabilidad y de la actividad económico-financiera de los partidos políticos, así como el de las aportaciones que reciban las fundaciones y asociaciones vinculadas a las formaciones políticas con representación parlamentaria.
Depende directamente de las Cortes Generales, ejerciendo sus funciones por delegación de ellas en el examen y comprobación de la Cuenta General del Estado. No obstante, el Tribunal de Cuentas disfruta de plena independencia para el ejercicio de sus funciones, reconociéndose constitucionalmente que los miembros del Tribunal gozarán de la misma independencia e inamovilidad y estarán sometidos a las mismas incompatibilidades que los Jueces.
La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas se refiere al sometimiento de la actividad económico-financiera del sector público a los principios de legalidad y de buena gestión financiera (economía, eficacia y eficiencia). Los resultados de la fiscalización se exponen mediante informes, memorias, mociones y notas, que se aprueban por el Pleno del Tribunal y se elevan a las Cortes Generales y, en lo que les afecte, a las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas y a los Plenos de las Corporaciones locales."
Diploma de Especialización en Contabilidad y Auditoría de las Administraciones Públicas Territoriales