Comité Académico
Artículo 6.- Atribuciones y responsabilidades del Director de Posgrado
Serán las atribuciones y responsabilidades, las siguientes:
1. Cumplir y hacer cumplir, las leyes, políticas, reglamentos, procesos, procedimientos, y demás normativa relacionada con los programas de posgrado;
2. Dirigir las actividades académicas, administrativas y financieras, de la Dirección de Posgrado;
3. Coordinar con la Dirección de Aseguramiento de Calidad, los procesos pertinentes de acreditación nacional e internacional;
4. Coordinar la realización de convenios con otras instituciones nacionales o extranjeras, el desarrollo conjunto de programas de cuarto nivel;
5. Atender los requerimientos generados por los diferentes unidades internas u organismos externos, de acuerdo a sus competencias;
6. Promover acciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos institucionales, relacionados con los programas de cuarto nivel;
7. Establecer los perfiles de los cargos contemplados en su unidad organizacional, para definición y asignación de las responsabilidades del talento humano;
8. Elaborar al inicio de cada año, los formularios de asignación de responsabilidades, para la respectiva evaluación de talento humano;
9. Realizar anualmente la evaluación de desempeño del talento humano a su cargo;
10. Definir y proponer nuevos procedimientos, protocolos, guías metodológicas, instrucciones de trabajo y formatos predeterminados, o mejoras a los ya existentes;
11. Coordinar la definición de las especificaciones funcionales, para considerarlas en el diseño o rediseño de aplicaciones tecnológicas, así como para la estructura y actualización del sitio web, relacionadas con los programas de posgrado;
12. Participar en la Comisión de Gestión Académica, en ausencia del Vicerrector de Investigación y Posgrado, como su delegado;
13. Definir y supervisar las actividades de control y evaluación que registran y miden los resultados de los programas de cuarto nivel;
14. Promover la mejora académica en los programas de cuarto nivel, sobre la base del análisis y diagnóstico obtenido, con la participación del personal académico, estudiantes y la colectividad;
15. Coordinar con el Vicerrector de Investigación y Posgrado, la gestión de aprobación ante la Comisión de Gestión Académica, de los programas de posgrado presentados por las Escuelas de Posgrado;
16. Integrar las Comisiones o Comités, que le asignen las Autoridades o mediante normativa específica;
17. Evaluar las gestiones realizadas por los Directores de las Escuelas de Posgrado; y,
18. Otras que le fueren asignadas en las normativas externas e internas o por las autoridades pertinentes.
Atribuciones y responsabilidades de los Directores de Escuela de Posgrado
Artículo 7.- Atribuciones y responsabilidades de los Directores de Escuela de Posgrado
1. Cumplir y hacer cumplir, las leyes, políticas, reglamentos, procesos, procedimientos, y demás normativa relacionada con los programas de posgrado;
2. Dirigir las actividades académicas y administrativas, de la respectiva Escuela de Posgrado;
3. Promover la creación, implementación, desarrollo y ejecución de programas de cuarto nivel, de calidad mundial con sede en Ecuador, orientados al mejoramiento de la sociedad y al crecimiento de los negocios;
4. Asesorar y capacitar a los coordinadores de programas de maestría y profesores, en los procesos de creación, implementación, desarrollo y ejecución de programas de cuarto nivel;
5. Atender los requerimientos generados por los diferentes unidades internas u organismos externos, de acuerdo a sus competencias;
6. Promover acciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos institucionales, relacionados con los programas de cuarto nivel;
7. Establecer los perfiles de los cargos contemplados en su unidad organizacional, para definición y asignación de las responsabilidades del talento humano;
8. Elaborar al inicio de cada año, los formularios de asignación de responsabilidades, para la respectiva evaluación de talento humano;
9. Realizar anualmente la evaluación de desempeño del talento humano a su cargo;
10. Definir y proponer nuevos procedimientos, protocolos, guías metodológicas, instrucciones de trabajo y formatos predeterminados, o mejoras a los ya existentes;
11. Coordinar la definición de las especificaciones funcionales, para considerarlas en el diseño o rediseño de aplicaciones tecnológicas, así como para la estructura y actualización del sitio web, relacionadas con los programas de posgrado;
12. Elaborar y enviar mensualmente, o cuando la situación lo amerite, al Director de Posgrado, informe técnico con los resultados del desarrollo de los programas de posgrado a su cargo; requerimientos académicos, administrativos y financieros; novedades sobre el desempeño de: profesores, coordinadores de programa de maestría, personal administrativo, de apoyo, y estudiantes;
13. Realizar el seguimiento del trámite de los proyectos de posgrado presentados ante el CES, hasta su aprobación definitiva;
14. Coordinar con la Dirección de Aseguramiento de Calidad, los procesos pertinentes de acreditación nacional e internacional.
15. Participar, con voz y voto en los comités académicos de las escuelas de posgrado correspondientes;
16. Elaborar el informe de homologación sobre la revisión y validación de la documentación presentados por los solicitantes;
17. Coordinar con los Decanos de la Facultad afine de la UNEMI, de manera trimestral, el desarrollo de los programas de posgrado; y,
18. Otras que fueren asignadas en las normativas externas e internas o por las autoridades pertinentes.