Convocatoria de Apoyo a Proyectos de Investigación de los Semilleros de la Facultad de Ingeniería 2022

1 DEPENDENCIA RESPONSABLE

Vicedecanatura de Investigación y Extensión de la Facultad de Ingeniería


2 OBJETIVOS

Promover el fortalecimiento de Semilleros de la Facultad de Ingeniería a través de la cofinanciación de proyectos de investigación realizados por los mismos.


3 DIRIGIDO A

Semilleros de la Facultad de Ingeniería, de acuerdo con lo definido en la Resolución de Rectoría 670 del 22 de octubre de 2020.


4 MODALIDADES

Modalidad Única:

Dirigida al apoyo de proyectos de investigación realizados por los semilleros de la Facultad de Ingeniería bajo la tutoría de un(a) docente de la Facultad.


5 INFORMACIÓN FINANCIERA

A. Recursos disponibles: La Convocatoria de Apoyo a Semilleros de Investigación de la Facultad de Ingeniería 2022 dispone hasta de $105.000.000.

B. Fuente de los recursos: provenientes del Fondo de Investigación –UGI de la Facultad de Ingeniería, vigencia 2022.

C. Destinación máxima por proyecto: $7.000.000.

D. Duración de la ejecución: por un periodo de hasta ocho (8) meses a partir de la fecha de disponibilidad de los recursos en la Unidad de Gestión UGI de la Facultad de Ingeniería.

E. Unidad ejecutora: UGI Facultad de Ingeniería.

F. Rubros Financiables:

Todos aquellos incluidos en el catálogo de clasificación presupuestal 2022, pero sólo se podrán utilizar para el pago de las siguientes actividades:

  • Contratación de personas jurídicas o naturales con el fin de que presten servicios calificados, profesionales, técnicos o servicios técnicos de los laboratorios externos a la Universidad Nacional de Colombia.

  • Servicios técnicos de laboratorios u otros servicios internos de la Universidad Nacional de Colombia.

  • Pagos relacionados con el registro de propiedad intelectual, patentes y derechos de autor.

  • Pago de transportes para recolección de información pertinente al proyecto.

  • Equipos adquiridos para el desarrollo del proyecto. Estos formarán parte del inventario de la Universidad.

  • Bienes de consumo final y que no son objeto de inventario o de devolución final.

  • Financiación de salidas de campo para recolectar información requerida para el desarrollo del proyecto.

  • Desplazamiento para presentar en eventos científicos los resultados obtenidos en el proyecto.

  • Capacitaciones y entrenamientos especializados de los docentes, estudiantes y personal registrado en el equipo de trabajo o para el pago de la inscripción en eventos académicos para la presentación de resultados.

  • Gastos de impresiones parciales, fotocopias, fotografías u otros impresos necesarios en el desarrollo del proyecto.

  • Adquisición de material bibliográfico en sus diversos formatos: libros, revistas, audiovisuales, inscripción a bases de datos y conexión a redes de información especializada, suscripciones a bases de datos documentales referenciales, publicaciones digitales, herramientas de manejo y organización de información bibliográfica y asignación de DOI.

  • Estímulo económico a estudiantes auxiliares de pregrado o posgrado que participen en el desarrollo del proyecto (Para la asignación de este estímulo se debe cumplir con lo estipulado en el Acuerdo 012 de 2004 del CSU y las modificaciones al mismo).

  • Transferencias sin contraprestación a otros proyectos con el fin de reunir esfuerzos para la compra de equipos robustos o contratación de órdenes de compra o suministro de carácter global.


6 LIQUIDACIÓN DE PROYECTOS

Para la liquidación del proyecto en el Sistema Hermes el Investigador Principal deberá diligenciar el informe final del mismo adjuntando los soportes de los productos académicos comprometidos. El informe deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad y posterior a ello se debe generar en el Sistema Hermes la respectiva Acta de Finalización. El plazo para la entrega del informe será la fecha de finalización del proyecto de investigación, actualizada en el sistema Hermes.

Los recursos no ejecutados retornarán al Fondo de Investigación UGI de la Facultad de Ingeniería y podrán ser reasignados por el Consejo de Facultad a otras iniciativas.


7 REQUISITOS MÍNIMOS

  1. El(la) docente líder de la propuesta debe registrarla y postularla a la convocatoria a través del Sistema Hermes. Cada docente podrá postular máximo una propuesta a la presenta convocatoria.

  2. La propuesta se debe postular por parte de un(a) profesor(a) de planta adscrito(a) a la Facultad de Ingeniería.

  3. El (la) docente que postula la propuesta deberá estar al día en todas las actividades financiadas o cofinanciadas por el Sistema de Investigación de la Universidad Nacional de Colombia SIUN.

  4. Al postular la propuesta el(la) docente líder deberá adjuntar el Aval de la Unidad Académica Básica a la que pertenece en el cual se autorice la dedicación de tiempo al desarrollo del proyecto en caso de resultar ganador.

  5. El semillero que desarrolla la propuesta deberá estar registrado y activo en el módulo de semilleros del Sistema Hermes. (ver instructivo)

  6. Durante todo su desarrollo el proyecto debe tener dentro de sus integrantes al menos tres estudiantes que ostenten la calidad de estudiante activo/a de la Facultad de Ingeniería. Por lo menos dos de ellos de pregrado.

  7. El(la) docente líder de la propuesta, al momento de presentarse a esta convocatoria, no debe ser docente líder de proyectos activos ni suspendidos de las convocatorias de apoyo a semilleros de años anteriores.


8 PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN Y LA SELECCIÓN DE PROPUESTAS A FINANCIAR

Procedimiento para la evaluación de las propuestas

La Vicedecanatura de Investigación y Extensión de la Facultad de Ingeniería, será la dependencia responsable de la verificación del cumplimiento de los requisitos y la documentación exigida en los términos de referencia de la convocatoria. Este procedimiento se realizará a través del Sistema de Información Hermes y podrá ser consultado por los participantes.

Aquellas propuestas que cumplieron requisitos mínimos se someterán a proceso de evaluación por parte de una mesa de evaluación, conformada por Docentes designados por el Consejo de Facultad, cumpliendo con el régimen de incompatibilidades de la convocatoria.

Las calificaciones obtenidas y apreciaciones de los evaluadores serán registradas en el Sistema Hermes siguiendo el instructivo establecido en el mismo.

Criterios de evaluación

  • PROBLEMA (¿Plantea claramente el problema y el propósito de la investigación? ¿La hipótesis es coherente con el problema?) Hasta 20

  • JUSTIFICACIÓN (¿Presenta de manera argumentativa las razones por las cuales es necesario desarrollar la investigación?) Hasta 20

  • OBJETIVOS (¿Presenta objetivo general y específicos de manera clara?) Hasta 20

  • METODOLOGÍA (Grado de concordancia de la metodología propuesta en relación con los objetivos planteados) Hasta 20

  • COHERENCIA (Articulación entre objetivos, metodología, presupuesto solicitado, cronograma planteado, productos y resultados esperados) Hasta 20


Máximo 100


Proceso de Selección:

El Consejo de Facultad designará un comité de selección de las propuestas a financiar, la cual tendrá en cuenta las notas de evaluación y el presupuesto asignado a la convocatoria. El comité de selección podrá proponer al Consejo de Facultad un banco de propuestas financiables en caso de que ingresen recursos adicionales a la convocatoria.


Criterios de desempate:

En caso de empate, se deberá dar prioridad al proyecto con la mayor cantidad de estudiantes de pregrado registrados en el equipo de trabajo.


Como segundo criterio de desempate de dará prioridad al semillero con mayor número de programas curriculares.


Se realizará la publicación de ganadores mediante resolución de Decanatura que se publicará en la página web de la Vicedecanatura de Investigación y Extensión y el sistema Hermes.


9 PROCEDIMIENTOS DE ACLARACIÓN O RECLAMACIÓN

Realizada la publicación inicial de propuestas que cumplen con los requisitos, los participantes podrán presentar solicitud de aclaraciones o realizar ajustes a los requisitos o a la documentación requerida, únicamente a través del sistema de información HERMES de acuerdo a lo establecido en el cronograma de esta convocatoria. Por fuera de estos plazos, se considera que las solicitudes son extemporáneas y serán rechazadas. La Vicedecanatura de Investigación y Extensión deberá responder las solicitudes en el plazo máximo establecido en el calendario de esta convocatoria.


10 COMPROMISOS Y PRODUCTOS ESPERADOS

Como requisito para la generación del acta de inicio el(la) docente líder deberá proporcionar el aval del proyecto por parte de un comité de ética/bioética, cuando aplique, o en su defecto una comunicación justificando las razones por las cuales el proyecto no requiere dicho aval.

El(la) director(a) del proyecto a financiar deberá aceptar en el Sistema Hermes los términos y condiciones establecidas en el Acta de Inicio generada para el respectivo proyecto a través de dicho Sistema, lo cual habilitará el proyecto para iniciar su ejecución presupuestal. Para ello tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles después de generada el Acta.

El(la) docente líder del proyecto deberá registrar en el sistema de Información HERMES un informe de avance a la mitad del tiempo formulado en la propuesta inicial.

Al finalizar el proyecto, el(la) director(a) del proyecto debe ingresar al Sistema de información HERMES el Informe Final junto con los soportes de los productos académicos.

Como mínimo cada semillero deberá entregar al menos uno de los siguientes productos:

  • 1 artículo postulado para publicación en revista indexada

  • 1 ponencia sometida a un evento científico o académico

  • 1 póster sometido a un evento científico o académico.


11 RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES

Las personas que participen en esta convocatoria no podrán ser designadas dentro de ella como pares académicos o integrantes de la mesa de evaluación, o como miembros del comité de selección. De igual modo, tampoco podrán tener a su cargo la elección o designación de los pares académicos o de los integrantes de la mesa de evaluadores.

Asimismo, no podrán presentar propuestas a esta convocatoria los integrantes de las dependencias que son responsables del diseño de sus términos de referencia, ni quienes tengan a su cargo la ordenación del gasto de investigación y/o extensión en el nivel Facultad.

Cada semillero podrá postular máximo un proyecto a la presente convocatoria.



12 CRONOGRAMA*

  • Apertura de postulaciones a la convocatoria a través del sistema Hermes: viernes, 2 de septiembre de 2022.

  • Cierre de postulaciones a la Convocatoria: martes, 1 de noviembre de 2022.

  • Publicación inicial de listado de propuestas que cumplen con requisitos mínimos: miércoles, 2 de noviembre de 2022.

  • Inicio de Aclaraciones a lista de requisitos mínimos: jueves, 3 de noviembre de 2022.

  • Fin de Aclaraciones a lista de requisitos mínimos: viernes, 4 de noviembre de 2022.

  • Plazo de respuesta a aclaraciones: martes, 8 de noviembre de 2022.

  • Listado definitivo de propuestas que cumplen con requisitos mínimos: miércoles, 9 de noviembre de 2022.

  • Inicio de Evaluación de las propuestas: jueves, 10 de noviembre de 2022.

  • Fin de Evaluación de las propuestas: viernes, 2 de diciembre de 2022

  • Resultados preliminares: lunes, 5 de diciembre de 2022

  • Inicio de Reclamaciones: martes, 6 de diciembre de 2022

  • Fin de Reclamaciones: miércoles, 7 de diciembre de 2022

  • Plazo de respuesta a reclamaciones: viernes, 9 de diciembre de 2022

  • Publicación de Propuestas seleccionadas para financiación: lunes, 12 de diciembre de 2022

  • Inicio de los ejecución de los proyectos (a discreción del(a) Docente líder): Entre el 13 de diciembre de 2022 y el 24 de febrero de 2023


*Modificado mediante Adenda 1 del 30 de septiembre de 2022 y Adenda 2 del 23 de noviembre de 2022


13 PROCEDIMIENTO PARA MODIFICACIONES Y PRÓRROGAS

Toda solicitud de modificación del proyecto deberá ser registrada a través del Sistema de Información Hermes para ser revisada y evaluada por la Vicedecanatura de Investigación y Extensión.


En caso de requerir prorrogar el proyecto la solicitud deberá hacerse a través del sistema Hermes debidamente justificada. Los proyectos podrán ser prorrogados hasta por la mitad del tiempo inicialmente propuesto, las prórrogas superiores a este periodo deberán contar con el aval de la Vicedecanatura de Investigación y Extensión.


14 CONDICIONES DE EJECUCIÓN

  • En el sistema financiero QUIPU, se creará un código QUIPU para cada proyecto relacionado en la Resolución de Ganadores.

  • Una vez finalizado el proyecto los recursos no ejecutados ingresarán al Fondo de Investigación UGI de la Facultad de Ingeniería.

  • En caso de que no se asignen completamente los recursos económicos para esta convocatoria, el Consejo de Facultad podrá destinarlos a otros ítems financiables con recursos del fondo de investigación.

  • El soporte administrativo para la ejecución financiera de los proyectos se realizará a través de la Vicedecanatura de Investigación y Extensión.

  • El seguimiento académico y financiero será realizado por la Vicedecanatura de Investigación y Extensión a través del Sistema Hermes.


15 CONSIDERACIONES ÉTICAS


En Los casos en los que el proyecto utilizará algún recurso vivo, agentes o muestras biológicas, datos personales, entrevistas o encuestas, o que represente algún riesgo sobre la vida, el ambiente o los derechos humanos es obligatorio presentar un aval de un comité de ética o bioética como requisito para la creación del acta de inicio del proyecto. En los demás casos el director deberá presentar una comunicación indicando justificadamente que el proyecto no requiere de aval de comité de ética o bioética.


16 CONDICIONES DE PROPIEDAD INTELECTUAL

  • Todos los productos finales se rigen en virtud de los Acuerdos del Consejo Académico 035 de 2003 y de CSU 007 de 2008, sobre el reglamento de propiedad intelectual.

  • En caso de que se lleguen a generar derechos de propiedad intelectual sobre los resultados que se obtengan o se pudieran obtener en el marco de la presente convocatoria, la titularidad de los derechos de propiedad intelectual se establecerá de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Propiedad Intelectual de la Universidad Nacional de Colombia según Acuerdo 035 de 2003 del Consejo Académico y sus modificaciones vigentes.

  • Para cualquier resultado de investigación publicado se debe dar reconocimiento a la Universidad Nacional de Colombia haciendo uso de los lineamientos de la Resolución de Rectoría 712 de 2015.


17 CUMPLIMIENTO DE NORMATIVA FRENTE A: LICENCIAS, CONSULTA PREVIA Y CONTRATO DE ACCESO A RECURSOS GENÉTICOS O PRODUCTOS DERIVADOS

  • Es obligatorio tramitar, en caso de que el proyecto a desarrollar lo requiera, los permisos ambientales (recolección de especímenes, consulta previa, acceso a recurso genético y/o productos derivados, e importación/exportación de especímenes).

  • En caso de requerirse certificación de presencia de comunidades étnicas por parte de la Agencia Nacional de Consulta Previa o la realización de la consulta previa, estos deberán tramitarse ante la Vicerrectoría de Investigación con anterioridad al inicio de la ejecución del proyecto.


18 DATOS DE CONTACTO

Vicedecanatura de Investigación y Extensión – Facultad de Ingeniería

Tel: (601)3165000 Ext. 13573

E_mail: vinnyext_fibog@unal.edu.co

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