El registro de asistencia del estudiante aparecerá en la plataforma Moodle como una asignatura. En la misma se registrará de forma diaria las novedades.
Extracto de la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI)
CAPÍTULO VI
DE LA ASISTENCIA DE LOS ESTUDIANTES
Art. 170.- Inasistencia.
La inasistencia de los estudiantes de uno (1) o dos (2) días debe ser notificada inmediatamente a sus representantes legales, quienes deben justificarla, a más tardar, hasta dos (2) días después del retorno del estudiante a clases.
Si la inasistencia excediere dos (2) días continuos, el representante legal del estudiante deberá justificarla, con la documentación respectiva, ante la máxima autoridad o el Inspector general de la institución educativa.
Art. 172.- Reprobación de asignaturas por inasistencias.
Los estudiantes de Básica Superior y Bachillerato, cuyas inasistencias injustificadas excedieren del diez por ciento (10%) del total de horas de clase del año lectivo en una o más asignaturas, reprobarán dichas asignaturas.
La asistencia será registrada por parcial, en ella se indicará los siguientes estados:
Presente
Atraso
Falta Justificada
Falta Injustificada
Las novedades de asistencia deben ser comunicadas directamente a la Autoridad de la Institución por parte del Representante con su documentación respectiva de ser necesario, la información se reflejará en el sistema en un lapso máximo de 24 horas y será visible para todos los Docentes.
Al ingresar a la actividad de asistencia podrá ver el detalle de novedades de su representado por fecha y parcial, al final de la lista se mostrará un reporte con el porcentaje de asistencia obtenido.