Reglamentación General 

1. REGLAMENTACION GENERAL

La normativa que rige la operación del PFAE incluye el Reglamento de la Universidad, el Reglamento Operativo de la Facultad y las directivas complementarias. La información que encuentras aquí explica y resume la normativa vigente, en relación a los procesos académicos de las carreras de posgrado del PFAE. La información de este espacio debe considerarse como complementaria al Reglamento Operativo de la Facultad. En caso de conflicto o inconsistencia entre la normativa vigente y la información contenida en este espacio, prevalecerá lo dispuesto en la documentación normativa vigente.

1.1 Duración, Requisitos y Plazos

Asistencia Obligatoria

Los posgrados se dictan en régimen de asistencia obligatoria. El/la estudiante deberá acreditar la asistencia a un mínimo del 75% de las horas efectivamente dictadas en cada asignatura o unidad curricular. 

Duración

Para la Maestría en Educación:

a) El plazo máximo para cursar las asignaturas es de 24 meses.

b) El plazo final para graduarse en la maestría es de 48 meses.

c) En caso de que un estudiante deba interrumpir sus estudios, deberá solicitar extensión del plazo debidamente justificado.

d) La suspensión de los estudios por un período mayor a un año, sin causa debidamente comunicada y aceptada por las autoridades, dejará al estudiante inhabilitado para proseguir su carrera.

e) En caso de retomar estudios, el estudiante deberá solicitar por escrito fundamentado su reincorporación y deberá cumplir con los requerimientos que la Coordinación del programa establezca dependiendo del tiempo pasado. Este se deberá incorporar al plan de estudios vigente a ese momento.

f) Los plazos se cuentan a partir del inicio del curso (descontándose los períodos de inactividad académica por enfermedad u otro motivo debidamente comprobado) hasta la aprobación de la última asignatura o módulo. 


Inasistencias

a) Justificación de inasistencias. El estudiante podrá justificar la inasistencia hasta un 50% del curso, cuando sea por motivos de salud deberá hacerlo mediante certificado médico, presentado no posterior a los 10 días de la inasistencia.

b) Certificación. Dicho certificado deberá detallar: fecha, nombre y documento de identidad del / la estudiante, plazo de certificación, firma y sello del personal médico. El estudiantado deberá enviar el certificado médico escaneado por correo electrónico a la coordinación y detallar nombre completo, grupo al que pertenece y asignaturas que cursa al momento de presentar el certificado. Una vez recibida la solicitud, coordinación verificará la certificación y responderá por correo electrónico.

c) La justificación o exoneración de inasistencias por razones diferentes a las del inciso a), será resuelta por coordinación, entendiendo como justificadas las razones de fuerza mayor, atendiendo a las circunstancias del caso con previa solicitud por escrito del estudiante.

1.2 Sistema de Calificación y Examen

Seminarios o Asignaturas

Los trabajos escritos serán calificados en una escala general de uno a doce (1-12). En ningún caso se otorgará la aprobación de una asignatura o módulo por la simple asistencia a las clases. En caso de no alcanzar la nota mínima, el estudiante deberá dar examen de acuerdo con la normativa vigente en la Facultad.

Los trabajos finales de asignaturas, módulos, ejes o seminarios de un plan de estudios, se regirán por las pautas de evaluación establecida durante el curso (por ejemplo, porcentajes o rúbrica) y los siguientes criterios generales:

a. Preferentemente serán de carácter individual, aunque el docente podrá autorizar la conformación de grupos de no más de cuatro (4) integrantes si ello fuera necesario, por razones metodológicas, la complejidad de la temática a estudio y/o la extensión del trabajo solicitado. De considerarlo adecuado, el docente podrá evaluar a los estudiantes durante el dictado de la disciplina, mediante la realización de trabajos específicos.

b. Los plazos para la entrega del trabajo por parte de los estudiantes y para la corrección por parte del docente, se regirán por el calendario académico establecido por la Coordinación respectiva de cada programa, previa autorización del Decanato.

c. Cuando el trabajo presentado requiera de algunos ajustes o complementos menores, a efectos de alcanzar el grado de suficiencia, el docente podrá conceder una única prórroga no mayor a 10 días, que se regirá también por el calendario establecido.

d. Si el calendario académico no prevé otra cosa, los plazos para la presentación de trabajos y para la corrección, será de 60 días y 30 días para la corrección de los docentes.

e. Cuando el estudiante, por razones de fuerza mayor, no se encuentra en condiciones de realizar las entregas de los trabajos dentro de los plazos estipulados, podrá solicitar por escrito a coordinación, una única prórroga de 10 días, indicando la causa por la cual solicita prórroga y documentando la misma (de acuerdo al artículo 9 b del Reglamento Operativo). La solicitud no podrá ser enviada posterior al cierre del plazo. Acreditadas las causas indicadas, la coordinación comunicará la prórroga al docente, que fijará nueva fecha para efectuar la entrega.

f. Vencido dicho plazo, quienes no hubieran entregado los trabajos o no hubieran alcanzado el nivel de suficiencia requerido, recibirán la calificación de no aprobación, la que será incluida en su escolaridad, pudiendo recursar o rendir examen con base en nuevas consignas de trabajo y asumiendo las consecuencias económicas, administrativas y académicas que tales situaciones conlleven.


Previaturas

El sistema de previaturas de los programas de posgrado de la Facultad toma en consideración el criterio de curso a curso, de examen a examen, y en observancia de lo dispuesto en cada plan de estudios.

Para los programas con seminarios o asignaturas clasificados por nivel (introductorio, intermedio, avanzado) los estudiantes deberán contar con el nivel anterior aprobado a la hora de cursar el siguiente nivel. De lo contrario, si bien podrán cursar los seminarios siguientes, la calificación quedará retenida hasta el momento en que queden aprobadas las previaturas.

 

Examen de Recuperación

Los exámenes de recuperación se realizan durante los períodos de abril y octubre. Estarán habilitados a rendir examen aquellos estudiantes que se encuentre en las siguientes situaciones:

a- (Inasistencia) Cuando, por inasistencias justificadas, no alcancen el 75 por ciento de asistencia mínima obligatoria.

b- (Calificación insuficiente de curso) Cuando, habiendo cursado y cumplido con la asistencia requerida y habiendo realizado las pruebas de evaluación, no alcanzare el nivel de suficiencia exigido para exonerar la asignatura.

c- (Incumplimiento de trabajos o tareas finales de curso) Cuando el estudiante no haya entregado en plazo las tareas correspondientes a la evaluación final de la asignatura o seminario.

d - (Calificación insuficiente en examen previo de la misma asignatura). Cuando la calificación en el examen anterior de la misma disciplina no haya sido suficiente para exonerar. 

Ingresa al Calendario para realizar la inscripción a examen en los períodos de febrero y agosto cada año. 

1.3 Proyecto de Tesis y Tesis de Posgrado

Para la Maestría y Doctorado en Educación:

En el PFAE se requiere la elaboración de una tesis con rigor académico, pertinencia y relevancia. El programa exige estudio de campo de forma obligatoria, siguiendo pautas específicas de la comunidad científica y aprobadas por la Unidad de Investigación de la Facultad. La tesis debe tener el aval previo de tutor/orientador/orientador y ser defendida públicamente ante un tribunal o banca examinadora con un miembro externo a la Institución de acuerdo con lo establecido por la normativa complementaria vigente.

Los requerimientos de forma y de fondo que regulan las Tesis y el proceso de evaluación pre-defensa, está dispuesto en las guías e indicadores de calidad aprobados por la Unidad de Investigación de la Facultad. 

A continuación, se exponen algunos criterios generales:

a) A los efectos del Reglamento Operativo se considera texto sustantivo de una tesis al contenido que va desde la introducción hasta las conclusiones de la investigación, sin contar carátulas, índice, bibliografía, anexo y apéndices. 

b) Las tesis deberán presentarse escritas en español o portugués, con la debida corrección gramatical y estilística. Una vez aprobada por parte del Tribunal, el autor deberá enviar, a la Coordinación del programa, la versión definitiva escritas en español, en cuatro ejemplares encuadernados de acuerdo con la normativa dispuesta en la Facultad.

c) En el caso de que el Tribunal haga observaciones y correcciones, el tesista deberá cumplir con dichas observaciones y mejorar el texto. Una vez aprobadas las correcciones, se autorizará al tesista a presentar los ejemplares descritos en el inciso anterior.

d) Los procesos y procedimientos sobre los proyectos de tesis y las tesis, no incluidos en este documento, se regulan por normativa complementaria de la Facultad.

CONOCE MÁS

Maestría - Accede al documento completo del Reglamento Operativo en PDF

Doctorado - Accede al documento completo del Reglamento Operativo en PDF

Selecciona Normativa Completa para buscar otras directivas de la Facultad