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Las personas migrantes tienen derecho a la atención en el SUS (Sistema Único de Salud), de forma gratuita y universal.
Esto incluye consultas, exámenes, vacunas, internaciones y tratamientos.
Los trabajadores migrantes tienen derecho a atención médica en caso de accidente de trabajo.
Las personas con discapacidad tienen derecho a atención y recursos de accesibilidad en el SUS.
Para cualquier atención, basta con presentar un documento de identificación (no es necesario que sea brasileño).
Para atención especializada, solicite una derivación en una Unidad Básica de Salud (UBS).
En caso de accidente de trabajo, el hospital debe registrarlo y remitirlo al INSS.
📌 Importante: El SUS es para todos, sean brasileños o no. Nadie puede negar la atención médica por falta de documentos.
Si le niegan la atención, registre el incidente en la propia unidad de salud y solicite un número de protocolo.
Si ocurre un accidente de trabajo y no es registrado, busque al sindicato de su categoría o a la Defensoría Pública.
En caso de discriminación, es posible contactar a la defensoría del SUS (ouvidoria), al Ministerio Público o a la Justicia.
⚠️ Alerta: Ningún hospital puede negarse a atender a una persona migrante en una situación de emergencia.
Garantizar el acceso a la atención hospitalaria y ambulatoria.
Obligar a las empresas a asumir la responsabilidad en caso de accidente de trabajo.
Proteger el derecho de las personas con discapacidad a un trato digno y accesible.
Los migrantes y refugiados tienen derecho a ser atendidos en el SUS como cualquier ciudadano.
No se puede negar la atención de urgencia.
Es posible contar con seguimiento médico, vacunas y medicamentos gratuitos en los centros de salud (postos de saúde).
👉 Si hay una negativa de atención de urgencia, es posible acudir a la Justicia Estadal, que puede emitir una decisión rápida (medida cautelar o liminar).
Si el trabajador enferma a causa del trabajo, puede tener derecho al subsidio por enfermedad (auxílio-doença) o a la jubilación por invalidez (solicitudes realizadas ante el INSS).
Si la empresa no protegió al trabajador, este puede solicitar una indemnización en la Justicia del Trabajo.
Tienen derecho a la accesibilidad en escuelas, transporte y servicios de salud.
Pueden recibir el Beneficio de Prestación Continuada (BPC), pagado por el INSS, si la familia tiene bajos ingresos.
👉 La Justicia Estadal puede ser activada para garantizar la accesibilidad o la atención especializada en salud y educación.