Reglamento Académico

Educación Continua

CAPÍTULO 1. DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1: APLICACIÓN GENERAL DEL REGLAMENTO

El presente reglamento es de aplicación obligatoria y general para los y las participantes, los colaboradores y las colaboradoras, y los expertos y las expertas de Educación Continua, quienes deberán conducirse de manera congruente con los valores establecidos en la Visión, el Código de Ética y la Cultura del Tecnológico de Monterrey.

Su desconocimiento no podrá ser utilizado como argumento válido para evitar el cumplimiento de las disposiciones en este contenidas. El Tecnológico de Monterrey se reserva el derecho de suspender el acceso a las instalaciones y/o la participación en el programa, a aquellas personas que transgredan las políticas institucionales. 

Este reglamento entrará en vigor, dejando sin efecto versiones anteriores del mismo, para programas que inicien a partir de:


ARTÍCULO 2: CLASIFICACIÓN DE PROGRAMAS POR EL PÚBLICO AL QUE VAN DIRIGIDOS

Los programas de Educación Continua se clasifican de acuerdo con el público al que van dirigidos, de la siguiente forma:


ARTÍCULO 3: CLASIFICACIÓN DE PROGRAMAS POR OBJETIVOS DE APRENDIZAJE Y REQUISITOS DE EVALUACIÓN PARA ACREDITAR

Los programas de Educación Continua se clasifican de acuerdo con los objetivos de aprendizaje y los requisitos para aprobar en:

Describimos a continuación cada uno de ellos:

Programas con evidencia de dominio:

Programas de dominio opcional:

Conferencias y eventos de información y sensibilización:

ARTÍCULO 4: MODALIDADES DE LOS PROGRAMAS DE EDUCACIÓN CONTINUA

Los programas de Educación Continua (U4P o U4O) están compuestos por módulos y sesiones, diseñados para propiciar el aprendizaje de los conocimientos y habilidades establecidos y se pueden impartir en cualquiera de las siguientes modalidades: 

Para participar en cualquiera de estos programas es necesario que el o la participante tenga acceso a una computadora con conexión a internet y las habilidades digitales mínimas necesarias para hacer las actividades virtuales propias del programa, entre las que se encuentran: 


CAPÍTULO 2. MODALIDADES PRESENCIAL Y AULA VIRTUAL

ARTÍCULO 5: PROGRAMAS PRESENCIAL Y AULA VIRTUAL

Estos programas son aquellos basados mayoritariamente en sesiones en vivo con el experto o la experta en grupos de no más de 30 personas. 

Ambos tipos de programas propician el aprendizaje a través de los conocimientos y experiencias compartidos por el experto o la experta en las sesiones, complementadas con actividades de aprendizaje activo durante éstas para propiciar la interiorización de los conocimientos y desarrollar la capacidad de aplicarlos. Podrá complementarse con actividades de aprendizaje activo desarrolladas en forma asíncrona fuera de las sesiones. Todo gestionado a través de una plataforma digital.


ARTÍCULO 6: EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE PROGRAMAS PRESENCIALES Y DE AULA VIRTUAL

La acreditación de cada programa Presencial o de Aula Virtual estará sujeta a los siguientes criterios:


Calificación de cada módulo:

Acreditación del programa:

Al acreditar el programa el o la participante recibirá:

- Constancia para programas de 8 a 95 horas.

- Diploma para programas de 96 horas o más.

- Insignia digital negra para programas de 8 a 95 horas.

- Insignia digital azul para programas de 96 horas o más.



Los microcertificados y certificados están integrados por uno o varios módulos de aprendizaje a través de los cuales el o la participante desarrolla las competencias correspondientes, cuyo dominio debe evidenciar, a través de exámenes y retos de aplicación en su propio contexto, para obtener el microcertificado o certificado.


Una certificación requiere obtener el certificado correspondiente y demostrar la capacidad de dar resultados en su entorno a través de un Proyecto Integrador de Dominio Autónomo (PIDA). En el capítulo 6 describiremos la evaluación y acreditación de las certificaciones (certificado + PIDA).


Se describe en esta sección la evaluación y acreditación solo de los microcertificados y certificados (sean estos independientes o parte de una certificación).


Calificación de cada módulo:

Para acreditar un programa:

Al acreditar el programa el o la participante recibirá:

- Microcertificado para programas de 20 a 49 horas.

- Certificado de competencias para programas de 50 horas o más.

- Insignia digital bronce para para programas de 20 a 49 horas.

- Insignia digital plata para programas de 50 a 95 horas.

- Insignia digital oro para programas de 96 horas o más.

- La certificación del Tecnológico de Monterrey que acredita el dominio de las competencias y la capacidad de dar resultados de valor, descargable de la plataforma en formato PDF y que incluye un código QR para validar su autenticidad.

- Una insignia digital diamante que el o la participante podrá compartir en sus redes sociales. Ésta estará respaldada por tecnología blockchain para validar su autenticidad. 


El proceso de desarrollo, evaluación y acreditación de la certificación, así como sus tiempos límite se muestran en el capítulo 6 de este reglamento.


En algunos programas donde existen certificaciones externas muy consolidadas el o la participante puede optar, en lugar o además de una certificación del Tecnológico de Monterrey, por aplicar a la certificación externa bajo las reglas que éstas establezcan.

CAPÍTULO 3. MODALIDAD LIVE

ARTÍCULO 7: PROGRAMAS LIVE

Los programas LIVE (Learning Interactive Virtual Experience) están diseñados para asegurar el dominio de conocimientos relevantes y la capacidad de aplicarlos en la vida diaria del o la participante que les genere valor individualmente, así como a la organización en la que colabora. Se requiere evidencia de dominio para acreditarlo.

Se logra este objetivo a través de sesiones en vivo con el experto o la experta en grupos de no más de 30 personas, complementadas con aprendizaje asíncrono en plataforma y resolución de retos de aplicación de lo aprendido en su entorno laboral con evaluación y retroalimentación por el experto o la experta.  

Cada programa LIVE está compuesto de módulos de aprendizaje agrupados en áreas de concentración. 

El proceso de aprendizaje de cada módulo se lleva a cabo de la siguiente manera:

ARTÍCULO 8: EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE PROGRAMAS LIVE


Los programas LIVE están diseñados como programas con evidencia de dominio la cual se acredita en dos fases:

La evaluación y acreditación de la certificación es común a todas las modalidades y se presentará en el capítulo 6.

En esta sección se describe la evaluación y acreditación de la fase del certificado de competencias (o microcertificado) en los programas LIVE, la cual estará sujeta a los siguientes criterios:

2. La calificación final del certificado de competencias (o microcertificado) se otorgará en una escala de 0 a 100 considerando:

En caso de haber requisitos adicionales (actividades, exámenes, proyectos, etc.), estos deberán de ser notificados a través de la plataforma de apoyo al curso desde el inicio del programa, así como la ponderación que se usará para integrar la calificación final. 

3. Para acreditar el certificado de competencias (o microcertificado), cada participante debe obtener una calificación final de 70% o superior. 

4. Los y las participantes que acrediten el certificado de competencias (o microcertificado) recibirán:

- Microcertificado para programas de 20 a 49 horas.

- Certificado de competencias  para programas de 50 horas o más.

- Insignia digital bronce para programas de 20 a 49 horas.

- Insignia digital plata para programas de 50 a 95 horas.

- Insignia digital oro para programas de 96 horas o más.

5. Cuando el certificado es parte de una certificación del Tecnológico de Monterrey, los y las participantes que aprobaron el certificado de competencias con una evaluación igual o superior a 80, desarrollarán a continuación un Proyecto Integrador de Dominio Autónomo (PIDA), para demostrar la capacidad de integrar varias de las subcompetencias (al menos 40% de ellas), para dar resultados de valor en su propia realidad. 

Los y las participantes que obtengan una evaluación de 80% o superior en el PIDA recibirán además del certificado de competencias ya recibido:


El proceso de desarrollo, evaluación y acreditación de la certificación, así como sus tiempos límite se muestran en el capítulo 6 de este reglamento.


En algunos programas donde existen certificaciones externas muy consolidadas el o la participante puede optar, en lugar o además de una certificación del Tecnológico de Monterrey, por aplicar a la certificación externa bajo las reglas que éstas establezcan.


CAPÍTULO 4. MODALIDAD THE LEARNING GATE

ARTÍCULO 9: THE LEARNING GATE

The Learning Gate es un ecosistema de aprendizaje bajo demanda que se lleva a cabo a través de rutas de aprendizaje flexibles, integradas por módulos cortos que ofrecen a el o la participante la oportunidad de adquirir las competencias que necesita, justo cuando las necesita, en forma accesible, ágil, flexible e informada. Esto se logra a través del proceso siguiente:

El sistema ofrecerá varias rutas flexibles de desarrollo en el área de interés para que el o la participante seleccione la que mejor se adecua a su perfil particular.

Cada ruta:

El o la participante podrá personalizar la ruta, activando/desactivando módulos de acuerdo a sus prioridades de desarrollo y su nivel de expertise actual.


5. Escalamiento del aprendizaje.

6. Los y las participantes que acreditaron todos los módulos de un perfil profesional con un promedio acumulado de 80 podrán desarrollar un Proyecto Integrador de Dominio Autónomo (PIDA), para acreditar ya no solo el dominio de las competencias en aislado sino la capacidad autónoma de integrar varias de ellas (al menos 40%) para dar resultados de valor en su propia realidad, lo que dará lugar a una certificación en el rol profesional (certificación del Tecnológico de Monterrey).

Considerando que el estilo de aprendizaje de cada persona es diferente, cada participante podrá optar por llevar a cabo los módulos de aprendizaje de dos maneras:

TLG-Flex:

TLG-Generations:


ARTÍCULO 10: EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN EN THE LEARNING GATE

La evaluación y acreditación en The Learning Gate estará sujeta a los siguientes criterios:


La calificación mínima para acreditar un módulo es 70

2. Al aprobar un módulo se otorga una insignia que acredita el dominio de la subcompetencia asociada al módulo, la cual es visible solo dentro de The Learning Gate.

3. Para acreditar el dominio de una competencia se deberá de acreditar el domino de las subcompetencias que la integran. Al hacerlo se recibirá:

4. Para acreditar el dominio de un perfil profesional se deberá de acreditar el domino de todas las competencias que la integran. Al hacerlo se recibirá:

5. Los y las participantes que cursaron el certificado de competencias como parte de una certificación del Tecnológico de Monterrey, y que obtuvieron un promedio de 80 o superior en el certificado de competencias, desarrollarán a continuación un Proyecto Integrador Integrador de Dominio Autónomo (PIDA) para demostrar la capacidad de integrar varias de las subcompetencias (al menos 40% de ellas) para dar resultados de valor en su propia realidad. Los y las participantes que obtengan una evaluación de 80% o superior en el PIDA recibirán además del certificado de competencias ya recibido:

El proceso de desarrollo, evaluación y acreditación de la certificación, así como sus tiempos límite se muestran en el capítulo 6 de este reglamento.

En algunos programas donde existen certificaciones externas muy consolidadas el o la participante puede optar, en lugar o además de una certificación del Tecnológico de Monterrey, por aplicar a la certificación externa bajo las reglas que éstas establezcan.

6. Tiempos límite para completar y aprobar los módulos de aprendizaje:

- Para las personas que tienen un trabajo de tiempo completo (40 horas por semana) se considera razonable una dedicación de 5 horas por semana en promedio, adicionales a su trabajo normal. 

- Por tanto, se recomienda un ritmo de avance normal de un módulo cada dos semanas.

El tiempo máximo permitido para que un participante complete la ruta de aprendizaje adquirida será el correspondiente al doble del ritmo recomendado: cuatro semanas por módulo adquirido (ejemplo: 40 semanas para una ruta de aprendizaje de 10 módulos) a partir del día en que se le otorga el acceso a la plataforma.

- Al concluir el período el acceso a los módulos se suspenderá.

- Se podrá reactivar el acceso a los módulos adquiridos cubriendo la siguiente cuota: 

- En todos los casos los módulos se reactivarán por un periodo de cuatro semanas por cada módulo no aprobado.

En caso de volver a agotarse el tiempo, el proceso de reactivación podrá ocurrir cuantas veces sea necesario cubriendo los costos que correspondan.

- En el caso de la realización del PIDA los tiempos se describen en el capítulo 6.

- Cada generación tendrá dos sesiones virtuales síncronas por módulo con el experto o la experta con actividad de aprendizaje asíncrono entre ellas como se indica.

- La fecha límite para concluir el aprendizaje asíncrono y la evaluación es la fecha de la sesión síncrona 2.

Si la evaluación fueses insatisfactoria tendrá hasta dos intentos adicionales en la semana inmediata posterior.

- La fecha límite para concluir la práctica y entregar el reto de aplicación en la vida diaria es la fecha de la sesión síncrona 1 del siguiente módulo. Si no hay módulo siguiente se tendrá una semana.

Si la evaluación del reto fuese insatisfactoria tendrá un intento adicional en la semana inmediata posterior.

- Si al concluir la ruta de formación un participante deseara mejorar la evaluación de un módulo con evaluación no satisfactoria podrá solicitar una opción adicional para presentar la evaluación y el reto correspondiente. Será necesario cubrir la siguiente cuota:

7. Cambios entre TLG-Flex y TLG-Gen:

- Sin costo, una sola vez, cuando el número remanente de semanas de acceso sea al menos de dos semanas por cada módulo no cursado.

- Cubriendo el costo de un solo módulo en caso contrario.

- Sin costo, una sola vez, y tendrá un tiempo máximo de acceso igual a 4 semanas por cada módulo no cursado.

- En caso de requerir otro cambio o un tiempo mayor de acceso deberá de cubrir el costo de un solo módulo.


ARTÍCULO 11: ACREDITACIÓN DE SUBCOMPETENCIAS POR EVIDENCIA DE DOMINIO

El o la participante que ha adquirido previamente el dominio de algunas de las subcompetencias requeridas en un perfil profesional de The Learning Gate podrá acreditarlas, sin necesidad de cursar el módulo de aprendizaje correspondiente, mediante una evaluación:

Si la evaluación fuese no satisfactoria, para acreditarla deberá de inscribir y cursar el módulo completo, cubriendo el 70% del precio de lista vigente del módulo.  

CAPÍTULO 5. MODALIDAD PROGRAMAS EN LÍNEA

ARTÍCULO 12: PROGRAMAS EN LÍNEA

Los programas En Línea se caracterizan por un modelo de aprendizaje autogestionado con flexibilidad en tiempo y lugar:


Su modelo de enseñanza-aprendizaje se basa en la combinación adecuada de cuatro elementos andragógicos, en los porcentajes adecuados para las necesidades y características del programa y/o el perfil del participante esperado: 


En esta modalidad se distinguen tres tipos de programas de aprendizaje:


Modelo de experiencia

El modelo de experiencia busca propiciar una vivencia memorable incluyendo:


Para apoyar el proceso de aprendizaje los y las participantes contarán con un equipo de expertos y expertas, el cual estará integrado por algunos o todos los roles siguientes según el modelo de experiencia-aprendizaje del programa: 


ARTÍCULO 13: EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE PROGRAMAS EN LÍNEA

La acreditación de cada programa En Línea estará sujeta a los siguientes criterios:

Para aprobar un curso autodirigido el o la participante deberá: 

Al cumplir con los requisitos de evaluación en un curso de 8 a 95 horas el o la participante será acreedor a: 

Para acreditar cada oferta formativa (curso), la calificación aprobatoria mínima es de 70 puntos sobre 100. 

Para acreditar un microcertificado o certificado de competencias el o la participante deberá:

Se considerará asistencia al permanecer en el 80% de la sesión, mantener la cámara encendida y participar activamente en dicha sesión sincrónica.

Al cumplir con los requisitos de evaluación el o la participante será acreedor a: 

- Microcertificado para programas de 20 a 49 horas.

- Certificado de competencias  para programas de 50 horas o más.

- Insignia digital bronce para programas de 20 a 49 horas.

- Insignia digital plata para programas de 50 a 95 horas.

- Insignia digital oro para programas de 96 horas o más.

Cuando el certificado es parte de una certificación del Tecnológico de Monterrey, los y las participantes que aprobaron el certificado de competencias con una evaluación igual o superior a 80, desarrollarán a continuación un Proyecto Integrador de Dominio Autónomo (PIDA), para demostrar la capacidad de integrar varias de las subcompetencias (al menos 40% de ellas), para dar resultados de valor en su propia realidad. 

Los y las participantes que obtengan una evaluación de 80% o superior en el PIDA recibirán además del certificado de competencias ya recibido:

El proceso de desarrollo, evaluación y acreditación de la certificación, así como sus tiempos límite se muestran en el capítulo 6 de este reglamento.

Pueden existir programas con requisitos adicionales para la aprobación de los módulos (ejemplo: actividades colaborativas). En estos casos el gestor o gestora de experiencia digital notificará al inicio del programa los criterios para acreditarlo.

CAPÍTULO 6. CERTIFICACIONES

ARTÍCULO 14: CERTIFICACIONES DEL TECNOLÓGICO DE MONTERREY 

Los certificados de competencias descritos en los capítulos anteriores garantizan, a medida que el o la participante aprueba los distintos módulos, el dominio de los conocimientos y competencias correspondientes, cada una aprobada en forma individual a un nivel satisfactorio.  

Para dar resultados de valor para su persona u organización, es necesario que el o la participante aplique adecuadamente estas competencias. Esto es acreditado por la certificación, credencial alternativa de mayor valor otorgada por el Tecnológico de Monterrey. Esta acreditará no solo el dominio independiente de los conocimientos y competencias/subcompetencias, sino también la capacidad integradora de utilizarlas en su conjunto para generar un resultado de valor para su persona u organización.  

Para lograr la certificación del Tecnológico de Monterrey el o la participante deberá realizar, después de concluir y aprobar el programa según lo dispuesto en los capítulos anteriores, un Proyecto Integrador de Dominio Autónomo (PIDA) en el cual el o la participante deberá:


ARTÍCULO 15: DESARROLLO, EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN DE LAS CERTIFICACIONES DEL TECNOLÓGICO DE MONTERREY 

Para desarrollar la certificación el o la participante interactuará con el experto o la experta evaluador a través de los siguientes pasos:

a) Sesión informativa.

Sesión grupal en la que se explicará a los candidatos a la certificación los lineamientos que deben cumplir los proyectos para obtenerla, así como el proceso a seguir para lograrlo


b) Aprobación de propuesta de proyecto y plan de trabajo.


Si la propuesta no fuese aceptada, el o la participante tendrá hasta dos oportunidades para ajustarla de acuerdo con la retroalimentación y presentarla a través de la plataforma para su aceptación por este medio por el experto o la experta. 


Se recomienda iniciar el PIDA inmediatamente después de concluir el certificado de competencias, cuando los aprendizajes son recientes.


c) Sesión de seguimiento y coaching intermedia.


d) Evaluación final.


Algunas certificaciones del Tecnológico de Monterrey podrán solicitar requisitos adicionales especiales (por ejemplo, evaluaciones para fines de compatibilidad con otras certificaciones). Estas deberán de ser dadas a conocer desde la sesión informativa, así como la forma de integrarlas a la evaluación final y a los requisitos de acreditación. 


ARTÍCULO 16: CERTIFICACIONES EXTERNAS 

En algunas temáticas existen certificaciones que se han posicionado internacionalmente por la relevancia de las competencias incorporadas y por el procedimiento de certificación de estas.  En estos casos el Tecnológico de Monterrey proveerá, a través de los programas de formación, el desarrollo de las competencias pertinentes, y dejará el proceso de certificación a las casas certificadoras externas. Serán éstas quienes otorguen la certificación a los y las participantes que acrediten el dominio de las competencias bajo sus procedimientos y estándares. Estas certificaciones pueden ser complementarias o en lugar de la certificación del Tecnológico de Monterrey.

CAPÍTULO 7. ACREDITACIÓN DE MATERIAS DE PROGRAMAS ACADÉMICOS POR PROGRAMAS DE EDUCACIÓN CONTINUA

ARTÍCULO 17: ACREDITACIÓN DE MATERIAS DE POSGRADO POR CERTIFICADOS Y CERTIFICACIONES

Dado que los programas con evidencia de dominio (certificados de competencias y certificaciones) tienen procesos de evaluación rigurosos, algunos de ellos podrán acreditar materias de posgrado del Tecnológico de Monterrey bajo las siguientes circunstancias:


ARTÍCULO 18: ACREDITACIÓN DE UNIDADES FORMATIVAS DE PROFESIONAL POR MICROCERTIFICADOS, CERTIFICADOS Y CERTIFICACIONES

Dado que los programas con evidencia de dominio (certificados de competencias y certificaciones) tienen procesos de evaluación rigurosos, algunos de ellos podrán acreditar unidades formativas del Tecnológico de Monterrey bajo las siguientes circunstancias:

CAPÍTULO 8. REVISIÓN DE CALIFICACIONES, ACCESOS, BAJAS Y REEMBOLSOS

ARTÍCULO 19: DEL PAGO COMO REQUISITO PARA CURSAR LOS PROGRAMAS

Para que un participante pueda cursar y acreditar un programa abierto al público deberá haber cubierto el costo de éste o comprometido el pago de acuerdo con las políticas establecidas por la Dirección de Actualización Profesional, las cuales le serán notificadas al momento de su inscripción. El incumplimiento de estas políticas causará la suspensión del servicio. 

El pago completo del programa es un requisito indispensable, adicional a los requisitos académicos, para recibir los documentos de acreditación del programa.

En el caso de programas cerrados, la empresa deberá haber cubierto la totalidad del costo del programa o haber comprometido el pago con los documentos establecidos por la Dirección de Administración y Finanzas para que se pueda cursar el programa y para que se puedan recibir los documentos que acreditan la conclusión exitosa de los mismos por los y las participantes.


ARTÍCULO 20: REVISIÓN POR INCONFORMIDAD DE EVALUACIÓN

Los y las participantes podrán expresar inconformidad con la evaluación obtenida siempre y cuando hayan entregado sus actividades académicas en tiempo y forma de acuerdo con los tiempos límite establecidos en el programa correspondiente.

En primera instancia la inconformidad con la evaluación deberá de expresarse al experto o la experta del módulo en un plazo no mayor a siete días naturales a partir de la publicación de esta, y el experto o la experta tendrá siete días naturales para responder sobre la misma y dar la retroalimentación correspondiente. 

Si la inconformidad persiste, el o la participante podrá solicitar la revisión de la calificación a través del especialista de experiencia o el gestor de éxito del programa, quien revisará el caso con un comité integrado por el coordinador académico o coordinadora académica y un representante de la Dirección de Soluciones, Talento y Experiencia. 

El comité evaluará el caso y emitirá una decisión confirmando o modificando la evaluación. La decisión del comité es inapelable.


ARTÍCULO 21: BAJA DEFINITIVA DE UN PROGRAMA

Se entiende por “baja definitiva” al proceso por el cual un participante solicita la suspensión definitiva de su participación en un programa que se encuentre cursando. 

En el caso de los programas cerrados para una empresa no aplica el reembolso por baja individual de un participante ya que el precio se ofrece por grupo.

El reembolso podrá hacerse efectivo de dos maneras: 


ARTÍCULO 22: BAJA TEMPORAL DE UN PROGRAMA O MÓDULO

Se entiende por baja temporal al proceso por el cual un participante solicita la suspensión temporal de su participación en un programa o módulo que se encuentre cursando por no poder atenderlo en ese momento, manifestando su intención de retomarlo posteriormente.

Para el caso de programas cerrados (programas para una empresa y/o institución), en cualquiera de sus modalidades, no existe la baja temporal ya que los precios se ofrecen por grupo. El o la participante podrá participar en una futura emisión del mismo programa, si la empresa y/o institución lo contrata y lo autoriza.


ARTÍCULO 23: REPOSICIÓN DE MÓDULOS

Algunos programas (descritos en capítulo 2, capítulo 3 y capítulo 4) incluyen por diseño la oportunidad de mejorar la evaluación de un módulo repitiendo el examen y/o el reto dentro de un tiempo prestablecido y hasta un número acotado de veces. Al completarse el tiempo o el número de repeticiones límite la calificación del módulo queda definida.

El o la participante que no completó o acreditó un módulo o que desee mejorar la evaluación del mismo podrá volver a cursarlo en un periodo máximo de un año a partir de la fecha de terminación del módulo.

El plan de evaluación y/o acreditación de los programas En Línea se encuentra ligado al modelo de enseñanza-aprendizaje, por lo que la posibilidad de reposición del módulo se deberá validar en las políticas del programa y/o con su gestor o gestora de experiencia.


ARTÍCULO 24: DE LA SUSPENSIÓN DE UN PROGRAMA POR CAUSAS AJENAS AL PARTICIPANTE

Si un programa o módulo no pudiese llevarse a cabo por causas imputables a la institución o por eventualidades de fuerza mayor, esta ofrecerá alternativas para recuperar los módulos no cursados. Si no se llegase a un acuerdo para recuperarlo(s), el Tecnológico de Monterrey reembolsará el 100% del pago de los módulos no llevados a cabo.

CAPÍTULO 9. RESPONSABILIDADES DE LOS Y LAS PARTICIPANTES, ASÍ COMO DEL TECNOLÓGICO DE MONTERREY 

ARTÍCULO 25: RESPONSABILIDADES DE LOS Y LAS PARTICIPANTES

Será responsabilidad de los y las participantes de los programas de Educación Continua:


ARTÍCULO 26: RESPONSABILIDADES DEL TECNOLÓGICO DE MONTERREY

Serán responsabilidades del Tecnológico de Monterrey:


ARTÍCULO 27: CÓDIGO DE ÉTICA

Será responsabilidad común de los colaboradores y las colaboradoras de la institución, así como de los y las participantes de Educación Continua respetar el código de ética del Tecnológico de Monterrey:

CAPÍTULO 10. DISPOSICIONES FINALES

ARTÍCULO 28: CASOS NO PREVISTOS

Cualquier aspecto no especificado en este reglamento será resuelto por un comité conformado por el coordinador académico o coordinadora académica del programa, la Dirección de Soluciones, Talento y Experiencia y la Dirección de Administración y Finanzas cuando aplique. A este comité se integrará la Dirección de Actualización Profesional en el caso de los programas abiertos al público y la Dirección de Relaciones Corporativas y Vinculación Estratégica en el caso de los programas cerrados a empresas.  


ARTÍCULO 29: VIGENCIA

El presente reglamento entrará en vigor, dejando sin efecto versiones anteriores al mismo, para programas que inicien a partir de:

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