Boletín #13 - 31 de julio de 2024
ES NOTICIA
Superservicios en los medios
Dagoberto Quiroga, superintendente de servicios públicos, explica en entrevista para CAMBIO por qué quiere fortalecer su capacidad de vigilancia y control en el sector, establecer mínimos vitales y poder sancionar por montos de dinero más altos.
Hace 30 años, en 1994, tres nuevas entidades públicas entraron en funcionamiento: la Comisión Reguladora de Agua (CRA), la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y la Superintendencia de Servicios Públicos. Ahora, tanto el sector privado como el Gobierno plantean una actualización a la ley que les dio vida, pero con diferencias. Dagoberto Quiroga, superintendente del sector, explica lo que quiere el Gobierno de Gustavo Petro.
Quiroga asegura que no lo quieren reformar todo, pero que sí es necesario que la entidad tenga más poderes sancionatorios y de vigilancia. Además, en 30 años todos los servicios públicos han cambiado y su regulación necesita actualizaciones.
Ante la difícil situación social generada por los anuncios y la aplicación de los periodos de continuidad (horas pactadas para la prestación del servicio de energía) en la región Caribe, particularmente en los departamentos de Atlántico, Magdalena y la Guajira, el Ministerio de Minas y Energía, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, y el prestador del servicio de energía Air-e, llegan a los siguientes acuerdos:
A. Sin perjuicio de lo establecido en la regulación, la Ley y el acuerdo para el suministro de energía de las áreas especiales, los alcaldes que decidan vincularse a la negociación para que se suspenda parcial o totalmente los Períodos de Continuidad (PC), expresarán su voluntad de asumir de manera efectiva, una parte del recaudo mensual de la energía de los barrios subnormales y de las Zonas de Difícil Gestión (ZDG).
Plazo: Los alcaldes tendrán diez (10) días calendario para firmar acuerdo con Air-e luego de expresar su voluntad, desde ese momento se suspenden parcial o totalmente los PC que se estén ejecutando, si no se llega a un acuerdo en el plazo estipulado se reanudan.
DE INTERÉS
Por mora en el pago de la factura cuando contra ésta no se haya presentado queja, petición, reclamo o recurso.
Por no cancelar los valores que NO se encuentran en reclamación o el consumo promedio de los últimos cinco (5) meses.
Por Indebida manipulación en las acometidas, medidores, conexiones, etc.
Por alteración unilateral por parte del usuario, de las condiciones contractuales de prestación del servicio.
Por el acuerdo entre la prestadora, el usuario y los terceros que puedan resultar afectados o para hacer reparaciones y evitar perjuicios al inmueble.
Cuando el usuario impida injustificadamente el acceso al medidor u otras instalaciones del servicio o se obstruya el acceso a las mismas.
Si a juicio del distribuidor, la instalación del usuario se hubiera tornado peligrosa o defectuosa.
Para efectuar reparaciones, modificaciones o mejoras en cualquier parte de su sistema.
Para cumplir con cualquier orden o directiva gubernamental.
Reserva tu participación.
2 de agosto - Asociación de Recuperadores de Cota
5 de agosto - Asociación Resignificar
8 de agosto - Asociación de Recuperadores Ambientales
¡Entrada libre!
Más información 📲 6016913005 Ext. 2153
📩 sspd@superservicios.gov.co
OTROS
Los niños y las niñas de tu familia también pueden ser Superguardianes de los servicios públicos domiciliarios.
Enséñales a hacer buen uso de ellos
¡Tu opinión cuenta!
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Correo electrónico: sspd@superservicios.gov.co | Portal web: www.superservicios.gov.co
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