PARA TENER EN CUENTA A LA HORA DE RENOVAR LA LICENCIA F

Fecha de publicación: 25-sep-2016 10:42:34

INFORMACIÓN A TENER EN CUENTA

Todos los poseedores de licencia F de armas han de renovarla cada tres (3) años acreditando actividad deportiva en el transcurso de los mismos.

Esta actividad deportiva se acredita únicamente aportando un certificado oficial, emitido por la Federación correspondiente, en el que figurarán todas las tiradas (sociales, autonómicas o nacionales), realizadas por el tirador y certificadas en acta por un juez árbitro federado, remitidas por la Federación a la Intervención de Armas. Todas las demás (entrenamientos personales, etc…) no son tenidas en cuenta.

El Reglamento de Armas, aprobado por RD 137/1993, de 3 de enero, dedica el Capítulo VI (artículos 129 al 143) a la "Tenencia y uso de armas de concurso" y, en su artículo 138.2, dispone: "Aquellos deportistas que, salvo casos de fuerza mayor, no hayan desarrollado durante un año actividades deportivas, perderán la licencia F de armas, debiendo depositar sus armas en la Intervención de Armas..."

Hay que fijarse en que dice; "un año" no "en el año". No es una tirada en 2015 y otra en 2016, etc., sino un año entre una tirada y la siguiente.

Por Circular de la DGGC de 1996 y escritos de la ICAE de 2001 y 2002, se fueron dando criterios de la actividad deportiva mínima a exigir cada año de vigencia de la licencia F y que son UN (1) entrenamiento controlado o UNA (1) competición social, autonómica o nacional, siempre que sean certificadas por jueces árbitros federados.

Así pues, un federado puede renovar su licencia F de categoría 3ª, aportando un certificado oficial firmado por el Delegado de la Federación, de haber realizado en TRES (3) años solo 3 tiradas sociales, pero solo serán válidas siempre y cuando entre la fecha de expedición de la licencia que se renueva y la primera no haya pasado más de un año, ni entre la 1ª y la 2ª, ni la 2ª y 3ª.

Por ejemplo: si la fecha de emisión de la licencia es el 6/4/2013 y se ha realizado un entrenamiento controlado el 4/4/2014, otro entrenamiento controlado el 18/01/2015 y por ultimo otro entrenamiento controlado el 29/11/2015, siendo la fecha de solicitud de la renovación el 06/03/2016 todo estaría correcto.

Por el contrario si el primer entrenamiento controlado hubiera sido el 8/4/2014 en lugar del 4/4/2014 y los demás igual que constan en el ejemplo, ICAE denegaría la renovación de la licencia, porque entre 6/4/2013 y 8/4/2014, habría pasado más de un año sin acreditar actividad deportiva certificada por un juez árbitro federativo.

En este caso de denegación hay que volver a empezar de cero: prueba de obtención licencia F-3ª, solicitud de la licencia F, etc.

Hay tiradores que hacen muchas tiradas y entrenamientos controlados, pero no se preocupan de que entre dos de ellos no pase más de un año, y en este caso le será denegada la renovación de la licencia, aunque en el certificado tenga 100 tiradas, mientras que si renovarán otros que solo tengan 3 pero que, en ningún caso, hayan dejado pasar más de un año entre tirada y tirada certificada.

Los poseedores de licencia F-2ª o F-1ª, están obligados a que UNA (1) de esas competiciones certificadas en los 3 años de vigencia de la licencia sea Interprovincial o Nacional, respectivamente. Los sénior superando la puntuación exigida según la modalidad y los veteranos solo compitiendo, el resto pueden ser entrenamientos controlados.

En la Intervención de Armas van a revisar según lo expuesto y si hay solo 3 certificaciones correctas renovará, mientras que si hay muchas más pero no se ajustan a lo indicado NO RENOVARA.