Se publica en el BOE del 10 de Abril de 2013 el Real Decreto, 233/2013 de 5 de Abril, del PLAN ESTATAL DEL FOMENTO DE ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIONES URBANAS 2013-2016, donde se define y concreta el INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS (IEE), estableciendo su obligatoriedad y sus requisitos básicos;
Analizar el estado de conservación del edificio. Efectuando un reconocimiento de los edificios por el cual se puedan detectar síntomas patológicos, lesiones, fallos o incluso carencias de mantenimiento, que afecten al edificio inspeccionado y que no nos permitan alcanzar unas adecuadas condiciones de seguridad y de habitabilidad e incluso de ornato público. Debe ser favorable, aportando sino el compromiso de la realización de las obras necesarias para mantener o reponer las condiciones de seguridad y salubridad.
Informar sobre la accesibilidad del edificio. Se apreciará el cumplimiento de las condiciones de básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de las edificaciones, de acuerdo con la Normativa vigente, estableciendo si el edifico es susceptible o de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.
Incluir Certificado de Eficiencia Energética del Edificio. Con carácter meramente informativo.
El IEE sustituye al ITE (Informe Técnico del Edificio) u otro de naturaleza análoga existente en el municipio.
El primer Informe de Evaluación de Edificios debe realizarse, en el caso de Palencia, dentro del año siguiente a aquel en que el edificio cumpla 40 años, contados desde la fecha de la terminación total de su construcción u obras de rehabilitación integral que afecten a la totalidad del edificio. Tendrá una validez de 10 años.
El grupo de viviendas que ya han cumplido 40 años seguirán el siguiente calendario:
Anteriores a 1940 durante le año 2016.
Entre 1941 y 1950 durante el año 2017.
Entre 1951 y 1960 durante el año 2018.
Entre 1961 y 1970 durante el año 2019.
Entre 1971 y 1979 durante el año 2020.
El Informe debe realizarse siempre a través de un Técnico competente en Edificación, (arquitecto o arquitecto técnico).
Experiencia en la realización de ITE´s en la provincia de Valladolid.
En nuestro estudio estamos en posesión del título de Inspector Técnico de Edificios emitido por el ICCL (Instituto de la Construcción de Castilla y León) y del Programa Superior del Eficiencia Energética en la Edificación, emitido por Bureau Veritas Bussines School, que nos capacitan y cualifican para la realización del IEE.
Consultar Tarifas. (pinche para + información)