La Constitución de 1991 establece a Colombia como una República Unitaria que se divide administrativa y políticamente en 33 divisiones: 32 departamentos, los cuales son gobernados desde sus respectivas ciudades capitales, y Bogotá. Los departamentos forman regiones geográficas, culturales y económicas. En Colombia los recursos pasan de la nación al departamento y de este al municipio; a excepción de Bogotá, que como distrito capital, recibe directamente de la nación.
Adicionalmente, existen los distritos especiales y las áreas metropolitanas. Los primeros corresponden a municipios que se destacan de los demás por aspectos como su peso económico, político o poblacional, y los segundos corresponden a la integración subregional de las capitales departamentales. La soberanía recae sobre la Nación como unidad y, a su vez, Colombia posee una descentralización administrativa por medio de la cual gran parte de la administración del Estado se reparte entre los 32 departamentos y sus municipios.
Departamentos de Colombia
Historia territorial de Colombia y Cronología de la organización territorial de Colombia.
El origen de los departamentos colombianos se encuentra en la división político-administrativa de la Nueva Granada (hoy Colombia y Panamá), la cual se organizaba en provinciasque más o menos se correspondían territorialmente a los departamentos actuales. Con la constitución de 1858 el sistema político de la nación cambió al de una república federal, su nombre pasó a ser Estados Unidos de Colombia y las provincias fueron reemplazas por nueve estados soberanos (Antioquia, Bolívar, Boyacá, Cauca, Cundinamarca, Magdalena, Panamá, Santander y Tolima).
La constitución centralista de 1886 cambió el nombre del país de forma definitiva a República de Colombia y convirtió a los estados soberanos en departamentos. Con las reformas de 1905 y 1910 se dieron las pautas para escindir territorios de los distintos departamentos y formar nuevas entidades (departamentos, intendencias y comisarías). Con la nueva constitución de 1991, las intendencias y comisarías existentes fueron promovidas a departamentos.
Evolución de la subdivisión en departamentos de Colombia
1886
1905
1908
1912
1916
1928
1942
1958
1966
1990
Debe resaltarse que en Colombia, el poder legislativo es concentrado; esto es, solo el Congreso de la República puede legislar, en tanto los poderes ejecutivo y judicial sí tienen representantes en los Departamentos. Erróneamente se cree que las Asambleas Departamentales como los Concejos municipales son cuerpos legislativos, pero estas dos corporaciones públicas son órganos del poder ejecutivo y sus actos, denominados actos administrativos, si bien se constituyen en órdenes no son leyes.
Así las cosas, puede perfectamente afirmarse que el poder ejecutivo está a cargo de un gobernador, elegido por voto popular desde 1992, y que ejerce por un período de 4 años a partir de 2004. El gobernador nombra un gabinete compuesto por sus secretarios.
El poder legislativo está representado por las Asambleas Departamentales
El poder judicial está representado por los Tribunales Judiciales Departamentales (Superior del Distrito Judicial y Contencioso Administrativo).
Las Asambleas departamentales o sus miembros son elegidos por voto popular para el mismo período que el gobernador. La Asamblea cuenta entre 11 y 31 diputados de acuerdo a la población del departamento.
De acuerdo a recientes reformas constitucionales, dos o más departamentos pueden asociarse en regiones administrativas y de planificación.
Los departamentos se subdividen en municipios, cuya administración está a cargo de un alcalde y un concejo municipal elegidos por voto popular para un período igual que el de los dignatarios departamentales. Algunos departamentos con elevado número de municipios han optado por reconocer la existencia de provincias, distritos, regiones o subregiones, siendo estas un conjunto de municipios con afinidades culturales, geográficas o históricas, donde se localiza un centro urbano de mayor importancia como capital y desde allí funcionan instituciones locales con jurisdicción sobre los otros municipios. Estas agrupaciones sin embargo carecen de reconocimiento jurídico.
Los territorios indígenas en Colombia son creados de común acuerdo entre el gobierno y las comunidades indígenas. En casos donde los territorios indígenas abarcan más de un departamento o municipio, los gobiernos locales administran de forma conjunta con los consejos indígenas dichos territorios, tal como está establecido en los artículos 329 y 330 de la Constitución de Colombia. Igualmente los territorios indígenas pueden llegar a tener carácter de entidad territorial cuando cumplen los requisitos de la ley. Los territorios indígenas en Colombia se encuentran en mayor parte en los departamentos del Amazonas, Cauca, La Guajira, Guaviare y Vaupés.
El Decreto 1421 por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá enuncia que “De conformidad con lo dispuesto en el artículo 322 de la constitución política, la ciudad de Bogotá, capital de la República y del departamento de Cundinamarca, se organiza como distrito capital”.
Según el decreto “Las atribuciones administrativas que la Constitución y las leyes confieren a los departamentos se entienden otorgadas al Distrito Capital, en lo que fuere compatible con el régimen especial de este último. Las disposiciones de la Asamblea y de la Gobernación de Cundinamarca no rigen en el territorio del Distrito”, lo cual convierte a Bogotá en una entidad territorial de primer orden en Colombia.
El gobierno y la administración de Bogotá están a cargo de:
El Concejo Distrital (poder legislativo).
El Alcalde Mayor (poder ejecutivo).
El Tribunal Superior de Bogotá (poder judicial).
Bogotá se divide a su vez en localidades las cuales son controladas por:
Los Alcaldes y demás autoridades locales.
Departamentos de Colombia
Superficie(km²)
109 665
63 612
23 818
3 019
1 775
25 978
23 012
7 888
88 965
44 490
29 308
22 905
46 530
25 020
24 210
72 238
52 957
19 890
20 848
23 188
85 635
32 820
21 648
24 885
1 845
4 140
52
30 537
10 670
23 562
22 195
54 135
100 947
1 141 748
Población(hab)
74 541
6 456 207
262 315
2 461 001
7 878 783
2 097 086
1 276 367
988 003
477 619
356 438
1 379 070
1 028 880
500 076
1 709 603
2 680 041
40 203
107 934
1 154 804
957 814
1 259 667
961 292
1 744 275
1 355 723
345 204
565 266
951 945
76 442
2 061 095
851 526
1 408 274
4 613 377
42 817
68 575
47 121 089
0,680
101,49
11,01
815,17
4438,75
80,73
55,47
125,25
5,37
8,01
12,93
44,92
10,75
68,33
110,70
0,56
2,04
58,06
45,94
54,32
11,23
53,15
62,63
13,87
306,38
229,94
1 410,0
67,50
79,81
59,77
207,86
0,79
0,679
41,27
0,768
0,849
0,804
0,835
0,904
0,823
0,842
0,828
0,752
0,867
0,782
0,810
0,731
0,798
0,837
0,768
0,768
0,807
0,691
0,785
0,822
0,773
0,799
0,759
0,832
0,839
0,834
0,879
0,775
0,804
0,861
0,768
0,768
0,840
Fecha de creación
1928—1991
1856—1886
1911 — 1991
1905
1538 — 1954
1857 — 1886
1857 — 1886
1905
1909 — 1991
1973 — 1991
1857 — 1886
1967
1906
1952
1857 — 1886
1963 — 1991
1977 — 1991
1905
1898
1857 — 1886
1905
1904
1910
1905 — 1991
1966
1966
1912 — 1991
1857 — 1886
1966
1861 — 1886
1910
1910 — 1991
1913 — 1991
1810
Como entidad administrativa-territorial separada de otras
Nuevo departamento de Colombia, (Constitución política de Colombia de 1991)
Como Estado Soberano de los Estados Unidos de Colombia «Constitución política de los Estados Unidos de Colombia de 1863». Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Consultado el 20 de julio de 2011.
Como Departamento de la República de Colombia «Constitución política de la República de Colombia de 1886». Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes. Consultado el 20 de julio de 2011.
Incluyendo a Bogotá