PROTECCIÓN DE DATOS

RGPD 2016/ 679 Y LOPD-GDD 3/2018

EL SERVICIO DE ADAPTACIÓN AL NUEVO REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS INCLUYE:

    1. Análisis de los Riesgos derivados del tratamiento de los datos y Diseño del Registro de Actividades de Tratamiento.

    2. Valoración de si los tratamientos requieren realizar una evaluación de impacto (EIPD).

    3. Revisar medidas de seguridad a la luz de los resultados del análisis de riesgos.

    4. Identificar las finalidades del tratamiento y su base jurídica.

    5. El Documento de Seguridad se entrega personalizado a nombre del responsable.

    6. Diseño y redacción de los contratos, formularios y cláusulas legales relativas a la política de protección de datos de carácter personal. Adaptación de contratos y de Política de Privacidad.

    7. Política de Protección de datos y de la LSSI-CE a incluir en su página web, tienda online, mail, formularios... Incluyendo la Política de Cookies.

    8. Glosario con los términos más utilizados. Resumen del Documento de Seguridad.

    9. Cartel de entidad adaptada al RGPD. Cartel de Zona Videovigilada.

    10. Redacción de los mecanismos y procedimientos de notificación de Brechas de Seguridad.

    11. Y una vez Finalizado el proceso de Adaptación al RGPD y a la LOPD-GDD podrán continuar realizando SUS CONSULTAS SIN COSTE AÑADIDO (durante 1 año).

Toda la Documentación se entrega Personalizada a Nombre del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO.

PRESUPUESTO

https://sites.google.com/site/megamailconsultores/proteccion-de-datos-3/presupuesto/LOPDPresencialpor250%E2%82%AC%2Biva.pdf?attredirects=0

Se abre en una nueva ventana

Marco Legal

► Desde el 25 de Mayo de 2016 el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

► Desde el 5 de Diciembre de 2018 la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD-GDD).

¿Qué establece?

► Que se deberán adoptar todas las medidas de índole TÉCNICA Y ORGANIZATIVA que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal.

¿Puedo subvencionar parte del coste de la LOPD a cargo de las cuotas de la Seguridad Social de mis trabajadores?

No es posible, siendo constitutivo de fraude tal y como establece la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo

¿Para quién es obligatorio su cumplimiento?

► Para todas las empresas, profesionales y entidades públicas o privadas.

¿En España quién es la encargada de velar por su cumplimiento?

► La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

¿Qué sanciones se establecen?

► Las sanciones establecidas en el RGPD y en la LOPD-GDD pueden ascender en los casos más graves a multas de hasta 20 millones de euros o el 4% de la facturación global anual optándose por la de mayor cuantía.

¿Qué novedades incorpora el RGPD?

► El Registro de Actividades de Tratamiento.

► Las Evaluaciones de Impacto (EIPD).

► El análisis de Riesgos

► El deber de comunicar las incidencias más importantes a la AEPD en un plazo no superior a las 72 horas

► La figura del Delegado de Protección de datos y la obligación de comunicar su designación a la AEPD.