La información que damos a continuación, procede en gran parte de la web del Instituto Astrofísico de Canarias ( http://www.uco.es/), “Proyecto Cielo Oscuro”.
Según la ITC-EA-03, la contaminación lumínica es el brillo o resplandor del cielo nocturno, producido por la reflexión y la difusión de la luz artificial sobre los gases, aerosoles y partículas de la troposfera o biosfera cercana.
Este resplandor, que se escapa de las instalaciones de alumbrado exterior, bien sea por emisión directa hacia el cielo, o reflejada por las superficies iluminadas, produce un incremento del brillo del fondo natural del cielo, que impide ver los objetos celestes con brillo similar o inferior al del fondo, siendo desgraciadamente un fenómeno que acompaña y se amplifica con el desarrollo de grandes núcleos urbanos. No es raro, que personas acostumbradas a vivir en las grandes ciudades, se puedan sorprender al contemplar el cielo estrellado, cuando se producen ceros eléctricos, como el ocurrido el otoño del 2.002 en la ciudad de Nueva YorK, donde muchos de sus ciudadanos contemplaron asombrados el cielo plagado de estrellas que tenían sobre sus cabezas, que antes no habían visto. La contaminación lumínica convierte lo natural en extraordinario.
Un alumbrado mal diseñado, con luminarias y lámparas poco adecuadas o mal dirigidas (emitiendo luz a más de 20º de inclinación sobre el horizonte), o con excesivo nivel de iluminación, produce contaminación lumínica.
En la tabla 1 de la ITC-EA-03, se clasifican las diferentes zonas en función de su protección contra la contaminación lumínica, según el tipo de actividad a desarrollar en cada una de las zonas:
La contaminación lumínica perturba nuestro estado de ánimo, porque nos aparta de la realidad, al no permitirnos contemplar el cielo que de noche nos abraza, y nos genera estrés y deslumbramientos que ocasionan inseguridad e induce al vandalismo. Además, es sinónimo de despilfarro de energía.
En algunos lugares llamados “cielos protegidos”, cercanos a observatorios astronómicos, provocar contaminación lumínica innecesaria, significa también incurrir en un infracción administrativa, porque existen en nuestro País, leyes y decretos que cuidan dichos entornos, como la “ley 31/98, el RD 243/92, y el RD 1.890/2008, que protegen los Observatorios Astronómicos de Canarias, para compatibilizar la ciencia de la Astronomía con las necesidades humanas de un alumbrado público que genere seguridad y confort a los usuarios, y buscan una mayor eficiencia en las instalaciones de alumbrado.
Recordamos que la UAI (Unión Astronómica Internacional), indica que un observatorio Astronómico de elevada calidad no debe superar el 10 % de incremento de brillo del fondo del cielo a 45º sobre el horizonte, medido en el rango visible del espectro.
Tenemos en ello, varios referentes:
El primero en USA http://observatorio.info/2008/04/un-cielo-nocturno-protegido-sobre-flagstaff/
En España, es cada vez mayor la preocupación de instituciones y ciudadanos por este tema.
Ya hace años el Instituto de Astrofísica de Canarias, llevó adelante un proyecto llamado "Cielo Oscuro", que luego fue copiado por otros observatorios Astronómicos a nivel mundial, como el de Chile, y a raíz de ello se promulgó la “ley 31/98 y el RD 243/92, antes citados, que protegen los Observatorios Astronómicos como el de Canarias, para compatibilizar la ciencia de la Astronomía con las necesidades humanas de un alumbrado público que genere seguridad y confort a los usuarios.
Lentamente se han conseguido avances, gracias a la implicación tanto de instituciones universitarias y autonómicas como a la sensibilización ciudadana cada vez más creciente. Por ejemplo la Universidad Jaime I en el año 2002, publicó un manifiesto en defensa del cielo oscuro, y para la lucha contra el despilfarro y derroche energético y por un crecimiento sostenible:http://www.faktoriaweb.net/sacastello/descargas/documentos/manifiesto_cielo_oscuro.pdf acompañando dicho manifiesto de imágenes espectaculares que puedes ver en el link.
Del 19 al 20 de Abril de 2.007, se celebró en la isla de la Palma, una conferencia internacional, en defensa del cielo nocturno y el derecho a observar, que fue la base para que nuestro Ministerio del Medioambiente volviese a retomar el tema del que hablamos, y se promulgase posteriormente la ley 31/98 del 31 de octubre de 2.007 sobre la protección de la calidad astronómica de los observatorios del IAC. Pero ya antes y para el tema del alumbrado público, tenemos la Ley 34/2007 (BOE 16/11/07), en concreto, su disposición adicional cuarta, para que las administraciones promuevan medidas para prevenir y reducir la contaminación lumínica. En mi Comunidad (Andalucía), se ha promulgado una Ley que sigue por este camino, como puedes ver en este blog dedicado a este tema: http://luminica.blogspot.com/2007/07/andaluca-protege-su-cielo.html.
No obstante, al ciudadano de la calle, le afecta la contaminación de su entorno, y tienen para luchar contra la misma, que entrar en juego las corporaciones locales, estableciendo unas ordenanzas municipales, que disminuyan la contaminación lumínica y promuevan medidas para una gestión más eficiente y menos derrochadora de la energía. El referente lo establece el IDAE (Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía), que ha elaborado una propuesta de Ordenanza Tipo Municipal, animando a los ayuntamientos a seguirla, y poderse acoger así al "Programa Europeo Green Light" que por cierto conecta con el Protocolo de Kyoto (emitimos menos GEI ó gases de efecto invernadero).
La verdad es que como podemos ver, se ha empezado a trazar el camino correcto, pero mientras no sea de obligado cumplimiento y sancionable (aumenta la concienciación ciudadana y empiezan a producirse denuncias de los ciudadanos), no veremos los resultados, y sucederán cosas muy frecuentes de ver: zonas demasiado iluminadas frente a otras a oscuras. Increíble!! Todavía la mayor parte de los ayuntamientos, no se toman en serio este tema, ni siquiera en zonas de reciente urbanización, o en proyectos de mejora. Pero cada vez son más los ayuntamientos como el de Elche, que han adoptado medidas que han supuesto que el consumo de energía en alumbrado público bajase ostensiblemente (en el de Elche, se bajó a 56 Kwh por habitante, frente a los 78 Kwh de la media nacional, ahorrándose 98.000 € en el año pasado, en la factura de la luz).
En este enlace podéis ver el informe sobre el impacto medioambiental que genera la contaminación lumínica, elaborado a raíz de una queja que la propia oficina ejerció de oficio (02/3225), con fecha 7 de Agosto de 2002, ante los 18 Ayuntamientos andaluces de más de 50.000 habitantes, y ante la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía para determinar la situación actual y las previsiones del citado Departamento, sobre la normativa autonómica reguladora de la eficiencia energética en el empleo de energía eléctrica para los alumbrados públicos y, que sirva a modo de directriz o normativa marco para que las Administraciones Locales aprueben ordenanzas que aseguren un mayor y más adecuado ahorro en el consumo de energía eléctrica de los alumbrados de las vías y espacios públicos y, por ende, además, se pueda reducir la contaminación lumínica que la iluminación exterior de las ciudades más importante de nuestra geografía genera. En cierto modo supongo es uno de los numerosos antecedentes de la actual Reglamento de la Eficiencia Energética en el Alumbrado Exterior.
Actualmente hay aprobado un Plan de Acción de Ahorro y Eficiencia Energética impulsado por el Ministerio de Industria, en el marco de la Estrategia de Ahorro Y Eficiencia Energética en España para el periodo 2008-2012, que según parece va viento en popa, pero las grandes ciudades de España, a día de hoy siguen siendo campeonas en el derroche de la luz, estando bastante alejadas del promedio de los 75 KWh/persona, consumo propuesto como objetivo (http://www.elpais.com/articulo/Comunidad/Valenciana/Valencia/capital/europea/contaminacion/luminica/elpepiespval/20090510elpval_2/Tes), a pesar de que se ha aprobado un RD de alumbrado exterior en noviembre de 2008 que obliga a la instalación de lámparas de mayor eficiencia (RD 1890/2008, de 14 de noviembre de 2008).
El nuevo Reglamento de Eficiencia Energética en Instalaciones de Alumbrado Exterior, (Real Decreto 1890/2008 del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio,) nos indica que con el fin de limitar el resplandor luminoso nocturno y reducir la luz intrusa molesta, las instalaciones de alumbrado exterior se ajustarán a los requisitos establecidos en la ITC-EA-03. Para aplicar dicha instrucción, lo primero que deberemos saber e en qué zona de protección está encuadrada nuestra instalación de alumbrado. Hay 4 zonas, siendo la E1 la más restrictiva (observatorios astronómicos, parques nacionales, zonas de avifauna etc.) a la E4, donde a día de hoy la contaminación lumínica es alta (centros urbanos, comerciales y de ocio, con alta actividad incluso de madrugada. Después deberemos cumplir en cada zona con la limitación del flujo hemisférico superior citados en la tabla 2 de dicha instrucción, a la par que los niveles de iluminación estén en los valores establecidos en la ITC-EA-02, e incluso con los valores mínimos de los factores de utilización y mantenimiento de la ITC-EA-04. La zona E1 requerirá lámparas de VSAP, a día de hoy las más eficientes. Deberemos de dirigir e iluminar sólo la zona de estudio. Es aconsejable a mi juicio no abusar de la altura en los báculos. Menor interdistancia y menor potencia en las lámparas con menor altura de báculo, mejora los factores de uniformidad, aunque debamos pagar mayor precio, pero reduciremos así la contaminación lumínica. Podremos cumplir de esta forma con los requisitos de limitación de la luz intrusiva molesta de nuestra instalación de alumbrado (tabla 3 de la ITC-EA-03).
También es bueno en el diseño tener en cuenta las recomendaciones que nos hace sobre el tema del diseño, el Instituto de Astrofísica de Canarias:
http://www.iac.es/proyecto/otpc/listados.pdf
http://www.iac.es/proyecto/otpc/listados.pdf
Mapas de contaminación lumínica.
Actualmente uno de los satélites que mejor información aporta para ello a una escala regional, si queremos obtener mapas de contaminación lumínica, es el sensor OLS (Operational Linescan System). Este sensor pertenece al programa DMSP (Defense Meteorological Satellite Program) de la NOAA (National Oceanic & Atmospheric Administration). El instrumento OLS capta imágenes tanto en el espectro visible como en el térmico del infrarrojo proporcionando así en las imágenes captadas en pasos nocturnos información de la luz emitida desde la superficie de la Tierra además de datos térmicos de la misma.
Otros datos de interés:
Mapa donde observamos como la contaminación lumínica nos impide observar las estrellas:
Fuente: http://www.lightpollution.it/
http://www.lightpollution.it/dmsp/index.htmlhttp://www.lightpollution.it/dmsp/index.html
Programa de la NASA sobre como afecta la contaminación lumínica a los ecosistemas:
Software para el análisis de la contaminación lumínica viaria:
Esta web, de la asociación CELFOSC, contra la Contaminación Lumínica, nos ofrece interesante información sobre la contaminación lumínica, y podemos consultar en ella, las normativas legales de nuestro País, por comunidad autónoma:
http://www.celfosc.org/biblio/legal/index.htmlhttp://www.celfosc.org/biblio/legal/index.html
Alcado