MIEMBROS, NATURALEZA Y REGIMEN LEGAL. OBJETO Y FINALIDAD
Miembros.
La Entidad Urbanística de Conservación del Pueblo 2 del Plan Parcial Latas perteneciente al P.G.O.U. de Sabiñanigo, se constituye el 22 de diciembre de 2009 sustituyendo en las tareas de mantenimiento y conservación, a efectos de gestión, al propietario único del sector Latas.
La Entidad está compuesta por todos los propietarios de parcelas, edificaciones residenciales actuales y futuras, instalaciones o edificaciones no residenciales, etc integrantes todas del complejo residencial que conforma el Pueblo 2 del mencionado Plan Parcial.
Naturaleza y Régimen Legal.
1. La entidad tiene naturaleza administrativa, personalidad jurídica propia y plena capacidad legal para el cumplimiento de sus fines desde que se proceda a su inscripción en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de Huesca.
2. La entidad se regirá por lo dispuesto en la Ley 5/1999, de 25 de Marzo, Urbanística de Aragón y el Reglamento de desarrollo Parcial de la Ley 5/1999, de 25 de Marzo, Urbanística, en materia de Organización, Planeamiento Urbanístico y Régimen Especial de Pequeños Municipios ( Decreto 52/2002, de 19 de Febrero), por lo dispuesto en la Ley 6/1998 sobre Régimen del Suelo y Valoraciones, en el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana de 1992 en lo no derogado, por el Texto Refundido de la Ley del Suelo de 1976 y por el Reglamento de Gestión Urbanística de 25 de Agosto de 1978 así como por lo dispuesto en los presentes estatutos o normativa que la sustituya.
Objeto y Finalidad.
La Entidad tiene por objeto y finalidad atender la conservación, administración y mantenimiento de las obras de urbanización, como elementos de dominio y uso público, que se ubican dentro de la delimitación del Pueblo 2 así como los espacios libres de uso y dominio público previstos en el planeamiento urbanístico definitivamente aprobado y que se ubican, igualmente, dentro de la delimitación del mencionado Pueblo a esos efectos.
OBLIGACIONES DE MANTENIMIENTO Y CONSERVACION
RED VIARIA LOCAL ( Tráfico rodado, peatonal, paseos y aparcamientos no excluidos)
Su mantenimiento corresponderá a la Entidad de Conservación del Pueblo 2 dentro del ámbito de su delimitación efectuando el adecuado mantenimiento de espacios pavimentados y asfaltados así como la reparación de los desperfectos que se pudieran ocasionar.
El Ayuntamiento de Sabiñanigo participara en la conservación de dichas zonas en aplicación de los protocolos de actuación para los perjuicios que se puedan causar por nevadas o fuertes heladas en época invernal en carreteras o vías de propiedad local, destinando la maquinaria y materiales adecuados para que dicha red sea transitable.
RED DE ABASTECIMIENTO, SANEAMIENTO Y DEPURACIÓN.
Su mantenimiento íntegro (Bombeo, impulsión, distribución, depósito, saneamiento y depuración) corresponderá al Excelentísimo Ayuntamiento de Sabiñánigo en tanto emite el cobro del servicio exceptuándose, de esta obligación, toda la gestión de captación y riego propio del campo de golf.
RED ELECTRICA DE MEDIA Y BAJA TENSIÓN Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN.
Su mantenimiento y conservación corresponderá a la Compañía suministradora denominada ENDESA una vez dicha red ha sido convenientemente cedida a la misma.
RED TELEFÓNICA.
Su mantenimiento y conservación corresponderá a la Compañía suministradora denominada AUNA una vez dicha red ha sido convenientemente cedida a la misma.
RED DE GAS.
Su mantenimiento y conservación corresponderá a la Compañía suministradora denominada REPSOL una vez dicha red ha sido convenientemente cedida a la misma.
RED DE ALUMBRADO PÚBLICO.
Su mantenimiento corresponderá a la Entidad de Conservación del Pueblo 2 dentro del ámbito de su delimitación, sin perjuicio de que ésta contrate con empresa especializada, correspondiéndole la reparación de la misma y la vigilancia de su correcto funcionamiento.
ESPACIOS LIBRES DE USO Y DOMINIO PÚBLICO.
Su mantenimiento corresponderá a la Entidad de Conservación del Pueblo 2 dentro del ámbito de su delimitación, sin perjuicio de que ésta contrate con empresa especializada, comprendiendo el riego y labores de mantenimiento y conservación en los espacios destinados a parques y jardines y de vigilancia del buen uso del resto de espacios libres comprendidos ( espacios libres de urbanización blanda y conservación natural) debiéndose efectuar, cuando así convenga, labores puntuales de limpieza.
Quedan excluidas de las obligaciones de mantenimiento y conservación del Pueblo 2 las labores de vigilancia y mantenimiento puntual de los espacios libres de borde del Golf que correrán con cargo exclusivo al mismo de acuerdo a la delimitación gráfica adjunta.
Quedan excluidos del marco de las obligaciones de la Entidad Urbanística de Conservación por cuanto no son compatibles con las obligaciones de mantenimiento y conservación,
El tramo de vial principal comprendido entre el límite del Sector (Entrada principal) y el inicio del Pueblo 2 así como las redes incluidas en él y las zonas de aparcamiento en superficie anexas, como se delimita en el plano adjunto a los presentes Estatutos, incluido el denominado Parque Lineal paralelo a dicho vial principal, zonas que asume en exclusiva el Ayuntamiento de Sabiñánigo.
De igual forma quedarán excluidas las parcelas de equipamiento de reserva y socioculturales propiedad del Ayuntamiento al igual que las zonas de aparcamiento de titularidad municipal.
Del mismo modo el Ayuntamiento asume el compromiso de conservar en perfecto estado de utilización la red viaria y peatonal del Pueblo 2 y mantener y conservar las zonas excluidas (entendidas como aquellas que asume expresamente el Ayuntamiento) en épocas de invierno disponiendo, de acuerdo a los protocolos de actuación previstos en esas fechas, de la maquinaria y materiales necesarios en las zonas afectadas dentro de la delimitación.
Igualmente queda excluida de la obligación de mantenimiento y conservación de los propietarios del pueblo 2, las zonas asumidas de forma exclusiva por el campo de golf y que son todas las zonas de borde al mismo y parte del sistema general de espacios libres cuya delimitación termina justo al inicio del denominado Parque Lineal cuya conservación asume el Excelentísimo Ayuntamiento de Sabiñánigo junto con el vial principal.
Dentro de la parte de Sistema General de Espacios Libres asumido por el Campo de Golf, la totalidad del Pueblo 2, participara en los costes derivados de la red de riego y alumbrado público que en ese espacio se ubica al formar parte integrante de la totalidad de la red del Pueblo 2.
Igualmente queda excluida de la obligación de mantenimiento y conservación de la Entidad del Pueblo 2 la recogida de residuos urbanos, por el que corresponderá el pago por cada vivienda de la correspondiente tasa, así como el ejercicio de las labores de policía que asumirá, de forma exclusiva, el Órgano de control