Decreto 43/2016, de 30/08/2016 para ayuda en especie para el uso de materiales curriculares destinada al alumnado de 1º y 2º de Educación Primaria

Post date: 02-Sep-2016 11:02:16

Publicado el Decreto 43/2016, de 30/08/2016, por el que se regula la concesión directa, con carácter excepcional, de una ayuda en especie para el uso de materiales curriculares destinada al alumnado de 1º y 2º de Educación Primaria de Castilla-La Mancha, que por circunstancias socioeconómicas o por motivos familiares se encuentre en situación de emergencia social o económica desfavorecida para el curso 2016/2017. Extracto BDNS (Identif.): 315969. [2016/9330]

Se trata de una ayuda en especie mediante la que el centro escolar adquiere los materiales curriculares para los beneficiarios por un máximo de 90 €, haciéndoselos llegar a los beneficiarios.

Se adjunta el Decreto en la parte de abajo.

Como resumen decir que:

- Las familias entregarán la solicitud en papel (Anexo I) en la secretaría del centro escolar, junto con la documentación acreditativa de la renta de la unidad familiar (hasta el 15 de septiembre)

- El Consejo Escolar del centro evaluará estas solicitudes y la documentación aportada, elaborando un listado de solicitudes presentadas y una propuesta de beneficiarios que cumplan los criterios de renta.

- El centro adquirirá los materiales curriculares necesarios para los beneficiarios propuestos y hacerles entrega de los mismos en base a la propuesta del Consejo Escolar.

- Requisitos de los beneficiarios:

a) Estar matriculados en el curso 2016/2017 en las enseñanzas de 1º y 2º de educación primaria en centros docentes públicos y privado-concertados de Castilla-La Mancha.

b) Tener un nivel de renta familiar igual o inferior al establecido en el cuadro que aparece en el Artículo 4, punto 1, letra b del Decreto 43/2016 de 30 de agosto.

- Documentación a presentar:

a) Solicitud en papel debidamente cumplimentada y firmada por ambos padres (Anexo I). Si solo la puede firmar un solo progenitor, presentar declaración responsable con la documentación justificativa según el caso.

b) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI), del Número de Identificación de Extranjeros (NIE) o de la tarjeta de residencia en vigor, en su caso, de cada uno de los miembros computables de la familia.

c) Declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2015 o, en su caso, certificación de ingresos obtenidos por el padre, la madre o tutor/a legal durante el ejercicio 2015 emitido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria u organismo tributario competente.

- Si no se presentó declaración de la renta 2015 por no estar obligado a ello, se aportará documentación justificativa de los ingresos obtenidos en 2015 (certificados de empresa, informe de Servicios Sociales sobre los ingresos estimados, nóminas, etc.)

- Si no se ha obtenido ningún ingreso en 2015 deberá aportarse declaración responsable en este sentido (y acreditarse mediante informe de Servicios Sociales, informe de vida laboral negativo de la Seguridad Social etc.).

La falta de justificación del nivel de renta de la unidad familiar supondrá la exclusión del solicitante del procedimiento, no pudiendo ser beneficiario de la ayuda.

En cuanto a situaciones en los que las familias hayan comprado por su cuenta los libros antes de la resolución definitiva, y al final resulten como CONCEDIDAS, deberán comunicarlo a la hora de hacer la solicitud, y en estos casos se verá la posibilidad de que el centro compre los libros a los padres mediante la presentación de la correspondiente factura formal.