SEGÚN EL DE REGLAMENTO DE ESTUDIOS DE PREGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA DE LA FUERZA ARMADA NACIONAL (REP)
Artículo 26. Las Prácticas Profesionales son unidades curriculares obligatorias, requisito de egreso dentro del plan de estudios de las carreras que así lo contemplen; serán realizadas en los órganos y entes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana e instituciones públicas prioritariamente, y en aquellas instituciones que el estudiante seleccione, previa autorización del consejo de núcleo. Todo lo relativo a su desarrollo será establecido en la normativa interna que a dicho efecto dicte el Consejo Universitario.