Plazo para reportar incapacidades o licencias: Deben ser reportadas máximo dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de expedición. (En caso de hospitalización, el certificado de incapacidad debe contener una anotación que justifique la diferencia entre la fecha de expedición y la fecha de inicio.)
Este es el único link autorizado para el cargue de documentos que justifiquen ausencias por incapacidad o licencia médica:
Requisitos de los documentos: Deben ser cargados de forma completa, clara y legible. (formato sugerido PDF)
Plazo para la radicación formal ante la EPS: Máximo 15 días calendario después de la expedición de los documentos de incapacidad (Excepto si el documento fue emitido en formato único de la EPS.)
Nota importante:
Si el trabajador no cuenta con todos los documentos en el momento (por ejemplo, falta del FURIPS en caso de accidente de tránsito), de todas formas, debe diligenciar el formulario en el link anterior.
Esto es crucial para dejar evidencia del reporte dentro del plazo, debido a que, de no cumplirse, la EPS podría rechazar el trámite y, por ende, no realizar el pago al trabajador.
En caso de dudas o para evitar brindar información incorrecta a los trabajadores, pueden contactarse directamente al 3174289314.