¿Deben ir las recetas GES y no GES por separado?
Sí, las recetas consideradas en la canasta de la patología deben ir en 1 o 2 recetas, las cuales deben indicar en su parte superior "GES". Si la condición clínica del paciente requiere de algún fármaco extra canasta, este debe ir en una receta aparte indicando en su parte superior "NO GES". Indicar al paciente la razón por la que se le recetan medicamentos no garantizados por GES.
¿Cómo se qué cubre la canasta GES?
En este archivo encontrará la pestaña "Listado de patologías convenidas", desde allí, puede acceder pinchando el icono o bien la patología. Esto lo llevara automáticamente al detalle de la patología en cuestión, pudiendo acceder a la canasta correspondiente según la etapa del paciente.
¿Qué hago si el paciente debe ser visto por el especialista?
Revisar si la patología tiene canasta de nivel especialidad, y hacerle un documento al paciente para que lo lleve a la Isapre para que le activen esa canasta y el paciente pueda comprar bonos con el especialista correspondiente
¿Cómo paga la consulta el paciente?
El paciente debe llevar el bono comprado desde la sucursal virtual o desde la Isapre y validarlo al llegar al CMD
¿Cómo se hace para la bonificación de medicamentos?
La primera vez que se entrega una receta GES, el paciente debe ir a validar la activación de la canasta, lo mismo en caso de que lo cambien de etapa. Luego el paciente sólo va a la farmacia en convenio a retirar sus medicamentos. Si se hace cambio de medicamento, de la misma canasta, no es necesario volver a la Isapre, se va directo a la farmacia.
¿Cómo se qué médicos son GES y cómo lo hace el paciente para tomar la hora?
La hora debe ser tomada por el callcenter o mesón de cada centro médico , ellos disponen del listado de profesionales habilitados actualmente en cada centro médico.
¿Qué hago si un paciente rechaza firmar la notificación?
Se debe dejar registro en Ficha clínica.
¿Qué hago si un paciente, una vez explicadas las garantías a las que tiene derecho, dice que no quiere atenderse por GES?
Le entrego de igual manera la notificación, le pido que la firme, y le indico que no es obligatorio que la presente en su asegurador.
¿Puede un paciente elegir algunas prestaciones por GES y otras con su plan de salud?
Sí, un paciente puede escoger sólo algunas prestaciones del total de las que tiene garantizadas para su patología.
¿Qué hago si un paciente tiene dudas respecto a si ya se le notificó una patología, y no encuentro notificación en la ficha ?
Lo notifico.
¿Qué debe llevar la receta cuando a un paciente le indico Insulina?
a.- Monitor 1 por una vez (Indicar modelo o “modelo según disponibilidad”)
b.- Lancetas según monitor (indicar cantidad diaria)
c.- Cintas reactivas según monitor (indicar cantidad diaria)
d.- Insulina
Indicar si es lápiz o frasco ampolla. (Preferir uso de lápiz)
Dosis (en caso de insulinas según esquema indicar una dosis diaria aproximada)
e.- Aguja 4 o 5mm el número de agujas necesarias por día (1 aguja por punción)
f.- Jeringas insulina (en caso de que el paciente utilice frasco ampolla)
Siempre indicar el tiempo de vigencia de la receta si es a permanencia y que se trata de una receta GES
¿Si paciente me indica que tiene una patología GES y se atiende en consultorio e indica que está notificado, lo debemos notificar nuevamente o consigno en ficha notificada en CESFAM?
Si el paciente tiene la seguridad que ya fue notificado por esa patología, debemos consignar en ficha : paciente notificado en x lugar, con fecha x. Si el paciente no tiene el 100 % de seguridad lo volvemos a notificar.
¿El paciente debe tomar una hora médica por cada patología GES?
Sí, el paciente debe tomar una hora por cada patología.
En caso de que paciente toma 1 hora de patología GES y viene por más de un GES, ¿qué debo hacer?
Si el paciente refiere más de una patología al estar atendiéndose en la consulta, el médico le debe e explicar que para tener una completa y adecuada atención debe tomar una hora por cada patología. Además recalcar que el GES le garantiza atención por cada una de sus enfermedades garantizadas.
Si el paciente refiere haber sido notificado en otra institución y en RedSalud no tiene notificaciones GES, ¿se notifica?
Al igual que en la pregunta N° 12, si tiene 100% de seguridad de haber sido notificado, consignar en ficha, lugar y fecha de notificación.. Si existe una mínima duda, notificar.
¿Se debe notificar cada patología por cada institución de salud?
Si un paciente llega notificado por confirmación diagnóstica desde otra institución, y es la primera vez que viene con nosotros porque somos su prestador GES, debemos notificar "en tratamiento" para que el paciente se dirija a su Isapre y le sea abierta la canasta correspondiente con la que podrá adquirir sus medicamentos y/o bonos de exámenes solicitados con los beneficios de GES. Si la patología comienza en tratamiento y viene desde otro prestador no es necesario que vaya a la Isapre con la nueva notificación de tratamiento. Debemos entregar la receta para y orden de examen si procede.
Al momento de notificar, ¿dónde debo dejar la notificación?
La notificación debe dejarla donde le indique la dirección médica de su centro.
¿Qué hago si me doy cuenta de que el paciente no firmó la notificación o hay datos erróneos?
Esta situación no debería ocurrir, ya que antes de imprimir la notificación, debo corroborar que la información del paciente sea la correcta y debe firmarla una vez que le he explicado sus garantías, para indicar que tomó conocimiento. Si aun así ocurriera, deben seguir las indicaciones que determine la dirección médica en estos casos.
¿Qué hacer si el sistema no asocia la patología automáticamente como el cáncer de mama o cervicouterino?
Esta situación debe reportarse al área USI ( marcela.salomo@redsalud.cl , robinsondiaz@redsalud.cl), para gestionar con el área pertinente la incorporación del diagnóstico no asociado a la patología. Frente a la imposibilidad de notificar por sistema de Ficha, debemos notificar de manera manual en formulario físico que debe estar disponible en el box.
¿Cuándo puedo utilizar formularios manuales de notificación GES?
El formulario manual debe utilizarse siempre que el sistema no nos de la posibilidad de hacerlo (caída del sistema, falla de la impresora, diagnóstico no asociado,etc.) Es importante que dejemos registro en la ficha que el paciente fue notificado manualmente.
¿Cómo se si están actualizadas las canastas?
Los vademécum publicados en la FCE, en el costado superior derecho (vademacum- guías), corresponden a la última versión entregada . Se reemplazan frente a cada nueva entrega por parte del asegurador , y quedan con la fecha en que fueron cargados en la ficha.
¿Puedo notificar por I Med?
Actualmente no tenemos habilitada esta posibilidad.
En caso de cambiar la etapa de paciente, ¿qué debo hacer?
Debo indicar el cambio, mediante un certificado escrito en formato receta con la identificación del paciente y el nombre de la nueva etapa, con nombre y firma del médico , para que el paciente lo presente en su asegurador y le sea abierta la canasta correspondiente. También se acepta la derivación a especialista para abrir la canasta de especialidad.
¿Qué exige la ley que debo notificar, por ejemplo las sospechas GES se notifican y se fiscalizan?
La ley nos indica que debemos notificar confirmación diagnóstica, mediante el formulario único de notificación, el cual debe mantenerse en nuestras dependencias en caso de ser solicitado en una fiscalización. Si sospechamos que podría tener una patología GES, y ésta tiene garantizada canasta de sospecha, es nuestra obligación informarle, y entregarle esta información por escrito en una receta o certificado, con la identificación del paciente, y la indicación "sospecha de ...." , registrando en ficha, para que pueda presentarla en su Isapre y pueda acceder a las prestaciones para descartar o confirmar el diagnóstico. Esto tiene un plazo, llamado garantía de oportunidad que podría ser fiscalizado. Hasta la fecha no hemos sido fiscalizado por sospecha, pero la Superintendencia tiene facultades para hacerlo. Es importante que si se descarta el diagnóstico se le entregue esta información por escrito al paciente para que pueda presentarla en su Isapre, y además dejar registro en ficha.
La ficha actual ( FCE) tiene la opción de elegir sospecha antes de imprimir, y nos entrega un documento en el formato de formulario único de notificación, pre llenado con los datos del paciente, en este podemos escribir manualmente sospecha, para que sea presentada en la Isapre.
¿Existen beneficios a los pacientes solo por sospecha diagnóstica?
Sí, las patologías que tienen la canasta de sospecha ( Diagnóstico), garantizan atenciones para descartar o confirmar la patología, y una consulta médica para revisar estos exámenes.
¿ Qué pasa si al revisar los exámenes y/o procedimientos descarto el diagnóstico GES?
En caso de descartar el diagnóstico, además de registrar en ficha, debo entregar un informe al paciente, en donde se indique que se descarta el diagnóstico x, para que lo presente en la Isapre.
¿Las Isapres se basan únicamente en las guías GES ministeriales?
Las Isapres, se basan en la normativa actual vigente ( decreto 22 MINSAL ).
¿Existe un tiempo definido por ISAPRES respecto a cuanto debe durar una atención GES?
No. Las Isapres no nos dan ese tipo de directrices.
En caso de que a paciente en farmacia le digan que yo no soy prestador GES, ¿Qué debo hacer?
Debes reportar al área USI vía mail ( marcela.salomo@redsalud.cl y robinson.diaz@redsalud.cl), indicando nombre y RUT del paciente; la patología por la cuál se le extendió la receta y los medicamentos recetados. Es importante que lo recetado se encuentre en el Vademécum GES de la Isapre del paciente. Además debe ir la identificación del profesional que extendió la receta, con nombre y RUT.
¿Qué debo hacer para descartar una patología GES ya notificada?
En caso de descartar una patología GES ya notificada, debo enviar un informe breve a la Isapre indicando cierre de GES, con el argumento médico.
Para agregar o disminuir patologías GES que veo, ¿qué debo hacer?
Para atender nuevas patologías debo informar a mi director médico, quien coordinará con el área USI la incorporación al Staff GES. Debe haber visto el vídeo de capacitación entregado por el área de desarrollo profesional. En caso de querer eliminar alguna patología también debe canalizarlo a través de la dirección médica de su centro.
¿Para ser prestador GES ¿qué requisitos debo cumplir?
Haber visto la capacitación Básica de GES: “GES: Marco legal I y II”, GES Sistema de notificación, además de las capacitaciones de las patologías a inscribir. Por otro lado , el registro en ficha debe ser completo y ordenado.
En caso de notificar 2 o más patologías, ¿cómo lo consigno en Ficha clínica?
Si necesito confirmar dos o más patologías en FCE, debo abrir una evolución por cada una, para consignar cada diagnóstico por separado.
Debo siempre indicar el folio de la notificación en ficha clínica al momento de notificar?
Actualmente no es necesario indicar el folio, ya que aunque pudiéramos reimprimirlo frente a una fiscalización, no sirve sin la firma.
¿Debo noticar a particulares o fuerzas armadas?
No, sólo se debe noticar a pacientes que sean FONASA o ISAPRE. En los pacientes que pertenezcan a las FFAA corroborar que no tengan otra previsión por la que debieran ser notificados.
¿Qué debo hacer para que un paciente diabético con alguna lesión de pie pueda recibir sus curaciones por GES?
Para abrir la canasta de curaciones se necesita un certificado médico, este debe ser presentado en la Isapre por el paciente para la apertura inicial de la canasta. Una vez habilitada, se puede continuar extendiendo el tiempo que sea necesario según el criterio de la enfermera, con un certificado extendido por ella.
¿Se pueden indicar medicamentos que no estén en la canasta de la patología?
Sí, se pueden indicar medicamentos no garantizados, pero deben ir en receta aparte , y se le debe explicar al paciente, por qué se indica ese en reemplazo de uno garantizado y que no tendrá bonificación GES. El debe decidir si está de acuerdo.
¿ Cuánto dura una receta GES?
Tiene una duración de 6 meses.