Solo en el caso de que el alumno tenga una sola asignatura (y que no sea de primer año) reprobada por segunda vez y esta sea la única en el semestre y sea la primera en su historial académico, el sistema reconociendo esta condición procede a liberar automáticamente la sanción, sin necesidad que el alumno deba ingresar una solicitud por ella, lo que se conoce como "invoco automático". (Véase Artículo 33 del Reglamento General de Estudios de Pregrado).
En todos los restantes casos el alumno debe necesariamente ingresar la solicitud de liberación adjuntando todos los antecedentes necesarios que fundamenten la misma.El flujo de esta solicitud se resume en las siguientes etapas :1) Ingreso solicitud por parte de la o él alumno sancionado en el Navegador Académico Opción Solicitudes académicas 2) Jefe Docencia evalúa y resuelve, en caso de autorizar libera sanción, en caso de rechazar pasa al Decanato.3) Decano de acuerdo a los antecedentes aportados por sancionado(a) y Jefe de Docencia, procede a evaluar y resuelve, en caso de autorizar se libera sanción, en caso de mantener rechazo pasa al Comité de Permanencia quien resuelve finalmente. Las solicitudes de Liberación de sanciones debe ser realizada directamente por el alumno(a), a través del Navegador Académico, Opción: “Solicitudes Académicas”.
Todos los alumnos sancionados son informados vía correo electrónico a su cuenta institucional del comienzo del proceso de ingreso de solicitudes y del término del mismo