Colegio Carmen Arriola de Marín

Acuerdo de Enseñanza y Normativa Administrativa 2024

Compartimos el conjunto de pautas que rigen la relación de las familias con el Colegio Carmen Arriola de Marín. El presente contrato educativo, suscripto por los progenitores y/o responsables de pago de los alumnos al abonar la matrícula, tiene vigencia durante el año 2024.

 

Artículo 1º: Las familias, como primeros educadores, eligen al Colegio Carmen Arriola de Marín para acompañar la educación integral y la evangelización de sus hijos, conociendo y aceptando todos los aspectos del Proyecto Educativo.

En el Colegio trabajamos para que tanto las familias como los alumnos adhieran a nuestros principios institucionales, al proyecto pedagógico pastoral y a los acuerdos institucionales de convivencia. En caso de que esos principios, valores y acciones no se cumplan, aplicaremos las sanciones y conductas reparatorias propuestas en cada uno de nuestros documentos internos.

Como parte de los procesos de acompañamiento a los alumnos que presentan dificultades objetivas para cumplir con los principios, valores y conductas enunciados en el párrafo anterior, podremos realizar acuerdos con las familias que condicionen la matrícula del año siguiente al cumplimiento de tales compromisos.

Los proceso de matriculación y rematriculación en las comunidades educativas del Grupo Educativo Marín se rigen por la Ley 14.498.

 

Para que este proceso sea posible, es fundamental que:

      La familia y el Colegio puedan construir una relación sólida, armoniosa y constructiva

      La familia participe de manera activa y comprometida en el proceso pedagógico que propone el Colegio

      La familia y sus hijos adhieran a los Acuerdos Institucionales de Convivencia. 

 

Artículo 2º: El Colegio se compromete a:

      Ofrecer una formación por habilidades en sintonía con la Misión, la Visión y la Impronta institucional

      Disponer de todos los recursos posibles del Colegio, tanto humanos como materiales, para el adecuado desarrollo del proyecto educativo, privilegiando el acompañamiento personal de los alumnos y los logros de sus aprendizajes

      Comunicar la evaluación académica de sus hijos, las actividades académicas, los proyectos y cualquier otra información relevante para que puedan estar al tanto de la marcha cotidiana del Colegio. 

 

Artículo 3º: Las familias se comprometen a:

      Aceptar las normas y actividades institucionales, así como las pautas institucionales relacionadas con las estrategias pedagógicas, formativas y/o religiosas propias del proyecto educativo 

      Respetar la autoridad pedagógica e institucional de los directivos, personal docente y personal no docente 

      Cumplir las normas de seguridad propias de cada sector, tanto dentro de las instalaciones del Colegio, como las referidas a ingresos, estacionamiento, campos de deportes, etc. 

      Concurrir a las reuniones, convocatorias y entrevistas que organice la institución 

      Proveer la documentación e información que requiera la Dirección, firmar regularmente las notificaciones y comunicados institucionales y mantener los datos personales actualizados en la Secretaría

      Apoyar el acompañamiento del proceso personal de cada alumno realizando las consultas con profesionales externos que sean requeridas por las autoridades del Colegio. 

      Cumplir las pautas administrativas que se detallan a partir del artículo 4.

 

 


Artículo 4º Arancel Educativo: El Colegio no recibe aporte estatal, y por lo tanto, su funcionamiento está financiado exclusivamente con los pagos por aranceles recibidos de las familias que conforman esta comunidad, en contraprestación por los servicios educativos recibidos.

De acuerdo con la normativa vigente en la Provincia de Buenos Aires, el arancel educativo es anual y el servicio educativo que ofrecemos no es fraccionable, no hay aranceles proporcionales. Para facilitar el pago en este ciclo lectivo se distribuye en una reserva de vacante (Matrícula) y diez cuotas mensuales de marzo a diciembre para Nivel Inicial - Jardín de Infantes, Primaria y Secundaria, y en una reserva de vacante (Matrícula) y once cuotas de febrero a diciembre para Nivel Inicial - Maternal

Los alumnos que se incorporan al Colegio deben abonar la matrícula completa y en un pago, o cumplimentar documentos equivalentes, para ser considerados alumnos regulares. En caso de incorporarse una vez iniciado el ciclo lectivo, deben abonar el mes en curso completo de su ingreso.

La matrícula que deberá abonarse anualmente no tiene descuentos ni bonificaciones. Los alumnos regulares deben haber cumplido con todas las obligaciones contraídas con la institución devengadas en el presente ciclo lectivo para continuar en el siguiente.

Las reservas de vacante para el siguiente ciclo lectivo no tienen reintegro después del 31/12.  

Artículo 5º Actividades Extraprogramáticas optativas: Los talleres de arte, música, escuelas deportivas y otras actividades complementarias a la propuesta educativa del Colegio, tienen un valor adicional al arancel educativo. Las cuotas correspondientes a dichas actividades son mensuales y no proporcionales (marzo a diciembre, salvo ofertas puntuales) y requieren de una inscripción formalizada mediante el procedimiento que determine el Colegio. Las bajas a dichas actividades solo podrán realizarse en el mes de julio; quienes se den de baja antes de este mes deberán abonar hasta el mismo, y quienes lo hagan posteriormente, deberán abonar hasta diciembre. Las bajas deben ser informadas por el proceso administrativo vigente y no se pueden efectuar devoluciones ni reintegros sin este requisito cumplido. 

 

Artículo 6º Viajes de estudio y salidas didácticas: Las propuestas de viajes de estudio, salidas didácticas, campamentos, convivencias y la participación en otras actividades de terceros ofrecidas, tienen un valor adicional al arancel educativo. Este valor se compone del costo operativo del proyecto y de todos los costos adicionales destinados al pago de la organización, coordinación y acompañamiento docente del mismo. Estas actividades requieren de una inscripción formalizada mediante el procedimiento que determine cada Colegio. La forma de pago es informada para cada proyecto en particular. En algunos casos, los pagos pueden efectuarse directamente a las empresas de turismo estudiantil u organizaciones con quienes se realiza la contratación de los servicios. Las bajas posteriores al pago parcial o total del viaje tienen un costo administrativo del 50% de lo abonado.  Sólo en caso de que el viaje no pueda realizarse por razones de salud o inconvenientes familiares debidamente acreditados o por decisión pedagógica institucional, se realizará una devolución del 100% del costo administrativo interno y del porcentaje que indique el contrato firmado con la empresa de viajes u organización involucrada si corresponde. En la comunicación de cada viaje, salida o actividad, se establece la fecha límite para inscribirse en el mismo. Debido a que los presupuestos se realizan en función de cierto número de alumnos, no podrán incorporarse en fecha posterior, salvo que estén dadas las condiciones. Cualquier variación en el número de inscriptos puede provocar cambios en el valor de las propuestas. Para poder participar de estas actividades enunciadas, el grupo familiar no podrá registrar deuda por el arancel escolar. 

 

Artículo 7º Exámenes Internacionales y Certificaciones externas: Los derechos por exámenes y certificaciones externas optativas tienen un valor adicional al arancel educativo. Requieren de inscripción formalizada mediante el procedimiento que determine el Colegio y el valor completo del derecho de examen debe ser abonado en su totalidad antes de realizarse el mismo. No se realizan reintegros por baja o ausencia a la evaluación. 

 

Artículo 8º Otros conceptos: Los costos de servicios y materiales adicionales tales como calentamiento de viandas, transporte, cuadernillos, libros, material didáctico, entradas a espectáculos, etc., tienen un valor adicional al arancel educativo y podrán incluirse para su pago en el comprobante mensual de aranceles. Asimismo, se incluirá el concepto de la contribución voluntaria para el sostenimiento de la misión evangélica de la iglesia.

 

Artículo 9º Régimen de aranceles diferenciados (Becas): El Colegio procura acompañar en todas sus dimensiones a la comunidad de familias que nos confían la educación de sus hijos. En este sentido destina una parte de su presupuesto al otorgamiento de descuentos por hermanos, a los abanderados y escoltas de la bandera nacional y a los hijos de egresados, así como acompaña con bonificaciones especiales las distintas realidades socio económicas de las familias y otras situaciones emergentes graves que puedan surgir durante la vida escolar.

En todos los casos, la reducción en el importe solo aplica al arancel educativo y en ningún caso están incluidas las actividades optativas, extraprogramáticas ni la reserva de vacante. Las becas se pierden automáticamente al segundo mes consecutivo que se abona en mora. El régimen de aranceles diferenciados y bonificaciones vigente puede consultarse aquí y, ante cualquier consulta, puede escribir a ayudas@marin.edu.ar

 

Artículo 10° Descuento Pronto Pago (PP): El valor de los aranceles contiene una bonificación por pago a término del 13% Los pagos del arancel mensual posteriores al primer vencimiento pierden este beneficio.

 

Artículo 11º Vencimientos 2024: El primer vencimiento de aranceles se establece al 5to. día hábil, de febrero o marzo a diciembre.

 

Artículo 12º Comprobantes de pago: El Colegio como parte de los colegios propiedad del Obispado de San Isidro, emite comprobantes en el formato aprobado por la AFIP denominado “Factura Electrónica”. Estos comprobantes se remiten vía mail a la dirección de correo electrónico del responsable de la comunicación administrativa registrado de cada alumno por lo que es imprescindible que el mismo la mantenga actualizada. Este envío se considera un aviso de pago suficiente. La no recepción de la factura electrónica no implica el desconocimiento de la obligación de pago por parte de los progenitores o responsables legales de los alumnos. 

 

Artículo 13º Formas de pago: 

1.      Por las aplicaciones y portales de Home Banking de cualquier institución bancaria que permitan realizar Pagos de Servicios, seleccionando “Establecimientos Educativos”, luego “Grupo Educativo Marín” y finalmente ingresando los 6 dígitos que figuran en el aviso de pago. También por los cajeros automáticos de la Red Banelco y por el sitio www.pagomiscuentas.com

2.      Por débito automático con tarjetas de crédito habilitadas cumpliendo con los requisitos de adhesión

3.      Por débito automático en Cuenta Corriente o Caja de Ahorro de cualquier institución bancaria cumpliendo los requisitos de adhesión 

4.      Por ventanilla en Sucursales del BBVA, con los avisos de pago que remite regularmente el Grupo Educativo

5.      Por ventanilla con cheques propios en la tesorería del Colegio Carmen Arriola de Marín de lunes a viernes en el horario de 07:30 hs. a 15:30 hs.

6.      Por las terminales electrónicas habilitadas en la Tesorería, mediante tarjetas de débito, de crédito y billeteras digitales.

 

Por razones de seguridad preferimos no aceptar pagos en efectivo. No operamos con transferencias bancarias, depósitos directos en cuenta o cheques de terceros.

 

Artículo 14º Morosidad: El incumplimiento reiterado en el pago de los aranceles mensuales después del 2do. Vencimiento, producirá la suspensión de todo tipo de descuento y la caducidad del derecho de reinscripción para el ciclo lectivo siguiente. La existencia de saldos adeudados vencidos, faculta al Colegio a aplicar intereses conforme a la normativa vigente y a reclamar la deuda judicialmente.

 

Artículo 15º Incremento futuro o modificación de los Aranceles: El Colegio se reserva el derecho de modificar los importes de los aranceles en caso de aumentos y/o variaciones de cualquier tipo en la composición de los salarios del personal de acuerdo a la normativa vigente o incrementos del costo salarial determinados por leyes, decretos, resoluciones oficiales o convenios colectivos que puedan surgir de la imposición de nuevos gravámenes, contribuciones, tasas de naturaleza impositiva y/o previsional que importen un incremento de los mismos o graven en forma directa o indirectamente el arancel determinado precedentemente. De igual manera, el incremento de los costos operativos ya sea por aumento de precios en insumos, servicios públicos o servicios de terceros contratados intervendrá proporcionalmente en la modificación del arancel del servicio educativo.

 

Artículo 16º Validez de las comunicaciones: Se deja constancia que serán válidas todas las comunicaciones notificadas en los domicilios y direcciones de correo electrónico informados por los progenitores y responsables. En caso de cambio de domicilio y/o teléfono y/o dirección de correo electrónico, los progenitores y/o responsables asumen el compromiso de notificar en tiempo y forma a la Secretaría del Colegio el referido cambio.