Proceso que permite al estudiante cursar asignaturas y realizar actividades académicas correspondientes a su plan de estudios en las Instituciones adscritas al TecNM, o en las Instituciones de Educación Superior nacionales o extranjeras, diferentes a su Instituto de adscripción, con base en los convenios de colaboración establecidos entre las Instituciones involucradas.
La movilidad estudiantil facilita a los estudiantes fortalecer el desarrollo de competencias profesionales en una Institución de Educación Superior (IES) diferente a la de origen, para apoyar su formación integral. También permite a las IES la colaboración y el trabajo conjunto a través de la vinculación, otorgando al estudiante flexibilidad en la continuación de sus estudios.
Para el ciclo Escolar : ENERO-JUNIO 2026
Publicación de Resultados del 01-11 de diciembre 2025.
Anexo II. Solicitud de Traslado Descargar Aquí
Anexo V. Formato de solicitud de Convalidación de Estudios Descargar Aquí
Anexo XIII. Solicitud de Resolución de Equivalencia de Estudios Descargar Aquí
Anexo IX. Solicitud de participación en el programa de Movilidad Estudiantil Descargar Aquí
Anexo V. Solicitud de Convalidación del Modulo de Especialidad Descargar Aquí
El traslado procede independientemente de la situación académica en que se encuentre el estudiante, aun cuando tenga asignaturas en situación de curso de repetición y/o especial.
El traslado procederá cuando el estudiante, no tenga adeudos y no exista ningún impedimento legal, administrativo o normativo (verificar expediente).
El estudiante deja de estar adscrito al Instituto de origen para quedar adscrito al Instituto receptor, conservando su historial académico.
Se puede realizar un número indeterminado de traslados entre las Instituciones adscritas al TecNM (inclusive si regresa a un Instituto en el que haya estado adscrito previamente), siempre y cuando el estudiante logre terminar su carrera dentro del periodo reglamentario de 12 semestres.
Cuando el estudiante solicite su traslado y al mismo tiempo cambio de plan de estudios, éste se otorga por única ocasión de acuerdo con el lineamiento vigente referente a la convalidación de estudios.
El estudiante que cause baja definitiva por reprobación de curso especial o no logre terminar su carrera dentro del periodo reglamentario de 12 semestres, puede solicitar su reingreso por única ocasión al mismo plan de estudios, en otro Instituto que lo oferte, reconociéndole sólo las asignaturas acreditadas y recalculando su semestre, obligado a concluir el plan de estudios en la Institución receptora en un máximo de 12 semestres.
Para verificar y reconocer la situación académica del estudiante, en ningún caso de traslado se debe solicitar, ni emitir certificado parcial, solo kárdex o constancia de calificaciones.
En cuanto al estudio de una Lengua extranjera, el estudiante conserva el avance logrado en el Instituto de origen, siempre que éste tenga registro del programa ante el TecNM, de lo contrario deberá presentar un certificado con validez internacional o un examen de ubicación para ingresar al nivel requerido, en el Instituto receptor.
Permite al estudiante reorientar en forma vocacional sus estudios a un perfil profesional afín a sus habilidades y aptitudes.
Permite cursar una segunda carrera a nivel licenciatura, una vez que el egresado se ha titulado o ha aprobado su acto profesional de la primera carrera cursada.
Permite al estudiante que causó baja definitiva habiendo acreditado el 50% de créditos o más, reinscribirse en un plan de estudios diferente que le ofrezca el Instituto, con el propósito de que concluya una carrera profesional.
Las asignaturas que sean convalidables entre planes de estudio deberán estar acreditadas.
El estudiante sólo tiene derecho a convalidar plan de estudios en una sola ocasión, bajo la condición de concluir dicho plan dentro de los 12 semestres reglamentarios.
Cuando cambia de Instituto se aplica además, el lineamiento de “Traslado estudiantil”
El estudiante deberá presentar la documentación que avale el estudio de una Lengua extranjera.
Si no cambia de Instituto, se conserva el avance logrado y se inscribirá al siguiente nivel que aplique. En caso contrario apegarse a lo estipulado en Políticas de Traslado.
Permite continuar dentro de las instituciones adscritas al TecNM, los estudios realizados en las Instituciones de Educación Superior fueras del TecNM.
Permite que un profesionista con Título de una Institución de Educación Superior diferente al TecnNM curse una segunda carrera de nivel licenciatura en uno de los programas educativos que ofrece el TecNM.
Se otorga equivalencia a los estudios realizados en el Sistema Educativo Nacional, que ampare el certificado (completo o incompleto) siempre y cuando sean equiparables a los ofertados en las instituciones adscritas al TecNM, considerando la capacidad del Instituto
Contador Público COPU - 2010-205
Ingeniería Informática IINF - 2010-220
Ingeniería en Sistemas Computacionales ISIC - 2010-224
Ingeniería en Gestión Empresarial IGEM - 2009-201
Ingeniería Industrial IIND - 2010-227
Proceso de cada actividad localizado en el Manual de Lineamientos Académico-Administrativos del Tecnológico Nacional de México
a) Capítulo 6. Lineamiento de Traslado Estudiantil
b) Capítulo 7. Lineamiento para la convalidación de estudios
c) Capítulo 8. Lineamiento para la movilidad estudiantil
d) Capítulo 9. Lineamiento para la resolución de equivalencia de estudios.
PREGUNTAS FRECUENTES
1.¿Cuántas veces es posible cambiarme de carrera?
El(la) estudiante sólo tiene derecho a convalidar plan de estudios en una sola ocasión, bajo la condición que pueda concluir dicho plan de estudios dentro de los 12 semestres reglamentarios.
2. ¿Si tengo varias asignaturas reprobadas puedo cambiarme de carrera?
Es posible realizar el trámite de convalidación de estudios siempre y cuando sea posible concluir dicho plan de estudios dentro de los 12 semestres reglamentarios. Dicha situación debe ser revisada por la División de Estudios Profesionales.
3. ¿Si tengo una asignatura en curso especial reprobado puedo cambiarme de carrera?
No es posible realizar el trámite de Convalidación de Estudios, debido a que al no aprobar una asignatura en curso especial se ha causado baja definitiva del Instituto. Dicha situación debe ser revisada por la División de Estudios Profesionales.
4. ¿Tienen algún costo estos trámites?
Si, todos los servicios tienen un costo. Para saber el costo deberá acudir al Departamento de Servicios Escolares o al Departamento de Recursos Financieros.