Instrucciones sobre la sesión de evaluación para el acceso a la fase de formación en empresa u organismo equiparado en el curso académico 2024-2025. Descargar. Anexos. Acceder
Estos anexos tienen que completarse antes de la realización de la FFE, y se firman en una junta de evaluación. Es imprescindible para que los alumnos puedan realizar las FFE.
Anexo I. Valoración de la adquisición de competencias relativas a la prevención de riesgos laborales para el acceso a la fase de formación en empresa u organismo equiparado. Informe del profesor del módulo profesional. Descargar
Anexo II. Valoración conjunta de la adquisición de competencias relativas a la prevención de riesgos laborales para el acceso a la Fase de Formación en Empresa u organismo equiparado. Informe del equipo docente. Descargar
RESOLUCIÓN de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial por la que se establece el modelo de convenio o acuerdo entre centros docentes y empresas u organismos equiparados y la documentación complementaria para el desarrollo de la fase de formación en empresa u organismo equiparado en las enseñanzas de formación profesional. (10 Diciembre 2024). Descargar
Autorizaciones excepcionales
Está disponible la funcionalidad de raíces para la solicitud de autorizaciones excepcionales tanto de FFE como de FCT.
Hasta ahora utilizaban los Anexos 5 y 6 que son sustituidos por este procedimiento que se realiza a través de Raíces. Dicho procedimiento se encuentra detallado en el correspondiente manual de la aplicación para los diferentes perfiles que tienen acceso.
https://raices.educa.madrid.org/autorizaciones-excepcionales-de-fct-ffe/
Paralelamente al procedimiento en raíces, es necesario el envío por registro de la documentación (Relación de alumnos, así como una memoria o documento justificativo, en el que se explique el motivo de la excepcionalidad que se solicita y se indiquen los mecanismos que se adoptarán para garantizar el seguimiento de las prácticas y la coordinación entre el tutor del centro docente y el tutor de la empresa; igualmente deberá especificar el seguimiento del módulo de Proyecto).
Dicha documentación se debe presentar por REGISTRO DIRIGIDO A LA UNIDAD DE PROGRAMAS EDUCATIVOS DE LA DAT MADRID OESTE, esta es una pequeña variación respecto a lo que indica el manual ya que por cuestiones operativas en el caso de nuestra DAT dicha documentación se hará llegar al Servicio de Inspección Educativa a través de la Unidad de Programas.
Tanto el procedimiento de raíces como el citado envío de documentación por registro debe realizarse con al menos 20 días hábiles de antelación respecto al inicio previsto para la FFE/FCT, tramitación que se podría alargar más allá de este plazo en caso de ser necesarias subsanaciones.
Por tanto ya no deben utilizarse los anexos 5 y 6 antiguos y puesto que la funcionalidad ya está activa en raíces, debe seguirse este procedimiento establecido en el punto sexto de la RESOLUCIÓN de la Dirección General de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial por la que se establece el modelo de convenio o acuerdo entre centros docentes y empresas u organismos equiparados y la documentación complementaria para el desarrollo de la fase de formación en empresa u organismo equiparado en las enseñanzas de formación profesional, donde también se detallan los casos para los que es necesario solicitar dicha autorización (Adjunto nuevamente dicha resolución)