TÍTULOS
SOLICITUD DE TÍTULOS DE FORMA TELEMÁTICA
Si has terminado tus estudios de Bachillerato en el régimen ordinario o en el régimen de adultos, o bien has terminado tus estudios en el Ciclo Formativo de Grado Superior y cumples el requisito de obtener el Título, podrás solicitarlo de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de los centros educativos, a la que podrás acceder pinchando en el enlace que aparece a continuación:
www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/accesoTramite/302/
Podrás identificarte a través de los siguientes medios:
Clave iAnde: Si el alumno/a se encuentra matriculado en algún centro educativo de Andalucía, podrá obtener la clave iAnde en el apartado de comunicaciones de la aplicación de iPasen (aparece como mensaje anclado de forma permanente en el apartado de comunicaciones), bien desde el perfil de los tutores legales en caso de ser menor de edad, o desde el propio perfil del alumno/a en caso contrario.
En caso de no estar matriculado en ningún centro educativo, podrás acudir presencialmente acompañado/a de tu DNI a cualquier centro educativo y solicitar clave iAnde, la cual te será proporcionada mediante sms por el personal administrativo.
Autenticación Cl@ve: Podrás identificarte mediante Cl@ve Móvil (descargando la aplicación), mediante Cl@ve PIN (código temporal personal recibido en el teléfono móvil), o mediante Cl@ve Permanente (autenticación mediante usuario y contraseña previo registro).
Certificado Digital: Accede al trámite utilizando un certificado digital de la FNMT o DNI-e. Actualice la aplicación de Autofirma para asegurar el correcto funcionamiento con los navegadores Chrome y Edge.
IMPORTANTE:
Es importante, aunque no lo pidan explícitamente durante la tramitación, que adjuntes tu DNI completo a efectos de verificar que sus datos personales están correctamente grabados. Esto facilitará mucho que tu solicitud se incorpore correctamente a una propuesta y que el Título, una vez recibido, sea correcto.
RECUERDA DESCARGAR Y GUARDAR EL JUSTIFICANTE DE LA PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD DE TU TÍTULO HASTA QUE RECOJAS EL TÍTULO EN LA SECRETARÍA DEL CENTRO (PASADO 1 AÑO Y MEDIO APROXIMADAMENTE), PUES TE SERVIRÁ DE JUSTIFICANTE PROVISIONAL.
TASAS EXPEDICIÓN DE TÍTULOS ACADÉMICOS
2024
BONIFICACIÓN TASA 10% POR SOLICITUD DE TÍTULO DE FORMA TELEMÁTICA
FORMAS DE IDENTIFICACIÓN SOLICITUD DE TÍTULOS
MANUAL PARA SOLICITAR TÍTULOS TELEMÁTICAMENTE
REDUCCIONES Y EXENCIONES DE LA TASA
Recuerda que según el artículo 119 de la Ley 10/2021, de 28 de Diciembre, de tasas y precios públicos de la CCAA, si te encuentras en algunas de las situaciones personales o familiares que se indican a continuación, podrás acogerte a una bonificación o exención del pago de la tasa del Título, siempre y cuando lo acredites documentalmente, adjuntando la documentación oportuna en el trámite de la solicitud.
Estarán exentos del pago de la tasa los siguientes solicitantes:
El alumnado miembro de familias numerosas de la categoría especial. (El carnet deberá estar en vigor en la fecha de solicitud).
El alumnado que, como consecuencia de actos terroristas, haya sufrido daños personales que sean de especial trascendencia, o que lo inhabiliten para el ejercicio de su profesión habitual, o cuyos familiares hasta el segundo grado de consanguinidad, tutores o guardadores, hayan sufrido dichos daños.
Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas.
Las personas con discapacidad, en un grado igual o superior al 33%.
Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital a quienes se reconozca dicha condición de conformidad con los dispuesto en la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, por la que se establece el ingreso mínimo vital, o norma que la sustituya, las beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a quienes se reconozca dicha condición de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre. (Sería conveniente aportar Certificado de Empadronamiento para acreditar que conviven en el domicilio el beneficiario/a del ingreso mínimo vital y el alumno/a., en caso de ser uno de los progenitores el beneficiario)
Tendrá derecho a una bonificación del 50% el alumnado miembro de familias numerosas de las categoría general que tenga reconocida su condición, siempre que quede acreditado de conformidad con la normativa aplicable. (El carnet deberá estar en vigor en la fecha de la solicitud).
Las condiciones exigidas en los apartados 1 y 2 deberán concurrir a la fecha del devengo de la tasa.