La Formación Profesional (FP) en Andalucía es una modalidad educativa que ofrece una formación teórico-práctica orientada al empleo, cubriendo las necesidades del mercado laboral. Se organiza en Ciclos Formativos de Grado Básico, Grado Medio y Grado Superior, dentro de diferentes familias profesionales como Informática y Comunicaciones, Electricidad y Electrónica, Sanidad, Hostelería y Turismo, entre muchas otras. Los ciclos tienen una duración de dos años y combinan formación en centros educativos con formación en empresas, lo que facilita la inserción laboral y la creación de cantera en las empresas.
La FP en Andalucía tiene un fuerte enfoque en la especialización, permitiendo a los estudiantes alternar entre el aula y el entorno de trabajo. Además, Andalucía ofrece FP Bilingüe, así como programas de movilidad internacional a través de iniciativas como Erasmus+, lo que permite a los estudiantes adquirir competencias internacionales.
¿Qué es la FP Dual?
El nuevo modelo de FP, permite al alumnado adquirir conocimientos teóricos y habilidades prácticas a través de la combinación de la formación en el aula con la experiencia laboral en empresas. Es importante tener en cuenta que la FP no son prácticas, sino que consiste en completar el proceso de formación del alumnado en un entorno real de trabajo a modo de aprendiz.
Para la empresa
Crea cantera de futuros empleados.
Adecúa la formación a sus necesidades de producción.
Potencia la profesionalización de sectores.
Mejora de la competitividad.
Facilita el reemplazo generacional de la plantilla.
Para el alumnado
Mejora su inserción laboral.
Recibe formación práctica en un entorno real de trabajo.
Adquiere experiencia laboral.
Desarrollo de soft skills.
Para el centro educativo
El centro educativo mejora la relación con el entorno empresarial.
Aumenta la formación práctica.
Aumenta la motivación del alumnado.
Favorece la actualización del profesorado.
Innovación.
Formación en empresa entre el 25% y el 35% de la duración total del ciclo (500-700h).
Para los grados básicos el 20 % de la duración total del ciclo*.
No hay contrato de formación, se establece un convenio de colaboración.
Formación en empresa entre el 35% y el 50% de la duración total del ciclo. (700-1000 h)
Existencia de un contrato formativo en alternancia en la empresa a partir del 2028
¿ En qué periodos se desarrolla?
El periodo de formación se consensúa entre el centro educativo y la empresadetermina. Las horas previstas se reparten entre el primer y segundo curso siendo lo habitual que exista un periodo de formación en empresa en primer curso en el segundo o tercer trimestre y un segundo periodo en el segundo curso.
¿ Cuál es el horario?
El horario de la formación se adaptará al horario laboral, siempre limitándose a la franja horaria de entre las 7:00 y las 23:00 horas.
¿Qué hará el alumnado en la empresa durante la formación práctica?
Plan formativo pactado previamente con la empresa.
Seguirá formándose en las diferentes materias utilizando las tecnologías o protocolos específicos de cada empresa.
Toda su estancia estará guiada por la figura de un tutor laboral, que atenderá todas las dudas y valorará el grado de cumplimiento del programa formativo, y de un tutor docente (un profesor) que hará el seguimiento por parte del Centro Educativo.
Habrá de rellenar un diario de trabajo obligatorio para su evaluación.
¿ Qué coste tiene para la empresa?
La empresa puede remunerar al alumno en formación.
Todo el alumnado que realice prácticas formativas en empresas estén remuneradas o no, estarán dados de alta en el sistema de la Seguridad Social.
El estudiante constará en el sistema de seguridad social como alumnado de prácticas formativas pero el trámite y el coste dependerá de si existe remuneración:
Estancia en empresa no remunerada
La SS está cubierta por la Consejería o por la empresa.
Estancia en empresa remunerada
La SS está bonificada por la Consejería al 95%.
Están exentas las empresas públicas, fundaciones, ONGs...
¿Está cubierto el alumnado por algún tipo de seguro?
Sí. La Administración Educativa, suscribe una póliza de responsabilidad civil y otra de accidentes que cubre los riesgos que puedan derivarse de la estancia del alumnado en las empresas.
El convenio de colaboración firmado no vincula relación laboral entre alumnado y empresa.
¿Qué la normativa regula la FP Dual?
Ley Orgánica 3/2022
RD 659/2023
Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional