Este curso será reconocido como actividad de formación del profesorado, y, por tanto, se rige por las mismas condiciones que cualquier otra actividad de formación en centros del profesorado de Aragón o actividades de formación en centros.
Como se indicaba en la convocatoria, los participantes que asistan, como mínimo, al 85% de las sesiones online síncronas (Artículo 14, punto 3 de la Orden ECD ORDEN ECD/579/2019, de 7 de mayo, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certifcación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado no universitario) recibirán un certificado de 60 horas de formación expedido por el Servicio de formación del profesorado del Gobierno de Aragón (recogido en PADDOC/DOCEO).
Para quienes comiencen desde el principio, el curso consta de 28 sesiones de 2.25 horas (63 horas presenciales + 7 no presenciales).
Si algún participante se incorpora con el curso empezado tras producirse renuncias, el requisito del 85% de asistencia se aplicará sobre las horas reales a las que haya podido asistir (por ejemplo, si se ha incorporado en la 3ª sesión, se aplicará sobre 25 sesiones de 2.25 horas=56.25 horas presenciales). El certificado de horas de formación será proporcional a las sesiones asistidas en función de cuándo os hayáis incorporado (las horas presenciales correspondientes + la proporción que corresponda de horas no presenciales).
La asistencia se registrará a través de un formulario Google, realizado en distintos momentos (desde el principio hasta el final) de cada una de las sesiones. Estos formularios serán el equivalente de las firmas en los cursos presenciales.
Se espera que los asistentes estén presentes durante la totalidad de la sesión (2.25 horas), pero si no fuera posible, se registrará la duración asistida que corresponda en tramos de 30 minutos (0.5 horas, 1 hora, 1.5 horas, o 2.25 horas).
EVALUACIÓNES, CLAUSTROS, CCP: La normativa vigente de actividades de formación permanente del profesorado recoge que "podrán contarse como horas de asistencia aquellas sesiones en las que el participante se haya ausentado por tener que asistir a sesión de claustro, consejo escolar, evaluaciones, comisiones de coordinación pedagógicas, reuniones de equipos pedagógicos, convocatoria de la administración educativa y cuantas aquellas estén justifcadas por el desempeño de las funciones de la persona implicada en el funcionamiento del centro, siempre que, a juicio de la persona o personas que dirijan o coordinen la actividad, se hayan alcanzado los objetivos de la formación".
Para ello, si al finalizar la actividad no se ha alcanzado el 85% de asistencia, los participantes podrán presentar toda aquella documentación firmada por la Dirección de su centro u organismo de la Administración Educativa en la que hagan constar la asistencia a las reuniones o actividades mencionadas en la Orden, para que se incluyan como horas de asistencia. (Si habéis alcanzado el 85% de asistencia efectiva, no será necesario presentar nada).
La normativa, sin embargo, no contempla la justificación de faltas de asistencia por enfermedad, bajas médicas o visitas médicas. Tampoco la participación en otras actividades de formación.
NO OBSTANTE, la EOI F. Lázaro Carreter no realiza la certificación de la actividad. El Servicio de Formación del Departamento de Educación, Cultura y Deporte será quien realice la certificación de la actividad a través del procedimiento que articule, y la EOI simplemente trasladará las capturas de pantalla y documentación que se haya recogido; pero será Formación quien tome las decisiones sobre la certificación como actividad de formación del profesorado.
No. Normalmente se incluirá alguna actividad extra (opcional) autocorregible, pero no es preciso que entreguéis nada.
Es requisito de participación en el curso que los participantes tengan la cámara activa durante toda la duración de la sesión, como se indicaba en la convocatoria del curso.
Solo se permitirá tenerla apagada por motivos de privacidad puntuales (si, por ejemplo, entra brevemente algun miembro de la familia en la habitación), o si excepcionalmente hay algún problema de conectividad, y apagar la cámara momentáneamente va a permitir que no se congele la conexión.
La razón para este requisito es doble: por una parte, pedagógica, para que la comunicación entre los participantes sea natural (es extraño estar haciendo actividades comunicativas en un grupo cuando todos los participantes muestran su cara, y uno de ellos no); además, de cara al registro de asistencia, es necesario saber que el participante está siguiendo el curso, y que quede registrado como se explicará más abajo.