El artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo nos indica claramente cómo es que se otorgan las vacaciones en el trabajo.
Si tu ya tienes más de un año de servicios disfrutarás de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a doce días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 20 por cada año subsecuente de servicios.
Después del quinto año, el período de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco años de servicios.
Tendrás derecho a una prima del 25% de lo que corresponda de ingresos Salario Diario registrado durante el periodo de disfrute. El objetivo es que tengas un dinero extra a sus ingresos normales para costear sus vacaciones .
Con este formato podrás solicitar tus vacaciones con el área de Desarrollo Organizacional, se te notificara en un lapso no mayor a 15 días de manera personal o digital el periodo autorizado por tu jefe inmediato.