NUEVA ORGANIZACIÓN
En este curso se ofrecen a los alumnos dos vías distintas: una enfocada al bachillerato (Enseñanzas Académicas) y otra a la formación profesional (Enseñanzas Aplicadas), aunque ninguna de ellas cerrará las puertas a cambiar de opinión al final de curso.
Las materias que se cursarán serán las siguientes:
Vía de Ciencias Sociales y Humanidades: Economía y Latín.
Vía de Ciencias: Biología y Geología, Física y Química.
Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial y Tecnología.
PROMOCIÓN
Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas por el conjunto de profesores del alumno o alumna, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.
Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea. A estos efectos, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques.
De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias cuando estas sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea, o en tres que no incluyan al mismo tiempo a las dos anteriores, siempre que el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador.
La repetición se considerará una medida de carácter excepcional, que solo podrá aplicarse una vez en un mismo curso, y dos veces en toda la etapa, y solo tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo. En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas.
TITULACIÓN
Obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria los alumnos que en la evaluación final de junio o en la extraordinaria de septiembre hayan superado todas las materias.
Asimismo, podrán obtener dicho título aquellos alumnos que, una vez realizadas las pruebas extraordinarias de septiembre, hayan finalizado la etapa con evaluación negativa en una o dos materias. En todos los casos, siempre que el equipo docente considere que la naturaleza y el peso de las mismas no les hayan impedido alcanzar las competencias básicas y los objetivos de la etapa.
Los criterios que el claustro de profesores deberá tener en cuenta para proponer o no la titulación de los alumnos con dos materias no superadas son:
Los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria permitirán acceder indistintamente a cualquiera de las enseñanzas postobligatorias recogidas en el artículo 3.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Quienes obtengan un título de Formación Profesional Básica podrán obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria, siempre que, en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y adquirido las competencias correspondientes.
El alumnado que no obtenga el título recibirá una certificación oficial en la que constará el número de años cursados, así como el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes.