CERTIFICADO FINAL DE OBRA DE EDIFICACIÓN
Terminadas las obras, el arquitecto y el aparejador firmarán un documento en el que se certifique que la obra se realizó conforme al proyecto licenciado, comenzando así los plazos de garantía que establece la Ley de Ordenación de la Edificación.
Además se firmará el Acta de Recepción de Obra así como el Libro del Edificio que será entregado al propietario que contendrá la documentación obra, la historia constructiva del edificio y la documentación relativa a su uso, mantenimiento y conservación.
Este certificado deberá ir acompañado del correspondiente Certificado de Eficiencia Energética de Obra Nueva.