NORMAS DE USO DE LA BIBLIOTECA U.E. ATENAS
Cualquier material bibliográfico, antes de su posible uso en la biblioteca, ha de ser necesariamente registrado en el sistema gestor de biblioteca LIBRUM, cumpliendo con la clasificación en el sistema decimal Dewey.
Ø Leer LIBROS, TEXTOS, REVISTAS, CUENTOS, CÓMICS, DICCIONARIOS, ENCICLOPEDIAS, etc.
Ø Buscar información sobre cualquier tema de tu interés.
Ø Consultar por Internet.
Ø Estudiar, descansar.
Ø Solicitar en préstamo el material existente.
Ø Hacer uso de los juegos de mesa: Ajedrez, cartas, damas chinas.
Ø Participar en las actividades especiales propuestas por la Biblioteca: promoción de la lectura, club de lectura, celebración del día del libro u otras.
El servicio de la Biblioteca se ofrece a los estudiantes, a profesores, al personal de administración y servicios, y a los padres y madres de estudiantes actuales y egresados que estén en posesión del carné de la Institución Educativa.
El ambiente de la Biblioteca, como lugar de lectura, investigación o estudio, debe ser el adecuado para realizar en óptimas condiciones las diversas tareas posibles: el silencio, la responsabilidad y el respeto a los demás es el clima necesario e imprescindible. El usuario que no cumpla esta norma general no debe hacer uso de la sala: no debe entrar en ella, o bien debe abandonarla en silencio y de manera inmediata tras la correspondiente indicación del bibliotecario, con el objetivo de regular la vida y la convivencia armónica institucional teniendo como base la cordialidad y la cooperación mutua; tal como lo expresa el código de convivencia.
La sala de lectura no puede estar abierta si no hay en su interior el bibliotecario o un profesor responsable de ella.
La Biblioteca estará a disposición de la comunidad educativa desde las 7:15 de la mañana hasta la 13:55 horas de la tarde (Se adecuará su horario a los cambios establecidos por la autoridad competente).
Para préstamos y devoluciones (con el carnet respectivo), los estudiantes harán uso de la biblioteca preferentemente a la hora del recreo para evitar ausencias en hora clase.
Durante el periodo lectivo la Biblioteca será utilizada para desarrollar las siguientes actividades por orden de preferencia:
a) Desarrollo curricular de las distintas materias por grupos de alumnos, acompañados por sus respectivos profesores.
b) Lectura, investigación y/o estudio por cualquier miembro de la comunidad escolar.
c) La consulta en los ordenadores de la biblioteca deberán ser bajo supervisión del bibliotecario y mencionado el objetivo de la investigación a realizar.
d) En ningún caso será utilizada la Biblioteca por alumnos sancionados o por grupos de alumnos sin clase por ausencia de su correspondiente profesor o profesora a no ser que haya permiso del inspector general.
e) La biblioteca sólo podrá usarse para otro tipo de actividad (reuniones, fotografías para anuario, pasantes, etc.) con previa autorización de la máxima autoridad.
Por las características especiales de esta dependencia, diversidad de actividades posibles en ella y variedad de usuarios que simultáneamente tienen derecho a utilizarla, se hace preciso el establecimiento de unas normas de estricto cumplimiento:
Ø No se puede entrar hasta que la persona encargada de la Biblioteca esté presente.
Ø Dentro de la Biblioteca no se puede comer, ni beber, ni, por supuesto, fumar, a excepción de agua.
Ø En beneficio de todos se debe mantener una conducta adecuada y guardar silencio. Si se rompe esta norma, un simple gesto o insinuación del responsable de sala será suficiente para abandonarla de manera ordenada e inmediata.
Ø Los libros no se pueden dejar en las estanterías ni en las mesas, sino en el carrito existente para este fin, salvo que el bibliotecario disponga puntualmente alguna alternativa; si se trata de volúmenes numerados, correspondientes a colecciones de obras de consulta, se colocarán de manera correcta en su ubicación originaria.
Ø El uso de dispositivos electrónicos se regirá por los lineamientos de la institución.
Ø Antes de abandonar la sala se dejarán las sillas en perfecto orden y se limpiarán las mesas de todos aquellos restos de materiales que pudieran haber quedado sobre ellas.
La utilización de la Biblioteca supone la aceptación de estas normas, y el incumplimiento de alguna de ellas tendrá la consideración de falta, que una vez valorada y tipificada podrá ser motivo de sanción por parte de quien corresponda según su gravedad.
La condición de usuario se demuestra con la posesión del carné institucional, y para poder realizar el préstamo y la devolución de cualquier material bibliohemerográfico y visual se necesita la presentación del mismo.
El préstamo realizado es personal, por lo que ningún usuario podrá ceder documentos a otras personas.
Todos los materiales bibliográficos (libros, textos, revistas, cuentos, cómics, diccionario, etc.) son susceptibles de ser prestados, pero algunos podrán ser excluidos del préstamo o sometidos a un régimen de préstamo restringido.
De forma general, quedarán excluidos del préstamo: Guías, atlas, enciclopedias, tomos sueltos de obras unitarias.
La duración y condiciones de los préstamos exigen una regulación específica ya que los recursos existentes son un bien común y, por consiguiente, deben ser cuidados por cada uno y utilizados por todos:
Ø La duración del préstamo de libros será de 3 días hábiles y prorrogables por otro periodo, si el documento no ha sido previamente solicitado, y por consiguiente reservado, por otro usuario. En el caso de materiales audiovisuales el préstamo será de un máximo de 7 días y sin prórroga posible.
Ø En el caso de los docentes el material se puede solicitar por año lectivo, como fecha máxima de entrega el 30 de junio de cada año escolar.
Ø Al finalizar el curso escolar, en junio, todos los documentos prestados deberán ser devueltos por los alumnos al menos tres días antes de que se le entreguen a su grupo las calificaciones, aunque no haya finalizado el período ordinario del préstamo.
Ø Para la correcta conservación y uso de los libros, no se puede escribir, subrayar, ni colorear.
Ø El material audiovisual prestado debe ser devuelto en perfectas condiciones y en su estuche original; asimismo se recuerda la ilegalidad de su copiado total o parcial (el usuario es el único responsable si se infringe la correspondiente ley).
El alumno por el bien de la comunidad de usuarios tiene la inexcusable obligación de cumplir esta normativa en su totalidad; por consiguiente, es preciso adoptar las siguientes medidas:
a) En caso de incumplimiento del plazo de devolución, la Biblioteca requerirá al alumno para que la haga efectiva, siendo sancionado con la pérdida de sus derechos como usuario durante 7 días hábiles. En segunda instancia, se podrá requerir a los padres desde inspección para solicitar su intervención, ampliándose la sanción correspondiente según el criterio de los responsables de la Biblioteca y en cualquier caso en proporción con el tiempo de demora transcurrido hasta el momento de la devolución.
b) En el caso de no devolución o deterioro, el alumno deberá reponer el material prestado por otro ejemplar idéntico. Hasta que todo el proceso no se cumpla, el alumno quedará excluido temporalmente del servicio de préstamo, ampliándose este periodo en los mismos términos que en el caso de incumplimiento del plazo de devolución.
c) La no devolución reiterada de documentos a la Biblioteca conllevará la suspensión de la condición de usuario del servicio.
d) Para recoger las calificaciones finales de la evaluación en el mes de junio será condición indispensable no estar en posesión de algún documento perteneciente a la Biblioteca Escolar (insolvencia).
El usuario colaborador de la institución que se retire, debe solicitar constancia de estar solvente con la biblioteca para su proceso de desvinculación.
a) Introducción:
La utilización de los ordenadores en la Biblioteca de la Institución es gratuita. Es un servicio destinado a la realización de trabajos por el estudiantado, a la consulta del catálogo (autores, títulos, materias, etc.) y a tareas de gestión bibliotecaria. No está permitido visitar páginas de contenido pornográfico, videojuegos o que inciten a comportamientos prohibidos por la ley, tales como el elogio del racismo, de la xenofobia, de la violencia o del consumo de drogas.
La distribución de actividades en los veinte ordenadores existentes será la siguiente:
Ø Existen equipos a disposición de la comunidad educativa quienes cuentan con conexión a internet, con sistema operativo WINDOWS y suite de ofimática Microsoft office.
Ø En ello se puede realizar la consulta del catálogo bibliográfico existente con el programa LIBRUM por parte de los usuarios.
Ø Existirá, además, un ordenador (sistema operativo WINDOWS) para uso exclusivo del responsable de la Biblioteca, quien lo utilizará únicamente para realizar tareas de biblioteconomía: consultas del catálogo y tratamiento de fondos (informatización, ordenación y catalogación).
b) Normas:
Ø Para acceder a este servicio es necesario estar en posesión del carné institucional y presentarlo en cada sesión.
Ø Cada ordenador podrá utilizarse de forma individual.
Ø Los usuarios deberán contar con los conocimientos básicos necesarios para la correcta utilización de los materiales informáticos.
Ø Por razones de seguridad, en los ordenadores con sistema operativo WINDOWS no se utilizará flash de memoria.
c) Deberes de los alumnos
Ø El alumno se compromete a usar correctamente los equipos informáticos.
Ø No está permitido cambiar la configuración de los equipos, ni instalar o grabar software o cambiar iconos, pantallas, etc.
Ø Cuando termine la sesión se deben cerrar todas las ventanas que hayan sido abiertas y cerrar las cuentas de correo personal o institucional.
Ø Para el uso de material sonoro es obligatorio el uso de los auriculares.
Ø Ante cualquier bloqueo o duda hay que avisar al bibliotecario; en estas situaciones nunca se debe apagar el ordenador.
d) Incumplimiento de las normas
La utilización de este servicio con ordenadores supone la aceptación de estas normas y su incumplimiento dará lugar a la pérdida del derecho a utilizarlos, sin menoscabo de otras sanciones disciplinarias si procedieran por la gravedad de las posibles faltas cometidas.
Estas normas del servicio de Biblioteca han sido aprobadas por el Consejo Escolar del Unidad Educativa “Atenas” el día ______ de __________ de 2022.