Funcionamiento de la asociación

¿Qué es la Comisión Directiva?

La Comisión Directiva dirige el ente, realiza la orientación para cumplir los objetivos, administra el patrimonio y controla el comportamiento de los miembros y el orden dentro de la entidad. Está integrado por miembros titulares. Los suplentes no integran la comisión directiva hasta tanto no ocupen cargos titulares. Los cargos fundamentales son los de Presidente, Secretario y Tesorero. Generalmente el mandato dura dos años. Son elegidos por los asociados en acto eleccionario en Asamblea General Ordinaria. No pueden ser reelectos indefinidamente. El criterio de no aceptar la reelección indefinida de los miembros de la Comisión Directiva, garantiza el principio de alternancia de las autoridades, para evitar que se formen los denominados grupos de control, e impidan la participación mayoritaria para regir los destinos de la vida institucional.

¿Qué es la Asamblea?

La Asamblea es el órgano institucional máximo, donde vuelcan su voluntad todxs los socixs. Toma decisiones, siempre dentro de los lineamientos del estatuto y de las leyes generales, sobre: el Balance y Memoria de cada año; elige en voto directo a los miembros de la Comisión Directiva, la Comisión Revisora de cuentas, la Junta Electoral; o considera temas que fueran propuestos por el 5% de la totalidad de los socios votantes y presentados ante la Comisión Directiva.

Si la asamblea estuvo válidamente convocada y sus resoluciones se adoptaron conforme a los recaudos estatutarios en cuanto a votantes, porcentajes de votos y quórum exigible, las decisiones adoptadas son válidas aún para los que no participaron.

¿Qué es la Comisión Revisora de Cuentas?

Es el órgano de fiscalización que tiene el deber y la facultad de controlar la administración institucional. En consecuencia, puede examinar la documentación social, comprobar el estado de tesorería y verificar el manejo de los fondos. Emite su opinión anualmente respecto al balance general, el inventario, la cuenta de gastos y recursos presentados por la Comisión Directiva. Puede estar integrado por una o tres personas. En este último caso, el estatuto determina el procedimiento para su funcionamiento. Establece el porcentaje de votos necesario para aprobar el informe. Este órgano es designado por la asamblea y no forma parte de la Comisión Directiva, sino que la controla.

¿Qué clases de Asambleas existen?

Conforme la normativa aplicable en la materia, y al Estatuto tipo que es la ley fundamental de estas Asociaciones, las Asambleas de Asociadxs se clasifican en:

a) Generales Ordinarias: tendrán lugar una vez al año, dentro de los 30 días posteriores al cierre del ejercicio, para tratar la elección de autoridades, cuando corresponda y tratar el Balance y memoria y demás temas que se propongan en el orden del día.

b) Generales Extraordinarias: Serán convocadas siempre que la Comisión Directiva lo estime necesario, cuando lo solicite la autoridad de aplicación o el 5 % de lxs asociadxs, para tratar temas específicos que no sean balances.