Embargos
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Fiduprevisora S.A. en calidad de vocera y administradora de los recursos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magistrado, descontara las sumas de dinero que sean ordenadas
por despachos judiciales en los porcentajes que estos determinen en los términos del artículo No 2488 del Código Civil en concordancia de los artículos No. 154, 155, 156 y 344 del Código Sustantivo Del Trabajo; articulo No. 134 de la Ley 100 de 1993 y el Decreto 1073 de 2002 modificado por el Decreto 994 de 2003.