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Divorcios: El divorcio es la disolución del vínculo matrimonial y deja a los cónyuges en aptitud de contraer otro, el divorcio se clasifica en:
Incausado.
Mutuo consentimiento.
Administrativo.
INCAUSADO:
El divorcio incausado podrá solicitarse por cualquiera de los cónyuges ante la autoridad judicial competente, esto es de acuerdo al domicilio conyugal o al lugar donde se celebró el matrimonio.
MUTUO CONSENTIMIENTO:
Este divorcio se efectúa cuando ambas partes están totalmente de acuerdo en dar por finalizado su matrimonio.
ADMINISTRATIVO:
Las dos partes tienen que estar en total acuerdo (tampoco se deberá de tener hijos menores de edad o que la cónyuge esté embarazada) si no se llevan al pie de la letra todos los requisitos, el divorcio podría ser nulo e inválido.
GUARDA Y CUSTODIA:
Por la guarda y custodia se determina quién de los padres se encargará de las labores de crianza, cuidados, atenciones, alimentos y educación de los hijos menores niños, niñas o adolescentes, siempre velando por su desarrollo integral.
PENSION ALIMENTICIA:(cancelación, Incremento, Disminución)
Se le conoce como pensión alimenticia al monto que el uno de los progenitores (deudor alimentario) está obligado a pagar al acreedor alimentario por el concepto de alimentos. El derecho a pensión alimenticia es irrenunciable y no puede usarse como transacción. Dicho monto es fijado de acuerdo a las necesidades del acreedor alimentario y las posibilidades del deudor alimentario.
REGIMEN DE VISITAS:
Independientemente de quién tenga la custodia, el menor tiene derecho de convivir tanto con su padre como con su madre, sólo se negará en los casos en que se comprometa la seguridad del menor, siempre deberá ser determinado por un mandato judicial y se suspenda o pierda la patria protestad.
PATRIA POTESTAD:
La patria potestad son los derechos y obligaciones que los padres tienen en relación a sus hijos niños, niñas o adolescentes, así como en relación a sus bienes. La patria potestad se puede perder, reconocer o suspender.
El juicio de sucesión in-testamentaria es un procedimiento legal para eliminar el estatus de “intestada” sobre una propiedad. Una propiedad intestada, es aquella en la que su dueño fallece y no deja un testamento. Por lo tanto, no se sabe a ciencia cierta quién debe heredar la propiedad.
Usucapión, también conocido como prescripción adquisitiva o positiva, se da cuando una persona por el estar hecho de en posesión de una cosa (tener control físicamente), ostentándose como si fuera dueño de la misma, pasa a ser propietario de esta.