Debe escuchar con atención y contención emocional, sin juzgar ni indagar detalles, y comunicar inmediatamente el hecho al Director/a o Encargado/a de Convivencia Escolar para activar el protocolo de forma inmediata.
El Director/a o funcionario que tome conocimiento del hecho debe denunciarlo a la Fiscalía, PDI o Carabineros dentro de las 24 horas siguientes, conforme al Artículo 175 del Código Procesal Penal.
Debe separarse al niño, niña o adolescente del presunto agresor, resguardando su integridad física y emocional, sin dejarlo solo, y asegurando su acompañamiento por un adulto de confianza.
Toda la información debe tratarse con estricta confidencialidad, evitando difundir o exponer al estudiante. Solo el personal directamente involucrado en la intervención debe conocer los antecedentes.
El establecimiento implementa programas de educación sexual y socioafectiva, capacitaciones al personal, formación preventiva para estudiantes y familias, y medidas físicas de resguardo (como baños diferenciados y supervisión constante).
Leer el protocolo completo.